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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (08/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Lunes 8 de setiembre de 2014 532083 contratado ya existente y con los residentes de las diferentes especialidades donde sea necesario. Realizar esta programación con la participación de los Jefes de Departamento y de Servicios del Establecimiento de Salud. c. Continuar con la ampliación de horarios de atención en los establecimientos que ya han adoptado este mecanismo; y programar este mecanismo en aquellos casos que todavía no lo han adoptado. d. Disponer lo necesario para garantizar una adecuada información a los usuarios que asisten a los establecimientos y recibir la atención correspondiente. e. Ejercer la autoridad necesaria para impedir acciones de fuerza por parte de los grupos que están acatando la paralización ilegal y que traten de boicotear el normal funcionamiento de la atención, tanto en los horarios normales como en los horarios ampliados. 2. Normalizar las intervenciones quirúrgicas: Las medidas a adoptar por las autoridades de los institutos especializados y hospitales correspondientes son: a. Estimar el número de cirugías que se requiere atender, incluyendo las no atendidas durante el período de paralización ilegal que necesitan ser reprogramadas a partir de la fecha. b. Programar los turnos de intervención por cada especialidad, tomando en cuenta los recursos humanos disponibles en los turnos normales. c. Programar los cirujanos y anestesiólogos estrictamente necesarios en Emergencia, con el fi n de disponer el mayor número posible de profesionales para las intervenciones quirúrgicas programadas. d. Continuar con la ampliación de horarios para cirugías en los establecimientos que ya han adoptado este mecanismo. Coordinar la suscripción de adendas con el SIS en los establecimientos que aún no lo hayan hecho, para disponer de horas adicionales de cirugía. e. En los casos que las medidas mencionadas no sean sufi cientes, coordinar con otros establecimientos donde pudieran tener oferta quirúrgica disponible con el fi n de referir la demanda quirúrgica no atendida. Un ejemplo es la coordinación que pudieran hacer el INSN Breña, el INMP y el Hospital San Bartolomé con el INSN San Borja para el uso de su oferta quirúrgica disponible. El IGSS puede apoyar en la organización e implementación de esos niveles de coordinación, incorporando al SAMU cuando sea necesario para la referencia y contrarreferencia de pacientes quirúrgicos. f. Adicionalmente el SIS establecerá los mecanismos necesarios para disponer de una oferta quirúrgica complementaria en establecimientos de salud diferentes a los del Ministerio de Salud. 3. Garantizar la información y atención necesaria al público usuario en el ingreso a los establecimientos: Con el fi n de orientar adecuadamente al público usuario y tener la información de cualquier incidente que pudiera presentarse, los Directores y equipos de gestión de los establecimientos de salud deberán realizar las siguientes actividades: a. Organizar y programar brigadas de orientadores con los representantes del SIS, SUSALUD, IGSS y DGSP destacados para orientar al público usuario en el acceso a los servicios de Consulta Externa o de Emergencia según el caso. b. Revisión y mejoramiento de la señalética en las zonas de Admisión, Consulta Externa, Laboratorio, Diagnóstico por Imágenes y Farmacia de cada establecimiento. c. Disponer personal del propio establecimiento que sirva de enlace entre las brigadas de orientadores y las autoridades del establecimiento, con el fi n de facilitar la solución de cualquier imprevisto en la atención del público usuario. d. Revisión y mejoramiento en lo posible de las Salas de Espera y Servicios Higiénicos destinados al público usuario. e. Difusión al público usuario de las medidas que se estén adoptando en el establecimiento de salud para garantizar la normalización de la atención. 1134125-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Designan Jefe de la Unidad Zonal Ica de PROVÍAS NACIONAL RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 321-2014-MTC/02 Lima, 28 de agosto de 2014 VISTA: La Nota de Elevación Nº 216-2014-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva de Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional (PROVIAS NACIONAL); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 394-2011- MTC/02, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 429- 2012-MTC/02 se aprobó el Manual de Operaciones – MOP del PROVIAS NACIONAL el cual en el segundo párrafo de su artículo 41, establece que cada Unidad Zonal está a cargo de un Jefe Zonal designado por el Viceministro y depende administrativa y jerárquicamente de la Unidad Gerencial de Conservación y mantiene relaciones funcionales y de coordinación con los órganos del Proyecto Especial;