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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (12/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Domingo 12 de octubre de 2014 534567 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos, ubicados en los departamentos de Piura, Ancash y Tumbes SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 638-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 29 de setiembre de 2014 Visto el Expediente Nº 1164-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 899 263,83 m², ubicado aproximadamente a 1.5 Km. al Sureste del Balneario Cangrejos, en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 2 952 520,89 m², ubicado, ubicado aproximadamente a 1.5 Km. al Sureste del Balneario Cangrejos, en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, que se encontraría sin inscripción registral; Que, mediante Ofi cio Nº 738-2014-SUNARP-ZRNº I/JEF de fecha 21 de agosto de 2014, la Zona Registral Nº I - Sede Piura, remite el Informe Técnico Nº 400-2014- SCR-ZR Nº I -UREG/SUNARP de fecha 20 de agosto de 2014, donde señala que respecto al área en consulta no cuenta con antecedente grafi co registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 17 de setiembre de 2014 se observó que el terreno es de naturaleza eriaza de textura arcillosa y rocosa con una topografía accidentada con pendientes planas y moderadas, con presencia de lomas, encontrándose desocupado; Que, tomando en consideración que dentro del ámbito del predio de mayor extensión materia de consulta, existe áreas que atraviesan una trocha carrozable se procedió a redefi nir el área materia de consulta a fi n de ser incorporado a favor del Estado, el cual se ha determinado un área de 2 899 563,83 m², ubicado aproximadamente a 1.5 Km. al Sureste del Balneario Cangrejos, en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 899 263,83 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0715-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 26 de setiembre de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 2 899 563,83 m², ubicado aproximadamente a 1.5 Km. al Sureste del Balneario Cangrejos, en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº I - Sede Piura de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1148485-1 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 642-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 29 de setiembre de 2014 Visto el Expediente Nº 1159-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 143 285,20 m², ubicado al Sureste del Balneario Cangrejos y aproximadamente a 1.4 Km al Sureste del Centro Poblado Yacila, en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 -Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales- y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 1 160 839,27 ubicado ubicado al Sureste del Balneario Cangrejos y aproximadamente a 1.4 Km al Sureste del centro Poblado Yacila, en el distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, que se encontraría sin inscripción registral; Que, mediante Ofi cio Nº 727-2014-SUNARP-ZRNº I/JEF de fecha 21 de agosto de 2014, la Zona Registral Nº I-Sede Piura, remite el Informe Técnico Nº 402-2014- SCR-ZR Nº I-UREG/SUNARP de fecha 20 de agosto de 2014, donde señala que respecto al área en consulta no cuenta con antecedente gráfi co registral; Que, realizada la inspección técnica con fecha 17 de setiembre de 2014 se observó que el terreno es de naturaleza eriaza, con tipo de suelo arcilloso de pendiente plana y suave con presencia de cárcavas, encontrándose desocupado; Que, tomando en consideración que dentro del ámbito del predio de mayor extensión materia de consulta, existe áreas que atraviesan una trocha carrozable se procedió a redefi nir el área materia de consulta a fi n de ser incorporado