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El Peruano Domingo 5 de octubre de 2014 534259 Ambiental del ARA, impulsar e implementar estrategias, medidas y acciones de adaptación y mitigación de la población frente al cambio climático; Que mediante la Ordenanza Regional Nº 015- GRSM/CR del 19 de setiembre de 2012, se reconoce las Políticas Territoriales Regionales como el conjunto de normas que establecen el marco de referencia para el desempeño de actividades y servicios sobre el territorio según las potencialidades y la identidad amazónica, con el fi n de lograr el desarrollo humano de la Región en los ejes social, económico, ambiental y político-institucional, convirtiéndose en la plataforma sobre la cual deberán trabajarse los demás instrumentos de gestión; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 020 – 2012 – GRSM/CR de fecha 19 de noviembre de 2012, se RECONOCE la Comisión Ambiental Regional de San Martín CAR-SM, como ente encargado de coordinar y concertar, en el marco de la Política Territorial Regional, los aspectos Ambientales de Recursos Naturales, de Ordenamiento Territorial, así como también del Sistema de Gestión Ambiental Regional, promoviendo el diálogo entre los sectores público, privado y de la Sociedad Civil Organizada en el ámbito del Departamento de San Martín, dicha Comisión Ambiental Regional, adecuará su trabajo a la normatividad legal vigente; Que, del análisis de la realidad de la región San Martín y las variaciones climáticas de los últimos años, se ha identifi cado que se han producido impactos, principalmente negativos, en un amplio sector de la población, porque inciden sobre los ciclos naturales que sostienen sus medios de vida, amenazan a la seguridad física de las personas y fuerzan a cambiar ciertos hábitos de vida social, lo que hace necesario capacidad de respuesta organizada, sistemática y oportuna ante los retos que representan estas variaciones climáticas y, cuyas evidencias son la reducción de cobertura de bosques lo que está diezmando la productividad de los suelos y la pérdida de biodiversidad; Que, el afrontar estos problemas exige medidas concertadas y articuladas entre los diversos sectores del Estado y de la sociedad civil, que permitan abordar de manera conjunta la gestión del cambio climático adoptando medidas y estrategias para tal fi n; en este contexto, se hace necesaria la participación efectiva de las autoridades en un espacio de intercambio de información y con una dinámica tal que permita la elaboración de la Estrategia Regional de Cambio Climático, como documento marco en torno a la temática; Para ello se propone la creación de un Grupo Técnico que se encargue de elaborar la Estrategia Regional de cambio climático en San Martín, basada en los Lineamientos Regionales y Nacionales, incluyendo los acuerdos del Perú ante la Convención Marco de las Naciones Unidas; Que, mediante Acta, de fecha 20 de febrero de 2014, en sesión del Grupo Técnico de Cambio Climático de la Comisión Ambiental Regional de San Martín, se acuerda la creación del Grupo Técnico de Cambio Climático de San Martín (GTCC); Que, mediante acta del 26 de febrero de 2014 en el “Taller de Lanzamiento de la Estrategia Regional de Cambio Climático de San Martín” se acordó que la Autoridad Regional Ambiental (ARA), canalice la propuesta de Ordenanza Regional para el reconocimiento ofi cial del Grupo Técnico de Cambio Climático; Que, mediante Informe Legal Nº 349-2014-GRSM/ ORAL, de fecha 15 de julio del presente año, la Ofi cina de Asesoría Legal del Gobierno Regional de San Martín opina favorablemente para la creación del Grupo Técnico de Cambio Climático – GTECC de San Martín, el mismo que se encargará de elaborar la propuesta de la Estrategia Regional de Cambio Climático y su Plan de Acción a través de un proceso participativo regional; Que, mediante Informe Legal Nº 036-2014-SCR- GRSM/ALE, de fecha 30 de julio del presente año, el Asesor Legal Externo del Consejo Regional, opina que vía Ordenanza Regional, se apruebe la conformación del Grupo Técnico de Cambio Climático - GTECC de San Martín, el mismo que se encargará de elaborara la propuesta de Estrategia Regional de Cambio Climático y su Plan de Acción a través de un proceso participativo regional; con los objetivos, integrantes, funciones y plazo propuestos; Que, el literal o) del artículo 21º de la ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; mientras que el artículo 38º de la misma Ley Orgánica prescribe que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materia de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada en el Auditorio Gerencia Territorial Bajo Mayo - Tarapoto, llevado a cabo el día 03 de setiembre del presente año, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- CREAR el Grupo Técnico de Cambio Climático (GTECC) de San Martín, el mismo que se encargará de elaborar la propuesta de la Estrategia Regional de Cambio Climático y su Plan de Acción, a través de un proceso participativo regional. El GTECC tiene los siguientes objetivos: a) Diseñar y ejecutar el proceso técnico participativo para la elaboración de la ERCC de la Región San Martin. b) Consolidar la información regional existente que pueda servir para desarrollar la ERCC. c) Elaborar la propuesta técnica de la ERCC y presentarla ante la Comisión Ambiental Regional de la Región San Martín. Artículo Segundo.- El Grupo Técnico de Cambio Climático de San Martín estará integrado por un representante de las siguientes instituciones: a) Gobierno Regional de San Martín • 01 Representante de la Autoridad Regional Ambiental, quien la preside. • 01 Representante de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto. • 01 Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico. • 01 Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. • 01 Representante de la Gerencia Regional de Infraestructura. • 01 Representante de la Dirección Regional de Agricultura San Martín. • 01 Representante de la Dirección Regional de Salud. • 01 Representante de la Dirección Regional de Educación. • 01 Representante de la Dirección Regional de Energía y Minas. • 01 Representante de la Dirección Regional de la Producción. • 01 Representante de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones. • 01 Representante de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo. • 01 Representante del Proyecto Especial Alto Mayo. • 01 Representante del Proyecto Especial Huallaga Central y Bajo Mayo. • 01 Representante del Programa de Desarrollo Agroambiental de Ceja de Selva PROCEJA. b) Ministerio del Ambiente • 01 Representante del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología SENAMHI. • 01 Representante del Programa Nacional de Conservación de Bosques. • 01 Representante del Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana – IIAP. • 01 Representante del Proyecto Implementación de Medidas de Adaptación al Cambio Climático (IMACC) BID/MINAM. c) Ministerio de Agricultura • 01 Representante del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA. d) Sociedad Civil Organizada