Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2014 (23/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Jueves 23 de octubre de 2014

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1: Recursos Ordinarios, especifica de gastos "2.4.1.3.1.4 a otras Entidades Publicas" y metas presupuestarias senaladas en el Cuadro Nº 1 adjunto al citado Informe; Que, mediante Nota Nº 956-2014-MIMP/OGA del 6 de octubre de 2014, la Oficina General de Administracion ha senalado que no encuentra objecion a la transferencia financiera propuesta por la Direccion General de la Familia y la Comunidad, mediante Nota Nº 525-2014MIMP/DGFC del 1 de octubre de 2014, precisando que las misma debera ser formalizada con resolucion ministerial, en virtud de lo establecido en el literal c) del numeral 12.1 del articulo 12 de la Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, por lo que recomienda su tramite correspondiente; Que, en tal sentido, a fin de efectivizar el pago de remuneraciones y pensiones, correspondientes al mes de octubre de 2014, de los trabajadores y pensionistas de las treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran en el ambito del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, resulta pertinente emitir el acto por el que se apruebe la transferencia financiera hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 71/100 NUEVOS SOLES (S/. 478 557,71) a favor de las citadas Sociedades de Beneficencia Publica; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Direccion General de la Familia y la Comunidad, de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 26918 ­ Ley de creacion del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo ­ SPR; el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 71/100 NUEVOS SOLES (S/. 478 557,71) a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran en el ambito del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, los cuales seran destinados al pago de remuneraciones y pensiones, correspondientes al mes de octubre de 2014, de los trabajadores y pensionistas de las citadas Sociedades de Beneficencia Publica. Articulo 2.- La Oficina General de Administracion debera efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3.- Las Sociedades de Beneficencia Publica deberan efectuar las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar las mismas a la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado de la Direccion General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deberan ser revertidos al Tesoro Publico. Articulo 4.- La Direccion General de la Familia y la Comunidad, a traves de la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado, y la Oficina General de Administracion, en el MORDAZA de sus competencias, seran los responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de los recursos materia de transferencia. Articulo 5.- Disponer que el Anexo a que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion se publique en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1154016-1

Designan Asesora II del Despacho Viceministerial de la Mujer
RESOLUCION MINISTERIAL N° 374-2014-MIMP MORDAZA, 21 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor (a) II del Despacho Viceministerial de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, Plaza Nº 013 del Cuadro para Asignacion de Personal del MIMP, cargo considerado de confianza; Que, en consecuencia, es necesario designar a la persona que se desempenara en el referido cargo; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaria General y de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP; y la Resolucion Suprema N° 003-2013-MIMP; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar a la servidora JESSYCA MORDAZA MORDAZA, Tecnico Administrativo III de la Oficina de Tramite Documentario y Atencion al Ciudadano de la Secretaria General, en el cargo de confianza de Asesora II del Despacho Viceministerial de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. Articulo 2.- Al termino de la designacion, la citada servidora retornara a su plaza de origen de la cual es titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1154016-2

PRODUCE
Aprueban inicio del MORDAZA de transferencia de funciones del Servicio Nacional de Acreditacion, Servicio Nacional de Metrologia y de la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelaria, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en lo correspondiente a la Normalizacion, al Instituto Nacional de la Calidad - INACAL, en el MORDAZA de la Ley N° 30224 "Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad"
DECRETO SUPREMO N° 008-2014-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30224, se crea el Sistema Nacional para la Calidad - SNC y el Instituto Nacional

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