NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (10/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 37
El Peruano Miércoles 10 de setiembre de 2014 532163 setiembre del 2014, siendo que los gastos que irrogue el mismo serán cubiertos con cargo al presupuesto del CONCYTEC, asimismo corresponde encargar las funciones de la referida Sub Dirección; Con el visto de la Directora de la Dirección de Políticas y Programas de CTel, la Jefa (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General (e); De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobados por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus normas modifi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Anton Willems Delanoy, Sub Director (e) de Innovación y Transferencia Tecnológica de la Dirección de Políticas y Programas de CTel, a la República Popular China, del 14 al 20 de setiembre del 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, se efectuarán con cargo al presupuesto del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido TUUA) : US$ 5 250,00 Viáticos (x 3 días + instalación) : US$ 2 000,00 Total : US$ 7 250,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado servidor deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a la exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- Encargar las funciones de la Sub Dirección de Innovación y Transferencia Tecnológica de la Dirección de Políticas y Programas de CTel a la señora Úrsula Zavaleta Cuevas, a partir del 14 de setiembre del 2014 y en tanto dure la ausencia del señor Anton Willems Delanoy, Sub Director (e) de Innovación y Transferencia Tecnológica de la Dirección de Políticas y Programas de CTel. Artículo 6°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 7°.- Encargar al Responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1135221-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 276-2014/SUNAT Lima, 8 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante correos electrónicos de fechas 4, 14 y 25 de agosto de 2014, la Secretaría de Hacienda del Estado de Sao Paulo acepta y confi rma la participación de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria en una visita a las instalaciones de la Ofi cina Central de la mencionada Secretaría, que se llevará a cabo en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 17 al 19 de setiembre de 2014; Que la referida visita tiene como objetivo conocer la experiencia en la implantación y operación de la Nota Paulista (sorteo virtual de comprobantes de pago), modelo sobre el cual se basa el proyecto institucional “Virtualización del Sorteo de Comprobantes de Pago”; Que asimismo, esta visita busca conocer los módulos de registro de participantes, comprobantes de pago y consultas, así como la utilización del módulo de denuncias y el procedimiento que se le dan a las mismas, obtener información acerca de las estadísticas del sorteo, identifi car los principales factores de riesgo y las principales complicaciones que se presentaron durante el modelamiento del proyecto así como durante la etapa de ejecución del mismo, además de conocer la relación que se tiene con los proyectos de factura y libros electrónicos. Igualmente, se espera conocer las mejores prácticas que se utilizaron en la implantación del proyecto en Brasil y de qué manera se pueden optimizar los recursos en el proyecto que se tiene en el Perú; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe Técnico Nº 005-2014-SUNAT/500000, resulta necesario autorizar la participación en el citado evento de los trabajadores Roxana Antonieta Pantigozo Delgado, Jefe (e) de la División de Procesos de Servicios al Contribuyente y Usuario de Comercio Exterior de la Gerencia de Proyectos y Procesos Transversales de la Intendencia Nacional de Desarrollo de Estrategias de Servicios y Control del Cumplimiento, y Víctor Eduardo Mendieta Manco, Supervisor (e) de la División de Desarrollo de Sistemas Tributarios de la Gerencia de Desarrollo de Sistemas de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores Roxana Antonieta Pantigozo Delgado y Víctor Eduardo Mendieta Manco del 16 al 20 de setiembre de 2014, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias;