Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (02/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 18

El Peruano Martes 2 de setiembre de 2014 531584 existe disponibilidad presupuestal para la distribución de las transferencias; Contando con el visto de la Secretaría General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, de la Ofi cina General de Administración de Recursos, de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia total para las Unidades Ejecutoras por la suma de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTINUEVE CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/.265’437,129.00) con cargo a las Fuentes de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de agosto 2014, detallada en los Anexos N° 01 y N° 02, que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural. ANEXO 01: Total S/. 264’817,190.00 *Pago Preliquidado S/. 116’978,238.00 *Pago Cápita Prestacional III Cuatrimestre 2014 S/. 123’014,050.00 *Pago Cápita Administrativo III Cuatrimestre 2014 S/. 1’402,422.00 00-Recursos Ordinarios *Pago Cumplimiento de Indicadores I Trimestre 2014 S/. 18’258,778.00 *Prestaciones Tarifadas S/. 261,131.00 *Prestaciones No Tarifadas S/. 2’801,040.00 *Servicios Complementarios S/. 2’000,000.00 *Plan de Salud Escolar S/. 101,531.00 ANEXO 02 Total S/. 619,939.00 09-Recursos Directamente *Prestaciones Tarifadas S/. 580,301.00 Recaudados *Prestaciones No Tarifadas S/. 39,638.00 TOTAL GENERAL S/. 265’437,129.00 Artículo 2.- Cada unidad ejecutora receptora y responsable de la ejecución del monto transferido por concepto de servicios complementarios en salud dará cuenta al Seguro Integral de Salud respecto de la ejecución del mismo, conforme a lo normado. Artículo 3.- Aprobar la liquidación por la producción neta del mes de mayo 2014 por CUARENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON 57/100 NUEVOS SOLES (S/.49’451,217.57), detallado en el Anexo N°03 que forma integrante de la presente Resolución. Artículo 4.- El Titular del Pliego, mediante Resolución, aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, respetando los montos de los programas presupuestarios estratégicos, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución deberá ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la respectiva página web del Pliego. Con relación al programa no estratégico, deberá considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas, la programación de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el marco de la normatividad vigente. Artículo 5.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”; así como publicar en el portal institucional, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolución y sus Anexos. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud 1131483-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Disponen la publicación del proyecto de directiva “Normas para la gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las Entidades Públicas”, en el portal institucional de SERVIR RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 167-2014-SERVIR-PE Lima, 1 de septiembre de 2014 Visto, el Informe Técnico Nº 006-2014-SERVIR/ GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos – SERVIR; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, entre cuyas funciones se encuentra dictar normas técnicas para el desarrollo e implementación del Sistema; Que, el artículo 6º de la Ley del Servicio Civil, aprobada por Ley Nº 30057, establece que las Ofi cinas de Recursos Humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector; Que, el artículo 3º del Reglamento de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM señala los procesos, como mínimo, que contienen los sub sistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS señala que: “Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 2, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas”; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos en coordinación con la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil, propone el proyecto de directiva “Normas para la Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las Entidades Públicas”; por lo que resulta necesario disponer la publicación de dicho proyecto, su exposición de motivos así como el plazo para