Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2014 (08/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Lunes 8 de setiembre de 2014

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pudiera presentarse, los Directores y equipos de gestion de los establecimientos de salud deberan realizar las siguientes actividades: a. Organizar y programar brigadas de orientadores con los representantes del SIS, SUSALUD, IGSS y DGSP destacados para orientar al publico usuario en el acceso a los servicios de Consulta Externa o de Emergencia segun el caso. b. Revision y mejoramiento de la senaletica en las zonas de Admision, Consulta Externa, Laboratorio, Diagnostico por Imagenes y Farmacia de cada establecimiento. c. Disponer personal del propio establecimiento que sirva de enlace entre las brigadas de orientadores y las autoridades del establecimiento, con el fin de facilitar la solucion de cualquier imprevisto en la atencion del publico usuario. d. Revision y mejoramiento en lo posible de las MORDAZA de Espera y Servicios Higienicos destinados al publico usuario. e. Difusion al publico usuario de las medidas que se esten adoptando en el establecimiento de salud para garantizar la normalizacion de la atencion. 1134125-1

contratado ya existente y con los residentes de las diferentes especialidades donde sea necesario. Realizar esta programacion con la participacion de los Jefes de Departamento y de Servicios del Establecimiento de Salud. c. Continuar con la ampliacion de horarios de atencion en los establecimientos que ya han adoptado este mecanismo; y programar este mecanismo en aquellos casos que todavia no lo han adoptado. d. Disponer lo necesario para garantizar una adecuada informacion a los usuarios que asisten a los establecimientos y recibir la atencion correspondiente. e. Ejercer la autoridad necesaria para impedir acciones de fuerza por parte de los grupos que estan acatando la paralizacion ilegal y que traten de boicotear el normal funcionamiento de la atencion, tanto en los horarios normales como en los horarios ampliados. 2. Normalizar las intervenciones quirurgicas: Las medidas a adoptar por las autoridades de los institutos especializados y hospitales correspondientes son: a. Estimar el numero de cirugias que se requiere atender, incluyendo las no atendidas durante el periodo de paralizacion ilegal que necesitan ser reprogramadas a partir de la fecha. b. Programar los turnos de intervencion por cada especialidad, tomando en cuenta los recursos humanos disponibles en los turnos normales. c. Programar los cirujanos y anestesiologos estrictamente necesarios en Emergencia, con el fin de disponer el mayor numero posible de profesionales para las intervenciones quirurgicas programadas. d. Continuar con la ampliacion de horarios para cirugias en los establecimientos que ya han adoptado este mecanismo. Coordinar la suscripcion de adendas con el SIS en los establecimientos que aun no lo hayan hecho, para disponer de horas adicionales de cirugia. e. En los casos que las medidas mencionadas no MORDAZA suficientes, coordinar con otros establecimientos donde pudieran tener oferta quirurgica disponible con el fin de referir la demanda quirurgica no atendida. Un ejemplo es la coordinacion que pudieran hacer el INSN Brena, el INMP y el Hospital San MORDAZA con el INSN San MORDAZA para el uso de su oferta quirurgica disponible. El IGSS puede apoyar en la organizacion e implementacion de esos niveles de coordinacion, incorporando al SAMU cuando sea necesario para la referencia y contrarreferencia de pacientes quirurgicos. f. Adicionalmente el SIS establecera los mecanismos necesarios para disponer de una oferta quirurgica complementaria en establecimientos de salud diferentes a los del Ministerio de Salud. 3. Garantizar la informacion y atencion necesaria al publico usuario en el ingreso a los establecimientos: Con el fin de orientar adecuadamente al publico usuario y tener la informacion de cualquier incidente que

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Designan Jefe de la Unidad Zonal Ica de PROVIAS NACIONAL
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 321-2014-MTC/02 MORDAZA, 28 de agosto de 2014 VISTA: La Nota de Elevacion Nº 216-2014-MTC/20 de la Direccion Ejecutiva de Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional (PROVIAS NACIONAL); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 394-2011MTC/02, modificada por Resolucion Ministerial Nº 4292012-MTC/02 se aprobo el Manual de Operaciones ­ MOP del PROVIAS NACIONAL el cual en el MORDAZA parrafo de su articulo 41, establece que cada Unidad Zonal esta a cargo de un Jefe Zonal designado por el Viceministro y depende administrativa y jerarquicamente de la Unidad Gerencial de Conservacion y mantiene relaciones funcionales y de coordinacion con los organos del Proyecto Especial;

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