Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2014 (12/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Que, en los numerales 12.1 y 12.2 del articulo 12 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se dispone la autorizacion de las transferencias financieras durante el Ano Fiscal 2014, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que esta considerada el Seguro Integral de Salud, aprobandose por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, el articulo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectue el Seguro Integral de Salud requiere la suscripcion obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duracion de hasta tres (3) anos renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriban con las instituciones prestadoras de servicios de salud publicas podran establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 991-2012/ MINSA, se aprueban los Parametros de Negociacion que seran tomados en cuenta para la celebracion de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) publicas; Que, con fecha 30 de MORDAZA de 2014, la Unidad Ejecutora Direccion Regional de Salud de Tumbes y el Seguro Integral de Salud, suscribieron el "Convenio de Gestion para el Financiamiento de Servicios de Salud", acordandose como mecanismo de pago el "preliquidado"; Que, mediante Resolucion Jefatural N° 148-2012/ SIS, se aprueba la Guia Tecnica N° 001-2012-SIS/ GNF, "Guia Tecnica para el Pago por Preliquidacion", que tiene como objetivo establecer y uniformizar los criterios tecnicos que orientan la metodologia del pago por preliquidacion, asi como la determinacion del valor de produccion mensual base que sirve para determinar el monto de la transferencia de recursos para el financiamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS; Que, mediante Decreto Supremo N° 025-2014-SA, se Declara en emergencia sanitaria, por el plazo de noventa (90) dias calendario, la prestacion de servicios de salud en hospitales y establecimientos de salud, ubicados en determinadas provincias y distritos de la Region Tumbes, correspondiendo a su Direccion Regional de Salud implementar acciones inmediatas dentro del "Plan de Accion para Emergencia Sanitaria Region Tumbes ­ Ano 2014"; Que, mediante Informe N° 020-2014-SIS-GNF-PCT con Proveido Nº 248-2014-SIS-GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento informa que la Subgerencia de la Unidad Desconcentrada Regional Tumbes del Seguro Integral de Salud ha trasladado el Informe N° 002-2014/GO.REG.TUMBES-DRST-DG de la Direccion Regional de Salud de Tumbes, con el cual se sustenta la declaratoria de emergencia sanitaria, indicandose, entre otros aspectos, de los requerimientos financieros para la atencion prestacional a la poblacion, especialmente en el Hospital de Tumbes, que es el de referencia desde el primer nivel de atencion y en el cual se atienden los asegurados del SIS; Que, conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 226-2011/MINSA, que sustituye los Anexos "Tarifario del Seguro Integral de Salud para los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado" y "Definiciones Operacionales", aprobados por la Resolucion Ministerial Nº 240-2009/MINSA, el prestador debera reponer el 100% del consumo reportado; Que, con Resolucion Ministerial N° 910-2011/MINSA, se modifica el numeral 1 del acapite V.2 Del MORDAZA de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolucion Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que "Las transferencias de recursos seran programadas por el SIS, a fin de garantizar el oportuno financiamiento de las prestaciones"; Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS, mediante el Memorando N° 395-2014-SIS/OGPPDO aprueba la Certificacion de Credito Presupuestario N°

El Peruano Viernes 12 de setiembre de 2014

01023 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, para el pago de prestaciones de salud a la Unidad Ejecutora 940, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribucion de la transferencia; Que, de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento, conforme al documento de vistos, se recomienda aprobar una transferencia a la Unidad Ejecutora: 940 ­ Region Tumbes ­ Salud Tumbes por la suma de OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/.800,000.00), bajo el mecanismo de pago preliquidado; Que, constituyen principios fundamentales del MORDAZA de ejecucion presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Oficial "El Peruano", la distribucion de los recursos que en el MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 422-2007/ MINSA se transfiere a la Unidad Ejecutora indicada, por la Generica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiendole tramitar ante su respectivo Pliego Presupuestal la incorporacion de los recursos transferidos, dentro de su MORDAZA presupuestal; Con el visto de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluacion de las Prestaciones, de la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Transferencia Financiera, bajo el mecanismo de pago preliquidado, para la Unidad Ejecutora: 940 ­ Region Tumbes ­ Salud Tumbes por la suma de OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 800,000.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de setiembre 2014, conforme al detalle del cuadro siguiente:
PLIEGO 135 - SEGURO INTEGRAL DE SALUD EJECUTORA 001 - 1091: SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Programas Presupuestarios
Region DNTP Unidad Ejecutora 9002 Asignaciones (Sin Programa)
0002 Salud MORDAZA Neonatal 0018 Enfermedades No Transmisibles

Total
800,000.00 800,000.00

TUMBES Total TUMBES

940

REGION TUM BES - SALUD TUM BES

399,999.00 399,999.00

243,215.00 243,215.00

156,786.00 156,786.00

Articulo 2º.- El Titular del Pliego, mediante Resolucion, aprueba la desagregacion de los recursos autorizados en la presente MORDAZA, en el nivel funcional programatico, respetando los montos de los programas presupuestarios estrategicos, dentro de los diez (10) dias calendario de la publicacion de la presente Resolucion. La Resolucion debera ser publicada dentro de los cinco (5) dias de aprobada en la respectiva pagina web del Pliego. Con relacion al programa no estrategico, debera considerarse su incorporacion de acuerdo con las prioridades de salud establecidas, la programacion de actividades en el Plan Operativo de cada Unidad Ejecutora y en el MORDAZA de la normatividad vigente. Articulo 3º.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano"; asi como publicar en el MORDAZA institucional, http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GRILLO MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud 1136179-1

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