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El Peruano Martes 28 de octubre de 2014 536042 Que, con el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 325-2012/MINSA, se aprobó el Listado de Enfermedades de Alto Costo de Atención y mediante su artículo 2º se dispuso que los gastos generados por la atención de las enfermedades de alto costo sean fi nanciados por la Unidad Ejecutora 002 del SIS: 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL; Que, mediante Resolución Ministerial N° 991-2012/ MINSA, se aprueban los Parámetros de Negociación que serán tomados en cuenta para la celebración de los convenios entre el Seguro Integral de Salud y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas, disponiéndose entre los elementos básicos, al mecanismo de pago y las tarifas de la prestación; Que, el Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL ha suscrito convenios con las unidades ejecutoras para el fi nanciamiento de las atenciones de alto costo para los asegurados del Seguro Integral de Salud; Que, conforme al informe de vistos, el Fondo Intangible Solidario de Salud remite el consolidado de la transferencia a las unidades ejecutoras de manera prospectivas según la modalidad pago “Por Paquete” o “Por Servicio” o “No Tarifado”, específi camente, el pago prospectivo setiembre 2014, pre liquidado octubre 2014 y la transferencia para cubrir prestaciones no tarifadas julio 2014 a setiembre 2014, a mérito de fi nanciar las atenciones de las enfermedades de alto costo, según la normativa vigente y en función a su disponibilidad presupuestal; Que, mediante Informe N° 039-2014/SIS-FISSAL- PLANEAMIENTO, el Responsable de Planeamiento y Presupuesto (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud informa que existe disponibilidad presupuestal para efectuar las transferencias fi nancieras a las unidades ejecutoras, para lo cual emite la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 352 del 23 de octubre de 2014; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la distribución de los recursos que se transfi eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Pliego Seguro Integral de Salud, Unidad Ejecutora 002: Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Estando a lo propuesto por el Fondo Intangible Solidario de Salud; Con el visto bueno de la Secretaría General, del Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL, del Responsable de la Administración del FISSAL y con la opinión favorable del Responsable de Planeamiento y Presupuesto (e) del FISSAL y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Transferencia de la Unidad Ejecutora 002-1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL para las unidades ejecutoras por la suma de CUARENTA MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40’748,771.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente a los pagos siguientes: Prospectivo Setiembre 2014, Pre liquidado Octubre 2014 y Prestaciones No Tarifadas Julio 2014 a Setiembre 2014, según se detalla en los Anexos 01, 02 y 03, que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2º.- El Titular del Pliego, mediante Resolución, aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la respectiva página web del Pliego. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Ofi cial El Peruano, así como publicar en la página web del Seguro Integral de Salud el texto de la presente Resolución Jefatural y sus Anexos 01, 02 y 03. Regístrese, comuníquese y publíquese, PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud 1155989-1 Modifican Anexos de la R.J. Nº 130- 2014/SIS en lo referente a transferencias a diversos hospitales RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 225-2014/SIS Lima, 24 de octubre de 2014 VISTOS: El Ofi cio N° 0927-2014-OGPP-OP/MINSA, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; el Ofi cio N° 449- 2014-SIS-FISSAL/J e Informe N° 038-2014-SIS-FISSAL/ ADM, emitidos por el Fondo Intangible Solidario de Salud y el Informe N° 049-2014-SIS/OGAJ, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del artículo 12 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se dispone que la autorización de las transferencias fi nancieras durante el Año Fiscal 2014, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está considerada el Seguro Integral de Salud, se aprueben por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, mediante Resolución Jefatural N° 130-2014/ SIS, publicada el 7 de junio de 2014, en el Diario Ofi cial “El Peruano”, se aprobó la Transferencia de la Unidad Ejecutora 002-1423 FONDO INTANGIBLE SOLIDARIO DE SALUD - FISSAL para las Unidades Ejecutoras por la suma de DIECISÉIS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 16’634,733.00), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente a los pagos retrospectivo, prospectivo y prestaciones adicionales según convenio, conforme se detalla en los Anexos 01, 02 y 03 que forman parte integrante de dicha Resolución Jefatural; Que, conforme al Anexo 01 de la Resolución Jefatural N° 130-2014-SIS se transfi rió a los Hospitales: Sergio Bernales, Cayetano Heredia, Nacional Arzobispo Loayza y Nacional Dos de Mayo, la Producción de los meses de diciembre 2013, enero y febrero 2014, por recursos ordinarios, de acuerdo al detalle siguiente: PROGRAMAS PRESUPUESTARIOS REGION COD. DNTP NOMBRE Unidad Ejecutora 0024 PREVENCION Y CONTROL DEL CÁNCER 9002 ASIGNACIONES (SIN PROGRAMA) TOTAL LIMA 136 HOSPITAL SERGIO BERNALES S/.6,539.00 S/.1,222.00 S/.7,761.00 137 HOSPITAL CAYETANO HEREDIA S/.0.00 S/.35,197.00 S/.35,197.00 143 HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA S/.63,804.00 S/.52,774.00 S/.116,578.00 144 HOSPITAL NACIONAL DOS DE MAYO S/.40,391.00 S/.48,928.00 S/.89,319.00