Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2014 (15/09/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Lunes 15 de setiembre de 2014

532561
con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de las Municipalidades ­en adelante, Ley Nº 27972­, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en materias de su competencia; Que, conforme a lo previsto por el articulo 198º de la Constitucion Politica del Peru, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene un regimen especial, el mismo que se encuentra recogido en las leyes de descentralizacion y en la Ley Nº 27972; asimismo, la MORDAZA precitada preve que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ejerza sus competencias dentro del ambito de la provincia de MORDAZA, la cual no integra ninguna region; Que, el articulo 81° de la Ley Nº 27972 establece que las municipalidades provinciales en uso de sus funciones especi cas y exclusivas MORDAZA, organizan y regulan el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos; asimismo, el numeral 7.2 del articulo 161° de la misma Ley senala que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene competencias y funciones metropolitanas especiales en materia de transportes y comunicaciones para plani car, regular y gestionar el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos; Que, de otra parte, el articulo 97º del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, aprobado por la Ordenanza Nº 812MML y sus modi catorias, preceptua que: "La Gerencia de Transporte MORDAZA, es el organo de linea responsable de formular, evaluar, conducir, supervisar los procesos de regulacion de transporte regular y no regular, de MORDAZA y uso especial de las vias en el ambito de la provincia de MORDAZA, dentro del MORDAZA de los dispositivos legales aplicables"; Que, el articulo 6° de la Ley Nº 27972 prescribe que: "La alcaldia es el organo ejecutivo del gobierno local. El MORDAZA es el representante legal de la municipalidad y su MORDAZA autoridad administrativa". Asimismo el inciso 6 del articulo 20° de la referida Ley senala que son atribuciones del alcalde: "6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldia, con sujecion a las leyes y ordenanzas"; Que, mediante Ordenanza Nº 1599-MML, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA regula la prestacion del Servicio de Transporte Publico Regular de Personas en MORDAZA Metropolitana, con la nalidad de garantizar las condiciones de calidad y seguridad de la prestacion del servicio de transporte publico regular de personas en MORDAZA Metropolitana, fomentando la mejora de la movilidad en la MORDAZA y calidad de MORDAZA de los usuarios de dicho servicio, coadyuvando a la implementacion del Sistema Integrado de Transporte; Que, a su vez, el numeral 3 del articulo 5° de la Ordenanza Nº 1599-MML establece que el acta de control es el documento suscrito por el Inspector Municipal de Transporte en el que se hace constar los resultados de la accion de control de MORDAZA o mediante medios electronicos, computarizados o digitales; Que, en tal sentido, con Resolucion de Gerencia N° 2572012-MML/GTU de fecha 28 de junio de 2012 se aprobo el Manual de intervencion del inspector municipal de transporte para la scalizacion de MORDAZA del servicio de transporte publico regular de personas, a traves del cual se establecen los requisitos de validez de las actas de control; Que, asimismo, a traves del Acta de fecha 26 de junio de 2014 la Gerencia de Transporte MORDAZA pre-aprobo el formato de Acta de Intervencion; Que, mediante Ordenanza Nº 1796-MML, se modi co el articulo 87° de la Ordenanza Nº 1599-MML, estableciendo que ante el supuesto de la negativa de entregar documentacion solicitada por parte del conductor intervenido, el inspector municipal de transporte procedera a elaborar el acta de intervencion en la que se dejara MORDAZA de esta negativa, pudiendo adjuntar los medios probatorios que correspondan al caso en concreto; Que, con O cio N° 001-090-00007508 de fecha 02 de MORDAZA de 2014 el Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT remite los Informes Nos. 005-082-00000327 de fecha 02 de MORDAZA de 2014 y 260-082-00000091 de fecha 01 de MORDAZA de 2014, elaborados por la Gerencia de Informatica y la Gerencia de Organizacion y Procesos de la SAT, respectivamente, en los cuales se senala la necesidad de regular mediante MORDAZA especi ca el otorgamiento de un plazo de veinte (20) dias habiles a efectos de realizar la implementacion de las modi caciones efectuadas por la Ordenanza N° 1796MML, el cual servira para la adecuacion de los sistemas y la elaboracion de los formatos necesarios;

establecidos en la Ordenanza N° 237-MML, modi cada por Ordenanza N° 958-MML. En un Tercer Articulo, opinando por que se autorice la convocatoria de Subasta Publica de Venta de la edi cacion en mencion, la cual sera efectuada por EMILIMA S.A. y se regira por el Reglamento y Bases elaborados y aprobados por esta MORDAZA y por las normas pertinentes aplicables a la materia, y nalmente en un MORDAZA Articulo, por que se autorice a la Gerencia General de EMILIMA SA. a suscribir la minuta de Compra Venta correspondiente y a otorgar la respectiva Escritura Publica derivada del MORDAZA de Subasta Publica, en representacion de la Alcaldesa Metropolitana de Lima. De conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Asuntos Economicos y Organizacion en sus Dictamenes Nos. 071-2014-MML/CMAL y 197-2014-MML-CMAEO; ACORDO: Articulo Primero.- Autorizar a la Empresa Municipal Inmobiliaria de MORDAZA S.A. - EMILIMA S.A., la venta en Subasta Publica de la edi cacion (primer piso) ejecutada sobre el terreno ubicado frente a la Av. MORDAZA Urteaga (Pasaje Punta Pacocha N° 306, 312, 318, 332, 338, 352, 360, 368, 376, 390, 394 y 398 del distrito de MORDAZA Maria), de propiedad de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Dicha empresa debera, previo al inicio de las acciones administrativas para la ejecucion de la presente subasta publica volver a tasar la edi cacion, a efectos de obtener la valorizacion actualizada a la fecha, ello teniendo en cuenta que la valorizacion actual data del mes de octubre del 2013. Articulo Segundo.- Precisar que los ingresos producto de la subasta publica a realizarse constituiran un aporte al Fondo Metropolitano de Renovacion y Desarrollo MORDAZA - FOMUR, administrado por EMILIMA S.A. en un 95%, y recursos de EMILIMA S.A. en un 5%, porcentajes establecidos en la Ordenanza N° 237-MML, modi cada por Ordenanza N° 958-MML. Articulo Tercero.- Autorizar la convocatoria de Subasta Publica de Venta de la edi cacion en mencion, la cual sera efectuada por EMILIMA S.A. y se regira por el Reglamento y Bases elaborados y aprobados por esta MORDAZA y por las normas pertinentes aplicables a la materia. Articulo Cuarto.- Autorizar, a la Gerencia General de EMILIMA S.A. a suscribir la Minuta de Compra Venta correspondiente y a otorgar la respectiva Escritura Publica derivada del MORDAZA de Subasta Publica, en representacion de la Alcaldesa Metropolitana de Lima. Articulo Quinto.- Encargar a la Secretaria General del Concejo poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica el presente Acuerdo. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA NUNEZ MORDAZA Encargado de Alcaldia 1137062-1

Otorgan plazo a la Gerencia de Transporte MORDAZA y al SAT para adecuacion de sistemas informaticos y elaboracion de formato pre impreso de acta de control a que se refiere la Ordenanza Nº 1599-MML, modificada por Ordenanza Nº 1796-MML
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007 MORDAZA, 5 de setiembre de 2014 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo preceptuado en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, concordante

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.