NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (07/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 22
El Peruano Domingo 7 de setiembre de 2014 532012 el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo ʋ 1098 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo ʋ 003-2012-MIMP; y, la Resolución Suprema ʋ 003-2013-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura de puesto de Directora Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, efectuada a la señora BETTY NOELINA OLANO CIEZA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señorita CARMEN LOURDES SEVILLA CARNERO en el cargo de confi anza de Directora Ejecutiva del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1134122-1 Designan funcionario responsable de brindar la información pública solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del MIMP, en el marco de lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 311-2014-MIMP Lima, 5 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 043- 2003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, los artículos 3, 15, 16 y 17 del referido Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública establecen que todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administración Pública están sometidas al principio de publicidad, salvo que se trate de información califi cada como secreta, reservada o confi dencial; Que, el artículo 3 del citado Texto Único Ordenado establece, entre otros, que todas las disposiciones de las entidades comprendidas en la propia Ley están sometidas al principio de publicidad, que el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las Entidades de la Administración Pública, y que dichas entidades tienen la obligación de entregar la información que demanden las personas, en aplicación del principio de publicidad; del mismo modo, la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, asimismo, el artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003- PCM, y modifi cado por Decreto Supremo N° 070-2013- PCM, establece que es obligación de la máxima autoridad de la entidad designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 152- 2013-MIMP, entre otras acciones, se designó al señor Julio Andrés Rojas Julca, Viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como funcionario responsable de entregar información pública solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del MIMP; Que, mediante Resolución Suprema N° 005-2014- MIMP se aceptó la renuncia del señor Julio Andrés Rojas Julca al cargo de Viceministro de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 152-2013-MIMP y designar al nuevo responsable de entregar la información pública; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; El Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; y en el Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, y modifi cado por Decreto Supremo N° 070-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor MARIO GILBERTO RÍOS ESPINOZA, Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, como responsable de brindar la información pública solicitada a la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del MIMP, en el marco de lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; y en el Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003- PCM, y modifi cado por Decreto Supremo N° 070-2013- PCM. Artículo 2.- Dejar sin efecto Resolución Ministerial Nº 152-2013-MIMP del 24 de junio de 2013. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1134123-1 PRODUCE Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo del FONDEPES a la Dirección General de Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PESQUERO FONDEPES RESOLUCION JEFATURAL Nº 198-2014-FONDEPES/J Lima, 4 de setiembre de 2014 VISTOS: La Nota Nº 998-2014-FONDEPES/OGA, de la Ofi cina General de Administración, el Informe Nº 074- 2014-FONDEPES/OGA/ARH, de la Dirección General de Administración y el Informe Nº 424-2014-FONDEPES/ OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero – FONDEPES, es un Organismo Público Ejecutor, con autonomía técnica, económica y administrativa cuya fi nalidad es promover y apoyar técnica, económica y fi nanciera el desarrollo prioritario de la pesca artesanal y de las actividades pesqueras y de acuicultura en general; Que, mediante la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, se dispuso que el Instituto de Radio y Televisión del Perú mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7, programará en horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio