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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (17/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 57

El Peruano Miércoles 17 de setiembre de 2014 532667 con goce de haber, por los días 18 y 19 de setiembre de 2014, a la Dra. Rosa María López Triveño, Coordinadora Técnica de dicha Ofi cina, quién viajará acompañando al Presidente de la Institución al Encuentro de Trabajo de los Coordinadores Generales de las Misiones Electorales de UNASUR y los Presidentes de los organismos electorales que han contado con el acompañamiento de Misiones del Consejo Electoral de UNASUR, que se realizará en la ciudad de Manta - Ecuador; asimismo, señala que los gastos de estadía y alimentación serán cubiertos por el Consejo Nacional Electoral (CNE) de Ecuador, incluyendo el traslado ida y vuelta a la ciudad de Manta. Que, es de interés para nuestra Institución que sus funcionarios y trabajadores participen en programas de capacitación y/o reuniones internacionales de importancia estratégica que aborden temas que forman parte del quehacer institucional, tal como es el caso del Encuentro de Trabajo de los Coordinadores Generales de las Misiones Electorales de UNASUR y los Presidentes de los organismos electorales que han contado con el acompañamiento de Misiones del Consejo Electoral de UNASUR, que se realizará en la ciudad de Manta - Ecuador, los días 18 y 19 de setiembre de 2014.. Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, referido a la prohibición de los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispone: “(…) En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad (…)”. Que, el artículo 1º de la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, deben ser autorizados por la más alta autoridad de la respectiva Entidad y, en el caso del Jurado Nacional de Elecciones, según el artículo 22º de su Ley Orgánica, Ley Nº 26486, el Presidente del Pleno es quién lo representa en todos sus actos y ejecuta su presupuesto, estando de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 13º y 14º de su Reglamento de Organización y Funciones, modifi cado por Resolución Nº 0738-2011-JNE; que señalan que también es su máxima autoridad administrativa, representante ofi cial y Titular del Pliego. Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, por el que se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje (…)”. Que, con la Certifi cación Nº 02149-2014-DGPID/JNE, de fecha 11 de setiembre de 2014, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, otorga la certifi cación de existencia de crédito presupuestario del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, aprobado para el Ejercicio Fiscal 2014, para el otorgamiento de pasajes a personal del JNE, a fi n de asistir al Encuentro de Trabajo de Misiones Electorales UNASUR. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y el Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, modifi cado por Resolución Nº 0738-2011- JNE; y, En uso de las facultades de que está investida esta Presidencia. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el viaje al exterior y la licencia con goce de haber, que corresponda, de la trabajadora Rosa María López Triveño, Coordinadora Técnica de la Ofi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, por el período comprendido del 17 al 20 de setiembre de 2014, a la ciudad de Quito - Ecuador, para que participe en el Encuentro de Trabajo de los Coordinadores Generales de las Misiones Electorales de UNASUR y los Presidentes de los organismos electorales que han contado con el acompañamiento de Misiones del Consejo Electoral de UNASUR, a realizarse en la ciudad de Manta - Ecuador. Artículo Segundo.- El Jurado Nacional de Elecciones cubrirá los gastos de pasajes de la trabajadora referida en el artículo anterior, conforme al siguiente detalle: Pasajes y Gastos de Transporte: S/. 4,165.88 TOTAL: S/. 4,165.88 (cuatro mil ciento sesenta y cinco con 88/100 nuevos soles) Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida trabajadora deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendición de cuentas correspondiente. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolución a la Dirección General de Recursos y Servicios y a la interesada para su conocimiento y los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO A. TÁVARA CÓRDOVA Presidente 1138389-1 Revocan resolución que declaró improcedente solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Provincial de Chota, departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN Nº 1245-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01381 CHOTA - CAJAMARCA JEE CHOTA (EXPEDIENTE Nº 0140-2014-027) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACIÓN Lima, siete de agosto de dos mil catorce. VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso de apelación interpuesto por Norma Violeta Tapia Silva, personera legal titular del partido político Democracia Directa, acreditada ante el Jurado Electoral Especial de Chota, en contra de la Resolución Nº 0003-2014- JEE-CHOTA/JNE, de fecha 18 de julio de 2014, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Chota, departamento de Cajamarca, para participar en las elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES Con fecha 7 de julio de 2014, la personera legal titular del partido político Democracia Directa, solicitó la inscripción de la lista de candidatos para el Concejo Provincial de Chota, departamento de Cajamarca (fojas 87 y 86). Mediante Resolución Nº 0002-2014-JEE-CHOTA/JNE, de fecha 9 de julio de 2014, el Jurado Electoral Especial de Chota (en adelante JEE), resolvió declarar inadmisible la referida solicitud de inscripción, otorgando dos días naturales para la subsanación. A través de la Resolución Nº 0003-2014-JEE-CHOTA/ JNE, de fecha 18 de julio de 2014, el JEE declaró improcedente la citada solicitud de inscripción de la lista de candidatos al verifi car que no se presentó el plan de gobierno suscrito por el personero legal. Con fecha 25 de julio de 2014, la personera legal titular del partido político apelante, interpone recurso de apelación, alegando lo siguiente: a) por error involuntario adjuntó el documento denominado formato resumen del plan de gobierno en vez del plan de gobierno, b) la resolución recurrida es desproporcionada, en tanto no valora el archivo digital del plan de gobierno, el formato resumen del mismo en el Sistema de Registro de Personeros, Candidatos y Observadores Electorales (en