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El Peruano Jueves 23 de octubre de 2014 535686 de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del país en misión de estudios del 26 al 31 de octubre de 2014 del Coronel de la Policía Nacional del Perú Gustavo Eduardo Arroyo Torres y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Eginardo Diego Pérez Chávez, a las ciudades de College Park, Estado de Maryland, y Washington, Distrito de Columbia, Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje al que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora N° 019, Dirección Ejecutiva de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú,de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Pers. Total $ Viáticos $ 440.00 5 X 2 = 4,400.00 Pasajes $ 767.00 X 2 = 1,534.00 5,934.00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal a que se refi ere el artículo 1° de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1154097-6 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban transferencia financiera a favor de Sociedades de Beneficencia Pública que se encuentran en el ámbito del Ministerio, para el pago de remuneraciones y pensiones correspondientes al mes de octubre de 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 373-2014-MIMP Lima, 21 de octubre de 2014 Vistos, la Nota Nº 525-2014-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, el Informe Nº 230-2014-MIMP/DGFC-DIBPV-AACG de la Dirección de Benefi cencias Públicas y Voluntariado, el Memorando Nº 637-2014-MIMP/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 493-2014-MIMP/OGPP-OPI de la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones y la Nota Nº 956-2014-MIMP/OGA de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26918 se crea el Sistema Nacional para la Población en Riesgo -SPR- con la fi nalidad de dirigir las actividades del Estado y convocar a la comunidad en general para la promoción, atención y apoyo a niños, adolescentes, mujeres, jóvenes y ancianos, y en general toda persona en situación de riesgo y abandono o con problemas síquicos, sociales o corporales que menoscaben su desarrollo humano; norma que a través de su Segunda Disposición Transitoria y Complementaria señala que el Órgano Rector del Sistema aprobará la forma y plazo en el que las Sociedades de Benefi cencia Pública o Juntas de Participación Social, transformadas o no en fundaciones, irán asumiendo los costos que irrogan las remuneraciones de sus trabajadores; siendo que en tanto no se concluya con dicho proceso, el Ministerio de Economía y Finanzas continuará transfi riendo los recursos aprobados en la Ley de Presupuesto Público; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, la cual establece en su artículo 5 literal m) que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene dentro de su ámbito de competencia el ejercicio de la rectoría sobre el Sistema Nacional de Voluntariado, el Sistema Nacional de Atención Integral del Niño, Niña y Adolescente y el Sistema Nacional para la Población en Riesgo, entre otros; Que, a través del artículo 12 de la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP a efectuar, mediante resolución del Titular del Pliego, transferencias fi nancieras a favor de las Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran bajo el ámbito de su competencia, para el pago de remuneraciones y pensiones; Que, el artículo 61 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012- MIMP, señala que la Dirección General de la Familia y la Comunidad es el órgano de línea encargado de diseñar, promover, coordinar, monitorear y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos para la promoción y fortalecimiento de las familias, para la reinserción familiar de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales, para la adecuada atención de la población por las Sociedades de Benefi cencia Pública y los referidos a Personas Adultas Mayores y sus derechos; así como normar, diseñar, promover, coordinar y supervisar el servicio de voluntariado; Que, en mérito a lo señalado, mediante Nota Nº 525- 2014-MIMP/DGFC del 1 de octubre de 2014, la Dirección General de la Familia y la Comunidad, en atención al Informe Nº 230-2014-MIMP/DGFC-DIBPV-AACG de la Dirección de Benefi cencias Públicas y Voluntariado, ha solicitado la transferencia de recursos fi nancieros a favor de treinta y un (31) Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran en el ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 71/100 NUEVOS SOLES (S/. 478 557,71), para el pago de remuneraciones y pensiones del mes de octubre del 2014; Que, con Memorando Nº 637-2014-MIMP/OGPP del 3 de octubre de 2014, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 493-2014-MIMP/OGPP-OPI de la Ofi cina de Presupuesto e Inversiones, a través del cual emite opinión favorable para la transferencia fi nanciera a favor de treinta y un (31) Sociedades de Benefi cencia Pública que se encuentran bajo el ámbito del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para el pago de remuneraciones y pensiones correspondientes al mes de octubre de 2014, por lo que otorga la disponibilidad presupuestaria por el monto de hasta CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 71/100 NUEVOS SOLES (S/. 478 557,71) en la Fuente de Financiamiento