NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (08/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 32
TEXTO PAGINA: 18
El Peruano Lunes 8 de setiembre de 2014 532096 RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO EN PARTE el recurso de apelación interpuesto por la organización política Fuerza Popular; en consecuencia, CONFIRMAR la Resolución N° 002-2014-JEE-HUANCAYO/JNE, de fecha 16 de julio de 2014, en el extremo que declara improcedente la inscripción del candidato a alcalde Rodolfo Porras Oroya y de los candidatos a regidores Asención Venancio Huamán Ticllas, Maribel Laureano Mendoza, Angélica Huamán Porras, Ricardo Daniel Leiva Hilario, y REVOCAR la precitada resolución en el extremo que declara improcedente la inscripción del candidato a regidor Kevin Araujo Ríos. Artículo Segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial del Huancayo continúe con el con el trámite correspondiente, debiendo admitir y publicar la solicitud de inscripción de inscripción del candidato a regidor Kevin Araujo Ríos para el Concejo Distrital de Viques, provincia de Huancayo, departamento de Junín, Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1134057-3 Confirman resolución emitida por el Jurado Electoral Especial de Huamanga que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos al Concejo Provincial de Huanta, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN Nº 973-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01164 HUANTA - AYACUCHO JEE HUAMANGA (EXPEDIENTE Nº 316-2014-019) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACIÓN Lima, treinta de julio de dos mil catorce. VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso de apelación interpuesto por Alfredo Silverio Jiménez Quispe, personero legal titular del partido político Acción Popular, en contra de la Resolución Nº 0001-2014-JEE- HUAMANGA/JNE, del 10 de julio de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huamanga, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos al Concejo Provincial de Huanta, departamento de Ayacucho, presentada por la citada organización política, con el objeto de participar en las elecciones municipales del año 2014. ANTECEDENTES Sobre la solicitud de inscripción de lista de candidatos Con fecha 7 de julio de 2014, Alfredo Silverio Jiménez Quispe, personero legal titular del partido político Acción Popular, solicitó la inscripción de la lista de candidatos al Concejo Provincial de Huanta, departamento de Ayacucho, a efectos de participar en las elecciones municipales de 2014 (fojas 16). Respecto de la decisión del Jurado Electoral Especial de Huamanga Mediante Resolución Nº 001-2014-JEE-HUAMANGA/ JNE, de fecha 10 de julio de 2014 (fojas 11), el Jurado Electoral Especial de Huamanga (en adelante JEE) resolvió declarar improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Huanta, departamento de Ayacucho, a fi n de participar en el proceso de elecciones municipales de 2014, en base a los siguientes fundamentos: a. La Resolución Nº 269-2014-JNE, al cuantifi car las cuotas que corresponden a cada lista de candidatos por el número de regidores asignados, dispone que en los casos donde el número de regidores es once, corresponde incluir en la lista de candidatos a tres ciudadanos menores de 29 años de edad, y en el presente caso, este requisito se ha incumplido, toda vez que se ha incluido únicamente a dos ciudadanos menores de 29 años de edad. b. La citada organización política ha incurrido en el incumplimiento de un requisito de carácter insubsanable, por lo que debe declararse la improcedencia de la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Huanta, departamento de Ayacucho. Respecto al recurso de apelación Con fecha 21 de julio de 2014, Alfredo Silverio Jiménez Quispe, personero legal titular del partido político Acción Popular, interpone recurso de apelación (fojas 3) en contra de la Resolución Nº 001-2014-JEE-HUAMANGA/JNE, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Huanta, con el objeto de participar en el proceso de elecciones municipales 2014, en virtud de: a. que no se aplicó correctamente el artículo 29, numeral 29.2, del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Municipales (en adelante, el Reglamento de inscripción), toda vez que, al momento de cargar e imprimir la solicitud de inscripción, el sistema instalado por el Jurado Nacional de Elecciones no detectó esta cuota necesaria para garantizar la legalidad de la inscripción, causa imputable al JEE, solicitando mediante este recurso la verifi cación técnica del sistema. b. la Resolución Nº 273-2014-JNE, Instructivo para el ejercicio de democracia interna en la elección de candidatos para los procesos electorales regionales y municipales, establece, en su artículo primero, ítem 4, numeral 4.6, que la “designación directa de candidatos es efectuada por el órgano de la organización política que disponga el estatuto y norma de organización interna, hasta la quinta parte del número total de candidatos a consejeros regionales y regidores municipales respectivamente. Ello no impide que el total de la lista pueda estar conformada solo por candidatos elegidos bajo esta premisa; por lo tanto, es de entender, que, de once regidores, el 20%, según el Jurado Nacional de Elecciones, se considera a dos personas, y en consecuencia, no hay lógica con el artículo tercero de la Resolución Nº 269-2014-JNE, donde se establece que el cálculo del 20% de once es igual a tres, por lo que no se entiende bajo qué base legal o aritmética se ha considerado en la Resolución Nº 269 que el 20% de once es tres y en la Resolución Nº 273 se ha considerado a dos personas, convirtiéndose ambas resoluciones en instrumentos que inducen al error. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN A partir de lo señalado, este Supremo Tribunal Electoral determinará si el JEE realizó una correcta califi cación de la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Huanta, departamento de Ayacucho, presentada por el partido político Acción Popular, respecto de la cuota electoral de jóvenes.