Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2014 (08/09/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

532100
RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la alianza electoral Alianza para el Progreso de MORDAZA, y en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion Nº 0002-2014-JEE-HUAMANGA/JNE, del 16 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Huamanga, que declaro improcedente por extemporanea su tacha interpuesta contra la inscripcion de Romel Pena MORDAZA, integrante de la lista de candidatos correspondiente al Concejo Distrital de Ayna, provincia de La Mar, departamento de MORDAZA, por el Movimiento Regional Alianza Renace Ayacucho. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1134057-6

El Peruano Lunes 8 de setiembre de 2014

a) Respecto del candidato a regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, este se encuentra afiliado al partido politico Peru Posible, toda vez que la autorizacion de licencia partidaria expedida por el secretario regional de la referida organizacion politica, resulta insuficiente por no haber sido emitida por el secretario general de ese partido politico. b) El candidato a regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra afiliado al partido politico Alianza Para el Progreso, por cuanto no ha presentado la autorizacion de licencia respectiva. Con Resolucion Nº 0002-2014-JEE-ABANCAY/JNE, del 18 de MORDAZA de 2014 (fojas 75 y 76), el JEE declaro improcedente la inscripcion de los candidatos a regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el Concejo Distrital de Pichirhua, provincia Abancay, departamento de Apurimac. Con fecha 23 de MORDAZA de 2014, MORDAZA Rivelino MORDAZA Acostupa, personero legal alterno de la organizacion politica Movimiento de Integracion Kechwa MORDAZA (fojas 79 a 96), interpone recurso de apelacion en contra de la Resolucion Nº 0002-2014-JEE-ABANCAY/JNE, del 18 de MORDAZA de 2014, para lo que adjunta: i) la autorizacion expresa en original del secretario general del partido politico Peru Posible, ii) MORDAZA legalizada por notario de la Resolucion Nº 029-2014/SG/SON-PP, con el que acredita la designacion del secretario regional; iii) MORDAZA legalizada de la solicitud de desafiliacion del partido politico Alianza Para El Progreso; iv) MORDAZA del cargo de la solicitud de levantamiento de las observaciones, de fecha 11 de MORDAZA de 2014. CUESTION EN DISCUSION Este Supremo Tribunal Electoral debera establecer si los candidatos a regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por el Movimiento de Integracion Kechwa MORDAZA, presentaron su solicitud de licencia y/o renuncia a la organizacion politica a la que pertenecen dentro del plazo de las normas electorales. CONSIDERANDOS 1. Que el articulo 25 del Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, aprobado mediante Resolucion Nº 271-2014-JNE (en adelante, el Reglamento de inscripcion), concordante con el articulo 10 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, establece los documentos que las organizaciones politicas deben presentar al momento de solicitar su inscripcion de listas de candidatos a alcaldes y regidores. Sobre la autorizacion del candidato que postula para otra organizacion politica 2. El articulo 18 de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos (en adelante LPP), senala respecto a la condicion del afiliado que: "[...] No podran inscribirse, como candidatos en otros partidos politicos, movimientos u organizaciones politicas locales, los afiliados a un partido politico inscrito, a menos que hubiesen renunciado con cinco (5) meses de anticipacion a la fecha del cierre de las inscripciones del MORDAZA electoral que corresponda, o cuenten con autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen, la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcion, y que este no presente candidato en la respectiva circunscripcion [...]" 3. En tal sentido, el articulo 25.11 del Reglamento de inscripcion, dispone que se debe de presentar el original o MORDAZA legalizada del cargo de renuncia del candidato ante la organizacion politica en la que esta inscrito. La renuncia debe ser presentada cinco meses MORDAZA de la fecha limite para solicitar la inscripcion de lista de candidatos, y comunicada al ROP dentro del plazo establecido en el articulo 64 de su reglamento. Asimismo, el articulo 25.12 senala que se debe de adjuntar el original o MORDAZA legalizada de la autorizacion expresa de la organizacion politica en la que el candidato esta inscrito para que pueda postular por otra organizacion politica. La autorizacion debe ser suscrita por el secretario general o quien senale el respectivo estatuto o MORDAZA de organizacion interna.

Confirman resolucion emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Abancay en extremo que declaro improcedente inscripcion de candidatos a regidores para el Concejo Distrital de Pichirhua, provincia de Abancay, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 1062-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01285 PICHIRHUA - ABANCAY - MORDAZA JEE ABANCAY (EXPEDIENTE Nº 0043-2014-011) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, uno de agosto de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Rivelino MORDAZA Acostupa, personero legal alterno de la organizacion politica Movimiento de Integracion Kechwa MORDAZA, en contra de la Resolucion Nº 0002-2014-JEE-ABANCAY/ JNE, del 18 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Abancay, que declaro improcedente la inscripcion de los candidatos a regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para el Concejo Distrital de Pichirhua, provincia Abancay, departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES Con fecha 5 de MORDAZA de 2014, MORDAZA Rivelino MORDAZA Acostupa, personero legal alterno de la organizacion politica Movimiento de Integracion Kechwa MORDAZA, inscrito ante el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones (en adelante ROP), presento ante el MORDAZA Electoral Especial de Abancay (en adelante JEE) su solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Pichirhua, provincia Abancay, departamento MORDAZA (fojas 2 a 3). Mediante Resolucion Nº 001-2014-JEE-ABANCAY/ JNE, del 7 de MORDAZA de 2014 (fojas 63 y 64), el JEE declaro inadmisible la referida solicitud de inscripcion, debido a los siguientes fundamentos:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.