Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2014 (07/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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institucionales, humanos, cientificos, tecnologicos y administrativos) que participan en los procesos de formacion, capacitacion, especializacion, actualizacion, perfeccionamiento e investigacion cientifica del personal policial. Goza de autonomia academica y administrativa, direccionadas a la optimizacion de la MORDAZA policial en todas las categorias, jerarquias y grados. El Regimen Educativo de la Policia Nacional del Peru es de nivel universitario y tecnico, se rige por la Ley de la Policia Nacional del Peru en concordancia con la Ley General de Educacion, Ley Universitaria, Ley de Institutos y Escuelas de Educacion Superior y con normas especificas del sector educacion y la institucion policial. Articulo 8.- Niveles del Regimen Educativo El Regimen Educativo de la Policia Nacional del Peru se estructura en los niveles educativos de formacion, capacitacion, especializacion, actualizacion y de perfeccionamiento; estableciendose los objetivos y caracteristicas de sus procesos educativos en el respectivo Manual de Regimen Educativo. Cada nivel se interrelaciona con los demas organos academicos dentro del MORDAZA de la Ley. El primer nivel esta constituido por las Escuelas de Formacion conformadas por la Escuela de Oficiales y las Escuelas de Educacion Superior Tecnico Profesional; el MORDAZA nivel, por la Escuela de Educacion Continua y el tercer nivel por la Escuela de Posgrado. CAPITULO III REGIMEN CURRICULAR Y EVALUACION Articulo 9.- Plan Curricular y Plan Educativo Anual El Plan Curricular es el instrumento tecnico pedagogico que contiene la estructura curricular, mallas curriculares, plan de estudio, evaluacion, perfiles educativos y silabos de los procesos academicos que imparten y administran los Organos de Gestion Academica; quienes determinan las acciones de organizacion, ejecucion y evaluacion de los procesos educativos a desarrollarse, de conformidad a los objetivos y politicas establecidas en el Plan Educativo Anual del Regimen Educativo de la Policia Nacional del Peru. Es aprobado y evaluado por la Direccion Ejecutiva de Educacion y Doctrina de la Policia Nacional del Peru. El Plan Educativo Anual es el instrumento tecniconormativo elaborado por la Direccion Ejecutiva de Educacion y Doctrina de la Policia Nacional del Peru, esta orientado a materializar los objetivos y politicas educativas del Comando y Sector Interior en concordancia con el Plan Estrategico Institucional. Es monitoreado permanentemente y evaluado trimestralmente por la Direccion Academica de la Direccion Ejecutiva de Educacion y Doctrina de la Policia Nacional del Peru; la duracion de los periodos academicos se determina en el respectivo Manual del Regimen Educativo de sus organos de gestion. Articulo 10.- Supervision de la calidad educativa La supervision de la calidad educativa es una actividad especializada, a cargo de la Direccion Ejecutiva de Educacion y Doctrina, que permite mejorar la calidad educativa en todas sus escuelas, mediante la orientacion, asesoramiento, promocion y evaluacion de los procesos educativos y su administracion; en programas de atencion al publico, integracion familiar y disciplina. Articulo 11.- Regimen de evaluacion El regimen de evaluacion comprende: a. La evaluacion del MORDAZA ensenanza - aprendizaje: Relacionado con el rendimiento academico de los estudiantes y el desempeno profesional del personal docente y administrativo. b. La evaluacion del contexto: Determina la valoracion diagnostica del escenario educativo, se realiza al final de cada semestre academico, con criterios de innovacion, progreso y capacidad proactiva, para cautelar la calidad del gerenciamiento educativo. La evaluacion educativa se ejecuta por profesionales especializados, empleando las tecnicas de observacion, entrevista y encuesta. Se realiza durante el desarrollo de los procesos educativos, en las modalidades de evaluacion diagnostica, evaluacion de procesos y evaluacion de resultados.

El Peruano MORDAZA 7 de setiembre de 2014

Los aspectos especificos de los procesos de evaluacion se establecen en el respectivo Manual del Regimen Educativo de los Organos de Gestion Academica de la Policia Nacional del Peru. CAPITULO IV DE LOS DOCENTES Y ESTUDIANTES Articulo 12.- Docentes 12.1 Los docentes ejercen funciones de ensenanzaaprendizaje, investigacion y proyeccion social. Ingresan por concurso publico de meritos. Son contratados por un semestre o modulo academico, de conformidad a los procedimientos y requisitos establecidos en el presente Reglamento, conforme a la ley de la materia y segun su condicion docente. Asimismo, se podra contratar por invitacion a docentes, sobre la base de su experticia y solvencia profesional, para dictar eventualmente catedras o seminarios. 12.2 El personal docente esta integrado por profesionales civiles, personal de la Policia Nacional del Peru y las Fuerzas Armadas en situacion de actividad, disponibilidad o retiro, asi como por docentes extranjeros (civiles y policiales) invitados por convenio, intercambio cultural u otra forma de cooperacion interinstitucional, que cumplan con los siguientes requisitos: a. Contar con reconocida solvencia moral e intelectual. b. En caso de personal policial o militar en situacion de disponibilidad o retiro, tal situacion no debe tener su origen en causal disciplinaria o por insuficiencia academica. c. No haber sido sentenciado judicialmente por la comision de un delito doloso o culposo. 12.3 Los procedimientos de captacion son los siguientes: a. Convocatoria.- A cargo del Organo de Gestion Academica. b. Inscripcion.Presentacion de solicitudes acompanadas de su hoja de MORDAZA documentada. c. Calificacion cualitativa.- Comprende la revision y verificacion de documentos. d. Calificacion cuantitativa.- Puntaje otorgado por MORDAZA y titulos, experiencia en la docencia, publicacion de investigaciones y/o libros. e. Clase Modelo.- Exposicion de dominio en el tema y auditorio. f. Seleccion.- A cargo del Consejo Academico correspondiente g. Designacion.- Mediante Resolucion Directoral de la Direccion Ejecutiva de Educacion y Doctrina de la Policia Nacional del Peru. 12.4 Los requisitos minimos de captacion son los siguientes: a. Para la Escuela de Oficiales: Titulo universitario. b. Para las Escuelas de Educacion Superior Tecnico Profesional: Titulo de tecnico. c. Para la Escuela de Educacion Continua: Titulo universitario o tecnico segun corresponda. d. Para la Escuela de Posgrado: Diplomados y MORDAZA Especialidad: Titulo universitario. e. Para la Escuela de Posgrado: Programa de Alto Mando y Maestria: Grado academico de Magister. f. Experiencia minima de tres anos en la docencia universitaria o nivel equivalente, en el area academica que ejercera su labor docente. g. No registrar antecedentes policiales. h. No registrar sentencias contempladas en la Ley N° 29988. Articulo 13.- Perfil del Instructor El Instructor posee, fundamentalmente, vocacion e interes para la actividad de instruccion, asi como conocimientos asociados al MORDAZA educativo de formacion academico-policial e impecable trayectoria academica. Su personalidad se caracteriza por su madurez emocional como variable prioritaria, tambien por las habilidades para la MORDAZA como el autoconocimiento, la empatia y la comunicacion asertiva. El instructor

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