Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2014 (02/09/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Martes 2 de setiembre de 2014

531597
de los principios de economia y celeridad procesal. Por lo tanto, al momento de emitir un pronunciamiento sobre una controversia juridica, este organo colegiado debera valorar el impacto que se generara en el cronograma electoral con la preservacion en el tiempo de una situacion de incertidumbre sobre la situacion juridica de un candidato, asi como la necesidad y utilidad de disponer la devolucion de los actuados al MORDAZA Electoral Especial para que emita pronunciamiento. Asi, de resultar inoficiosa dicha devolucion porque el sentido de la decision, con los documentos que ya obran en la primera oportunidad que este organo colegiado conoce una controversia juridica, no variaria, correspondera emitir un pronunciamiento sobre el fondo de la pretension. 21. Atendiendo a lo expuesto, este Supremo Tribunal Electoral considera que, independientemente de los cuestionamientos realizados a la validez de la resolucion directoral que autoriza a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a rendir evaluaciones por omision de grado, correspondiente, precisamente, al MORDAZA grado de educacion secundaria, en MORDAZA de 2013; existe plena certeza de que el citado candidato no concluyo sus estudios en el ano 1982, como lo habia consignado en su declaracion jurada de vida. Dicho en otros terminos, si bien es MORDAZA que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA estudio en la Institucion Educativa Nuestra Senora del MORDAZA el ano 1982, no lo es que MORDAZA concluido dichos estudios en dicho ano, por lo que se evidencia que, efectivamente, se ha consignado informacion falsa en la declaracion jurada de vida. 22. A mayor abundamiento, cabe indicar que, de la revision de la declaracion jurada de MORDAZA del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con motivo de las elecciones municipales 2010, que obra en los archivos del MORDAZA Nacional de Elecciones, que es de publico conocimiento, ya que es accesible a la ciudadania a traves del Observatorio para la Gobernabilidad (www.infogob.com. pe), se aprecia que dicho ciudadano indico haber cursado y concluido estudios secundarios en el Colegio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en Chepen, es decir, una institucion educativa a cualquiera de las senaladas en su actual declaracion jurada de MORDAZA presentada para el presente MORDAZA electoral; lo que permite a este organo colegiado concluir que no nos encontramos ante un error, el cual ni siquiera ha pretendido ser corregido, sino ante una consciente consignacion de informacion falsa en la citada declaracion. Por tales motivos, este Supremo Tribunal Electoral estima que corresponde desestimar el recurso de apelacion interpuesto por la organizacion politica de alcance nacional Solidaridad Nacional. 23. El candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la organizacion politica por la cual postula, Solidaridad Nacional, estuvieron en plena y absoluta posibilidad de informar, en la solicitud de inscripcion o durante la etapa de calificacion de la misma, en aras de elemental transparencia, el hecho referente a la conclusion de sus estudios de educacion secundaria, habiendo variado sustancialmente la informacion correspondiente en su declaracion jurada de MORDAZA para su postulacion al cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, en el MORDAZA de elecciones municipales 2010, respecto de la misma declaracion jurada de MORDAZA presentada para el presente MORDAZA de elecciones municipales 2014, mucho mas si los cuestionamientos sobre la materia han sido difundidos reiteradamente en los diferentes medios de comunicacion. En resumen, los fundamentos expuestos en el recurso de apelacion no enervan los argumentos en los que se sustenta la resolucion del JEE venida en grado, por lo que la referida resolucion debe ser confirmada. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por Oliberth MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal acreditado ante el MORDAZA MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Este, de la organizacion politica de alcance nacional Solidaridad Nacional, y CONFIRMAR la Resolucion Nº 005-2014-

jurisdiccion electoral, en un procedimiento de tacha o de exclusion de candidatos, no supone en modo alguno un avocamiento indebido de causas pendientes o invasion de los fueros de la jurisdiccion ordinaria. En la medida que, como se ha indicado en los considerandos anteriores, la jurisdiccion penal y la electoral, cautelan bienes juridicos de relevancia constitucional diferentes, este organo colegiado concluye que no resulta ilegitimo que se presenten documentos que obran en un expediente judicial y MORDAZA incorporados y valorados por los Jurados Electorales Especiales o este Supremo Tribunal Electoral, en un procedimiento de tacha o exclusion de candidatos, MORDAZA si se trata de documentos que dan cuenta de hechos objetivos. Este organo colegiado reconoce que para que se genere mayor certeza o conviccion en este Supremo Tribunal Electoral respecto de dichos documentos, resulta conveniente que las copias MORDAZA autenticadas por el organo o funcionario judicial competente; sin embargo, cabe precisar que ello no es imprescindible, toda vez que no puede negarse u obviarse, per se, el valor probatorio de los documentos certificados notarialmente. 18. Cabe mencionar que el tachante ha presentado, en la fecha de vista de la causa del presente expediente, las copias fedateadas por la UGEL Nº 09, de los siguientes documentos: a. Oficio Nº 046-2013-DIR-IEP-NSC-H, del 20 de MORDAZA de 2013, dirigido por MORDAZA C. MORDAZA MORDAZA, director de la Institucion Educativa Nuestra Senora del MORDAZA, que remite las actas de evaluacion, por omision de grado, de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, correspondiente al MORDAZA grado de secundaria, promocion 1982. b. Resolucion Directoral Nº 068-13-IEP-NSC-H, del 17 de MORDAZA de 2013, que resuelve aprobar las actas de evaluacion, por omision de grado, de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, correspondiente al MORDAZA grado de educacion secundaria, promocion 1982. c. Resolucion Directoral Nº 067-13-IEP-NSC-H, del 14 de MORDAZA de 2013, que autoriza a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a rendir la evaluacion por omision de grado, correspondiente al MORDAZA grado de educacion secundaria, promocion 1982, y nombra al MORDAZA evaluador correspondiente. d. Acta consolidada de evaluacion de educacion basica regular del nivel de educacion secundaria ­ 1982, del 17 de MORDAZA de 2013, en la que se consigna "Rindio evaluacion por omision de grado segun R.D. Nº 067-13DIR-IEP-NSC-H, de fecha 14/05/2013, y de acuerdo a la R.V. Nº 077-84-ED". 19. Si bien este Supremo Tribunal Electoral no puede ingresar a valorar los documentos senalados en el considerando anterior, debido a que fueron aportados luego de la interposicion del recurso de apelacion, tan bien es MORDAZA que no puede dejar de expresar que dichos documentos no hacen sino corroborar los medios probatorios valorados en sede del MORDAZA Electoral Especial de primer grado, toda vez que tienen el mismo contenido, lo que descarta cualquier afectacion al derecho al debido MORDAZA de la organizacion politica. Efectivamente, debe tomarse en consideracion que se trata de documentos con identico contenido a aquellos que fueron presentados ante el JEE y que fueron valorados por dicho organo de imparticion de justicia electoral en primera instancia, para emitir la decision materia de cuestionamiento con la interposicion del recurso de apelacion. La variacion se presenta unicamente en funcion a los cuestionamientos sobre la validez de los medios probatorios (en lo relativo a la certificacion realizada por la notaria publica) y sobre los mecanismos de obtencion de los mismos. Asimismo, debe tomarse en consideracion que, si bien se realiza defensa de fondo en el presente caso, la misma se encuentra relacionada fundamentalmente con la apreciacion sobre la conclusion o no de los estudios secundarios del candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como el ano en que se produjo ello, mas que respecto a la negacion de un hecho objetivo, como la dacion de los examenes durante el ano 2013. 20. Ademas, debe recordarse que los procesos electorales se caracterizan por la necesaria optimizacion

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.