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El Peruano Martes 28 de octubre de 2014 536045 Que, los gastos de pasajes aéreos, en tarifa económica, TUUA y viáticos serán cubiertos por el OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional; Que, el Artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014, establece que los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; deben ser autorizados mediante resolución del titular de la entidad; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014; Con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal y de la Gerencia General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Arenillas, República del Ecuador de los siguientes funcionarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, de acuerdo a las fechas de viaje que a continuación se indican: Fechas de viaje: Funcionarios: Del 29 al 30 de octubre de 2014 Jorge Antonio Apoloni Quispe Gerente General Del 28 al 30 de octubre de 2014 Tatiana Mercedes Piccini Antón Subgerente de Gestión y Normatividad de la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Jorge Antonio Apoloni Quispe (Del 29 al 30 de octubre de 2014): Viáticos US$ 1,110.00 Importe de pasajes aéreo (Incluye TUUA) y terrestre US$ 603.87 Total US$ 1,713.87 Tatiana Mercedes Piccini Antón (Del 28 al 30 de octubre de 2014): Viáticos US$ 1,480.00 Importe de pasajes aéreo (Incluye TUUA) y terrestre US$ 548.41 Total US$ 2,028.41 Artículo 3°.- La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios antes mencionados deberán presentar a la institución un informe detallado de las actividades realizadas, resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL ANGEL CIPRIANO PIRGO Presidente del Consejo Directivo (e) 1156019-1