Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2014 (05/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA 5 de octubre de 2014

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Que, los Objetivos Especificos del mencionado son: 1) Implementar Intervenciones sanitarias de calidad, eficientes, eficaces y efectivas para una adecuada nutricion del MORDAZA y de la MORDAZA a traves de la implementacion de la Metodologia de Mejora del Desempeno en base a Buenas Practicas (MMD); 2) Implementar Intervenciones para promover la Educacion Temprana integra, fortaleciendo las practicas de crianza en las familias y comunidad (Wawa Pukllana); 3)Articular las acciones intersectoriales e intergubernamentales para optimizarlos recursos e instaurar conductas saludables en los padres, madres y adultos, tanto en la familia como en la institucion educativa, para mejorar el cuidado y nutricion de los ninos asi como la organizacion y funcionamiento permanente de la vigilancia de la nutricion por la propia comunidad; Que, en este contexto, el Consejo Regional de Salud ha elaborado participativamente con los representantes de las organizaciones publicas, privadas y de la sociedad civil de las diez provincias de la region, el Plan de Desarrollo Concertado en Salud 2014-2018 donde se han identificado como prioridades regionales sanitarias la Lucha contra la desnutricion cronica infantil; drastica disminucion de la mortalidad materna; la disminucion de la incidencia del dengue y de otros enfermedades metaxenicas y la prevencion del embarazo de las adolescentes, cuya direccion debe ser conducida por la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional y ejecutadas por las direcciones regionales de linea asi como por los gobiernos locales provinciales y distritales; Que, el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; asimismo, el Articulo IV del Titulo Preliminar de la MORDAZA citada senala que la salud publica es responsabilidad primaria del Estado. La responsabilidad en materia de salud individual es compartida por el individuo, la sociedad y el Estado; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; mientras que el articulo 38º de la misma Ley Organica prescribe que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional y reglamentan materia de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria desarrollada en el Auditorio de la Gerencia Territorial Bajo MORDAZA - Tarapoto, llevado a cabo el dia 03 de Setiembre del presente ano, aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DECLARAR de prioridad e interes Regional el "Plan Regional Concertado en Salud de la Region San MORDAZA para el periodo 2014-2018" propuesta por el Consejo Regional de Salud presidida por el Director Regional de Salud que traduce las prioridades regionales identificadas por las organizaciones publicas y privadas de la Region. Articulo Segundo.- DECLARAR como politica regional acciones que garanticen y regulen los programas y proyectos en el MORDAZA de convenios interinstitucionales de cooperacion nacional e internacional, esten orientados a mejorar las prioridades sanitarias de la region. Articulo Tercero.- DISPONER al ejecutivo del Gobierno Regional mediante sus instancia correspondientes que las actividades y estrategias de las prioridades de salud comprendidas en el Plan Regional Concertado en Salud MORDAZA programadas en los respectivos planes operativos de los organos de linea del Gobierno Regional, siendo la Oficina Regional de Planificacion y Presupuesto del Gobierno Regional responsable de su cumplimiento. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinacion e interrelacion con las Direcciones Regionales sectoriales competentes y demas entidades involucradas sea la encargada de, evaluar, controlar el Plan Regional Concertado de la Region San MORDAZA, liderado por la Direccion Regional de San MORDAZA, quien sera el encargado de dirigir, ejecutar y administrar los programas, estrategias y acciones

POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, establece en su articulo 1º la Defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad que son el fin supremo de la sociedad y el Estado; asimismo el articulo 2º senala que toda persona tiene derecho a la MORDAZA, a su integridad moral, psiquica y fisica y a su libre desarrollo y bienestar donde el concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece; Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la Region como lo expresan los articulos 2º, 4º y 5º de la Ley 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 49º literal a) establece como funciones en materia de salud, la de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar, las Politicas de Salud de la Region en concordancia con las Politicas Regionales y los planes sectoriales; Que, el Articulo 60º de la precitada Ley en su inciso h), establece como funcion de los Gobiernos Regionales en materia de Desarrollo e Igualdad de Oportunidades, formular, ejecutar politicas y acciones concretas de proteccion y apoyo a los sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad; Que, la Ley Nº 26842 Ley General de Salud, dispone que la proteccion de la Salud es de interes publico, por lo tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla, asimismo el Concebido es sujeto de derecho en el MORDAZA de la salud; Que, los Lineamientos de Politica y Objetivos del Ministerio de Salud (2007-2020): El Plan Nacional Concertado de Salud del Ministerio de Salud, establece un conjunto de lineamientos de Politicas y Objetivos, clasificados en 3 MORDAZA grupos; Atencion Sanitaria, Sistema de Salud y determinantes de la salud. Asi tenemos: en el sistema de salud el Aseguramiento Universal, Descentralizacion en Salud, Mejora de la Oferta, calidad de los servicios, Recursos humanos competentes, Medicamentos de calidad, Financiamiento, Desarrollo de la rectoria del sistema de salud y Participacion ciudadana en salud; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº592004-GRU-P de fecha 17 de MORDAZA del 2004, se aprobo la conformacion del Consejo Regional de Salud el cual tiene dentro de sus principales metas formular el Plan Concertado Regional de Salud de San MORDAZA 2013-2018": y que en cuyo articulo 3º dispones que "todas las entidades conformantes del sistema regional de planeamiento estrategico ajusten sus planes concertados a los objetivos previstos en el Plan de Desarrollo Concertado San MORDAZA al 2012"; Que, la Direccion Regional de Salud de San MORDAZA, organo de linea de la Gerencia de Desarrollo Social del Gobierno Regional de San MORDAZA, destaca el rol protagonico que le toco al Consejo Regional de Salud de San MORDAZA, instancia conformada por todos los actores que trabajan en salud en la region y que incorpora una amplia representacion ciudadana; Que, el Objetivo General al 2018 es Disminuir significativamente la desnutricion cronica infantil, implementando acciones integrales sobre la base de la aplicacion del Programa de Acciones Integrales para el Mejoramiento de la Nutricion Infantil (PAIMNI) en los distritos de mayor vulnerabilidad a la inseguridad alimentaria y nutricional la region San Martin;

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