Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2014 (05/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA 5 de octubre de 2014

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de atencion de usuarios, mecanismos de solucion de controversias y buenas practicas en educacion financiera, entre otros; Que, asimismo en esta pasantia se intercambiaran conocimientos y experiencias en los temas de evaluaciones de calidad, herramientas comparativas de informacion, herramientas informaticas y virtuales utilizadas para mejorar la atencion al usuario, evaluacion de reclamaciones y mecanismos de correccion, manuales de calidad para la atencion al usuario, MORDAZA de elaboracion de materiales educativos, programas de educacion financiera, entre otros; Que, en atencion a la invitacion cursada y en tanto los temas que se desarrollaran redundaran en beneficio del ejercicio de las funciones de supervision y regulacion de la SBS, se ha considerado conveniente designar a las senoras Indhira MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Supervisor de Servicios al Usuario III del Departamento de Supervision de Conducta de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pighi Raygada, Analista de Inclusion Financiera III del Departamento de Educacion e Inclusion Financiera, y MORDAZA MORDAZA Willstatter MORDAZA, Jefe de la Plataforma de Atencion al Usuario, funcionarias de la Superintendencia Adjunta de Conducta de MORDAZA e Inclusion Financiera, para que participen en el indicada pasantia; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2014, estableciendose en el Numeral 4.3.1., que se autorizaran los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interes para la institucion; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de las citadas funcionarias para que participen en el mencionado evento de capacitacion, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos, viaticos y Tarifa CORPAC seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros", y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2014, N° SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje de las senoras Indhira MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Supervisor de Servicios al Usuario III del Departamento de Supervision de Conducta de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pighi Raygada, Analista de Inclusion Financiera III del Departamento de Educacion e Inclusion Financiera, y MORDAZA MORDAZA Willstatter MORDAZA, Jefe de la Plataforma de Atencion al Usuario, funcionarias de la Superintendencia Adjunta de Conducta de MORDAZA e Inclusion Financiera de la SBS, del 19 al 25 de octubre de 2014, a la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Las citadas funcionarias, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes a su reincorporacion, deberan presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorizacion, segun se indica, seran cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos US$ US$ 2,573.13 6,600.00

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Crean el Sistema de Informacion Ambiental Regional de San MORDAZA ­ SIAR ­ San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 016-2014-GRSM/CR Moyobamba, 3 de setiembre del 2014 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la region como lo expresan los articulos 2º, 4º y 5º de la Ley 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, la Ley organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, modificada mediante Ley Nº 27902 en su articulo 8º, sobre los principios rectores de las politicas y la gestion regional, dispone de uno de los principios por lo que la gestion de los gobiernos regionales se rige es la transparencia, senalando especificamente que "Los planes, presupuestos, objetivos, metas y resultados del Gobierno Regional seran difundidos a la poblacion. La implementacion de portales electronicos en internet y cualquier otro medio de acceso a la informacion publica se rigen por la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica Nº 27806; Que, asimismo en el articulo 87º literal c) de la Ley Nº 27867 establece que, para el MORDAZA de transferencia es necesario la adopcion de sistemas electronicos de procesamiento de informacion relevante y oportuna para la toma de decisiones adecuadas de gobierno y de administracion, y en su articulo 32 parrafo MORDAZA establece que "los Gobiernos Regionales promueven y apoyan las iniciativas de conectividad e intercambio de informacion y experiencias de gobierno valiosas para la gestion, entre los gobiernos regionales, gobierno nacional y gobierno locales, haciendo uso de las herramientas tecnologicas disponibles"; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, en su Art. 9º dispone, que es de competencia constitucional de los Gobiernos Regionales el "promover y regular las actividades y los servicios de medio ambiente"; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Art.47º, Inciso o) dispone que es funcion del Gobierno Regional, desarrollar e implementar sistemas de informacion y ponerlos a disposicion de la poblacion; Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Art. 53º, Inciso a) dispone que es funcion del Gobierno Regional, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental y de ordenamiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales. Asimismo en el referido articulo en el inciso b) establece que es funcion

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de las funcionarias cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1145891-1

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