NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (21/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 30
El Peruano Domingo 21 de setiembre de 2014 533044 de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010- 2013-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR el viaje al exterior en misión de estudios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Raúl Enrique Alfaro Alvarado a partir del 24 al 26 de setiembre de 2014, para participar como discente en el “III Simposio Internacional Situación y Retos en la Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, Frente a la Explotación Sexual en el Contexto de los Viajes y del Turismo” a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y Tarifa Única de Uso de Aeropuerto que ocasione el viaje al que se hace referencia en el artículo precedente, se efectuarán a cargo de la Unidad Ejecutora Nº 026- Dirección Ejecutiva de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policía Nacional del Perú, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Pers. T/C Total S/. Viáticos US$ 370.00 3 X 1 = US$ 1,110.00 2.851 3,164.61 Pasajes US$ 369.00 X 1 = US$ 369.00 2.851 1,052.02 4,216.63 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, el personal designado deberá presentar ante el titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1140562-8 Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 164-2014-IN Lima, 19 de setiembre de 2014 VISTOS; el Ofi cio Nº 6851-2014-MP-FN-UCJIE (EXT 98-11) de fecha 13 de agosto de 2014, de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación; y, el Memorándum Múltiple Nº 417- 2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 29 de agosto de 2014, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 090-2012- JUS de fecha 29 de mayo de 2012, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano Jaime Gaviria Vásquez, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas agravado (a título de jefe, dirigente o cabecilla y por gran cantidad de clorhidrato de cocaína), en perjuicio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, de conformidad con los Acuerdos vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Ofi cio Nº 6851-2014-MP-FC-UCJIE (EXT. Nº 98-11) de fecha 13 de agosto de 2014, la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, hizo de conocimiento que la República de Colombia ha comunicado que la extradición del ciudadano colombiano Jaime Gaviria Vásquez ha sido concedida y se encuentra en condiciones de ser trasladado al Perú; en tal sentido resulta pertinente designar y autorizar el desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Bogotá, República de Colombia hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 335-2014- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 27 de agosto de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión de servicios del 28 de setiembre al 2 de octubre de 2014, del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Víctor Omar Oviedo Dulanto y del Subofi cial de Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Eduardo Jaime Roque Palomino, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano colombiano antes mencionado; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 417-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 29 de agosto de 2014, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos, e impuesto de viaje para el personal policial y la extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República que resulten estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo