Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2014 (08/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Lunes 8 de setiembre de 2014

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presentada por esta organizacion politica para el Concejo Distrital de Pichirhua, provincia de Abancay, departamento de MORDAZA, para participar en las elecciones municipales de 2014, y DISPONER que el citado organo electoral califique nuevamente la referida solicitud, observando los criterios expuestos en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1134057-12

de la solicitud generada en el sistema PECAOE, junto con el resto de documentos senalados en la referida MORDAZA, deben ser presentados ante el MORDAZA Electoral Especial, a efectos de dar inicio al procedimiento de acreditacion de personeros de la organizacion politica. Asi, de conformidad con el articulo 32 del mencionado reglamento, dicho organo electoral, previa verificacion del cumplimiento de los requisitos exigidos segun el MORDAZA de personero que se acredite, mediante resolucion debidamente motivada, resolvera tener por acreditado al respectivo personero. Analisis del caso concreto 7. Como se ha senalado en los antecedentes de la presente resolucion, con fecha 7 de MORDAZA de 2014, Hudson MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento ante el JEE la solicitud de inscripcion de lista de candidatos de la organizacion politica Partido Humanista Peruano. Asi, mediante Resolucion Nº 001-2014-JEE-ABANCAY/JNE, de fecha 14 de MORDAZA de 2014, el JEE declaro improcedente la mencionada solicitud de inscripcion de lista, debido a que la persona que suscribe y presento la misma no estaba acreditado como personero ni ante el JEE ni ante el ROP en la fecha en que se emitio la resolucion. 8. Ahora bien, de la revision de autos se advierte que, con fecha 20 de junio de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular inscrito en el ROP de la referida organizacion politica, genero en el sistema PECAOE la solicitud de registro de personeros de Hudson MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personero legal titular, cumpliendo asi con el tramite previo del procedimiento de acreditacion de personeros. Cabe senalar que dicha solicitud de registro no fue presentada ante el JEE. 9. Al respecto, este Supremo Tribunal Electoral considera oportuno precisar que la MORDAZA de una solicitud de inscripcion de lista de candidatos por una persona que aun no ha sido acreditada por el JEE como personero legal, pero respecto de la cual se verifique que el personero legal inscrito en el ROP genero en el sistema PECAOE, de manera previa o simultanea a la solicitud de inscripcion de listas, la respectiva MORDAZA de registro de personero, no supone una causal de improcedencia, sino una omision susceptible de ser subsanada, de conformidad con los articulos 27, numeral 27.2, y 28 del Reglamento. 10. En tal sentido, teniendo en cuenta que la solicitud de registro en el sistema PECAOE de Hudson MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como personero legal titular de la organizacion politica Partido Humanista Peruano fue generada con anterioridad, pero no se presento ante el JEE para iniciar el tramite de acreditacion respectivo, corresponde declarar nula la resolucion materia de impugnacion y disponer que el JEE vuelva a calificar la solicitud de inscripcion, a efectos de otorgar un plazo para que subsane la omision advertida. 11. Sin embargo, como senalo el recurrente en el escrito de apelacion, mediante Resolucion Nº 02-2014-JEEABANCAY/JNE del expediente Nº 248-2014-011, de fecha 21 de MORDAZA de 2014, el JEE lo acredito como personero legal de la organizacion politica, por lo que ya se ha subsanado esta observacion, debiendo unicamente continuar el JEE con la calificacion de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos de la organizacion politica. 12. Sin perjuicio de ello, este organo colegiado exhorta al personero legal titular de la mencionada agrupacion politica, inscrito en el ROP, para que, en lo sucesivo, actue con mayor diligencia, debiendo cumplir con presentar, en su oportunidad, ante el respectivo JEE, la solicitud de acreditacion de sus personeros legales. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion presentado el 23 de MORDAZA de 2014 por Hudson MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la organizacion politica Partido Humanista Peruano, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Abancay; y, en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 001-2014-JEEABANCAY/JNE, de fecha 14 de MORDAZA de 2014, la cual declaro improcedente la solicitud de inscripcion de lista de candidatos

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al BBVA Continental la apertura de agencias en la provincia de MORDAZA y en la Provincia Constitucional del Callao
RESOLUCION SBS N° 5707 -2014 MORDAZA, 27 de agosto de 2014 La Intendente General de Banca VISTA: La solicitud presentada por el BBVA Continental para que esta Superintendencia autorice la apertura de cinco (05) agencias, segun se indica en la parte resolutiva de la presente Resolucion; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura de las referidas agencias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversion, traslado o cierre de oficinas, uso de locales compartidos, cajeros automaticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolucion SBS N° 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucion SBS Nº 128832009, y Resolucion Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al BBVA Continental la apertura de cinco (05) agencias detalladas en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES Intendente General de Banca

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