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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (02/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Martes 2 de setiembre de 2014 531592 a) Doctora MARÍA MARGARITA SÁNCHEZ TUESTA, como Juez Supernumeraria del Juzgado Mixto de Lurín. b) Doctor EDGAR MANUEL LUCANA POMA, como Juez Supernumerario del Juzgado de Familia de Villa El Salvador. c) Doctor HUMBERTO FERNANDO MEDINA LÓPEZ, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado Penal Transitorio de Villa El Salvador. d) Doctor CARLOS ILDEFONSO SALAS QUIROGA, como Juez Supernumerario del Juzgado Mixto de Villa El Salvador. e) Doctora DIANA PATRICIA CHAPOÑAN AQUINO, como Juez Supernumerario del Juzgado de Familia de San Juan de Mirafl ores. f) Doctora LISSI SABRINA CONCHE BARRIENTOS, como Juez Supernumerario del Segundo Juzgado de Paz Letrado Civil de Villa María del Triunfo. g) Doctora VANESSA VIANEY VÁSQUEZ VELAZCO, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado de Paz Letrado de Familia de Villa María del Triunfo. h) Doctora ELIZABETH YUDI LEIVA CÓRDOVA, como Juez Supernumerario del Segundo Juzgado de Paz Letrado con Especialidad Laboral, a partir del primero de setiembre de 2014. Artículo Quinto.- REASIGNAR a los siguientes magistrados, a partir del primero de setiembre de 2014, conforme se detalla a continuación: a) Doctor RICHARD RUDY O’DIANA CARRION, Juez Provisional del Juzgado de Tránsito y Seguridad Vial al Juzgado de Familia de Villa María del Triunfo. b) Doctora ROCIO DEL PILAR RABINES BRICEÑO, Juez Provisional del Primer Juzgado Mixto de Villa El Salvador al Juzgado Civil de Villa El Salvador. c) Doctor GIOVANNI FELIX PALMA, Juez Supernumerario del Juzgado Mixto de Villa El Salvador al Primer Juzgado Mixto Transitorio de Villa El Salvador. d) Doctor ISAÍAS SÁNCHEZ RAMOS, Juez Supernumerario del Juzgado Mixto de Lurín al Juzgado Civil de Lurín. e) Doctora RAQUEL IVONE CHÁVEZ ARAGON, Juez Supernumerario del Primer Juzgado Transitorio Penal de San Juan de Mirafl ores al Juzgado Especializado de Tránsito y Seguridad Vial. f) Doctor MARCOS TEODORO QUISPE BARBARAN, Juez Supernumerario del Primer Juzgado Penal Transitorio de Villa el Salvador al Segundo Juzgado Penal de Villa María del Triunfo, actuando a su vez como Juez del Segundo Juzgado Penal Unipersonal. g) Doctor CARLOS GERARDO CLEMENTE PAUCAR, Juez Supernumerario del Segundo Juzgado Penal de Villa María del Triunfo al Primer Juzgado Penal Transitorio de San Juan de Mirafl ores. Artículo Sexto.- PRECISAR que la reasignación dispuesta en el artículo precedente, respecto del doctor Carlos Gerardo Clemente Paucar, no producirá en ningún supuesto el quiebre de los procesos con audiencias iniciadas o sesiones continuadas con el Nuevo Código Procesal Penal. Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema, al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Fiscalía de la Nación, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Sur, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima Sur, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal, Ofi cina de Logística, Ofi cina de Sistemas y Estadística, y Magistrados de esta Corte Superior de Justicia; para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OCTAVIO CÉSAR SAHUANAY CALSÍN Presidentel 1131166-1 Disponen ubicación de los órganos jurisdiccionales a que hace referencia la Res. Adm. N° 266-2014-CE-PJ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 0910-2014-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, veintinueve de agosto del año dos mil catorce. I. ANTECEDENTES: La Resolución Administrativa N° 266-2014-CE-PJ emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y el Ofi cio N° 1105-2014-OAD-CSJLIMASUR/PJ, elaborado por la Ofi cina de Administración Distrital. II. FUNDAMENTOS: 1. Mediante Resolución Administrativa N° 266-2014- CE-PJ, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de agosto de 2014, se dispuso, a partir del 01 de setiembre de 2014, la conversión y reubicación a la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, de los siguientes órganos jurisdiccionales permanentes no activos de la Corte Superior de Justicia de Lima: Denominación del órgano jurisdiccional Denominación del órgano jurisdiccional a partir del 1 de setiembre de 2014 18° Juzgado Civil Comercial de Lima Juzgado Civil de Lurín 19° Juzgado Civil Comercial de Lima Juzgado de Familia de San Juan de Mirafl ores 20° Juzgado Civil Comercial de Lima Juzgado de Familia de Villa El Salvador 21° Juzgado Civil Comercial de Lima Juzgado Civil de Villa El Salvador 22° Juzgado Civil Comercial de Lima Juzgado de Familia de Villa María del Triunfo 2. En este sentido, estando a la incorporación de los mencionados órganos jurisdiccionales, es menester incorporar políticas de reubicación de los ambientes jurisdiccionales para su mejor funcionamiento, a fi n de brindar al justiciable un servicio de óptima calidad cuya fi nalidad es el acceso efectivo a todas las instancias en base a un sistema igualitario en donde se garanticen sus derechos. 3. Mediante Ofi cio N° 1105-2014-OAD-CSJLIMASUR/ PJ, del 29 de agosto de 2014, el Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, informa que se está culminado con el proceso de acondicionamiento de los ambientes jurisdiccionales y administrativos para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales a que se hace mención en el primer fundamento de la presente resolución. 4. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un efi ciente servicio de impartición de Justicia en benefi cio del usuario del sistema judicial. Por tanto, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3), 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. III. DECISIÓN: El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, de conformidad con las normas invocadas y lo expuesto, resuelve: Artículo Primero.- DISPONER, a partir del 01 de setiembre de 2014, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales, conforme se detalla a continuación: