Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2014 (08/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Lunes 8 de setiembre de 2014

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salud, de modo que el Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion y es responsable de disenarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, la Ley General de Salud, Ley Nº 26842, establece que la salud es una condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la proteccion de la salud es de interes publico y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla, siendo de interes publico la provision de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institucion que los provea, y responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la poblacion, en terminos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, este se constituye como la Autoridad de Salud a nivel nacional, y segun lo establece la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulacion, direccion y gestion de la politica nacional de salud y es la MORDAZA autoridad en materia de salud; Que, la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD, en el MORDAZA de las competencias establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal, tiene como funcion velar que las prestaciones se otorguen con calidad, oportunidad, disponibilidad y aceptabilidad en beneficio del MORDAZA usuarios de los servicios de salud; Que, con fecha 13 de MORDAZA de 2014, se dio inicio a una paralizacion de labores a nivel nacional, convocada por la Federacion Medica Peruana, la cual fue declarada Ilegal por el Ministerio de Salud mediante Resolucion Ministerial Nº 359-2014/MINSA. Dicha paralizacion, si bien es MORDAZA es minima, persiste a la fecha, afectando la prestacion normal de los servicios de salud en los establecimientos de salud; Que, asimismo, el Poder Ejecutivo a traves del Ministerio de Salud ha realizado diversas acciones y formulado propuestas de solucion, en concordancia con el MORDAZA normativo y la disponibilidad presupuestal, procurando promover el dialogo bilateral permanentemente, con el proposito de lograr una solucion consensuada y armoniosa al conflicto generado por la Federacion Medica Peruana, habiendo para tal efecto contado con la participacion de un miembro de la iglesia catolica como mediador ante la situacion presentada, asi como de la Comision de Salud del Congreso de la Republica; Que, sin embargo la prolongada duracion de la ilegal paralizacion de labores de los profesionales de la salud medicos cirujanos, viene generando la disminucion en la capacidad operativa para la prestacion de los servicios de salud en los establecimientos asistenciales, habiendose verificado la existencia de brechas en la atencion de los servicios de atencion medica especializada (consultas medicas ambulatorias e intervenciones quirurgicas); Que, el servicio de salud constituye un servicio esencial que requiere ser prestado de manera ininterrumpida y continua, con el objeto de preservar la salud y MORDAZA de la poblacion; De conformidad con la Ley Nº 26842, Ley General de Salud; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion del Plan de Restitucion de los Servicios de Salud Los Establecimientos de salud de MORDAZA y tercer nivel de atencion a nivel nacional, asi como el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas, en un plazo de tres (3) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente MORDAZA, mediante resolucion de su titular, aprobaran e iniciaran la implementacion, del Plan de Restitucion de los Servicios de Salud, con enfasis en consulta externa e intervenciones quirurgicas, conforme al modelo que como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.

Designan Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 308-2014-MC MORDAZA, 5 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565, se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personeria juridica de derecho publico; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 215-2013MC, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Miyasaki en el cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Cultura; Que, el citado funcionario, con carta de fecha 02 de septiembre de 2014, ha formulado renuncia al cargo que venia desempenando, por lo que corresponde aceptar su renuncia y designar al funcionario que ocupara el cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; la Ley N° 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Miyasaki al cargo de Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Cultura, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Articulo 2°.- Designar, a partir de la fecha, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura 1134007-1

SALUD
Establecen disposiciones relativas a la aprobacion e implementacion del Plan de Restitucion de los Servicios de Salud en establecimientos de salud y en el Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 670-2014/MINSA MORDAZA, 5 de setiembre del 2014 Visto, el Expediente Nº 14-093019-001 que contiene la Nota Informativa Nº 924-2014-DSS-DGSP/MINSA formulada por la Direccion de Servicios de Salud de la Direccion General de Salud de las Personas; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en sus articulos 7 y 9 que todos tienen derecho a la proteccion de su salud y el Estado determina la politica nacional de

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