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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (21/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

El Peruano Domingo 21 de setiembre de 2014 533094 e) Un representante de la Red de Salud Túpac Amaru f) Un representante de la Microrred de Carabayllo g) Un representante de UGEL Nº 04 h) Un representante de cada una de las tres comisarías del distrito de Carabayllo: Progreso, San Pedro de Carabayllo, Santa Isabel i) La Municipalidad de Carabayllo través de sus áreas que trabajan el tema de salud y medio ambiente., j) Representantes de las Instituciones privadas y ONG que desarrollan acciones de salud y /o medio ambiente en el distrito k) Un representante de la CAM. l) Representantes de las organizaciones basadas en la Fe. Artículo Sexto.- DE LA ESTRUCTURA La Estructura Básica a nivel de directiva de la Mesa de Salud y Medio Ambiente del distrito de Carabayllo está conformada por: a) Asamblea de Coordinación (de los dos comités) b) Presidencia:Será presidida por el Alcalde de Carabayllo, quien podrá delegar por escrito su representante c) Secretaría Técnica, conformada por: La Gerencia de salud de la Municipalidad de Carabayllo, La Gerencia de medio ambiente de la Municipalidad de Carabayllo Un representante de la MICRORRED de Salud. d) Secretaria de Actas (será elegida en asamblea de coordinación) e) Vocal (será elegida en asamblea de coordinación) La estructura contará con un comité técnico asesor. La estructura a su vez se subdividirá en dos comités de trabajo: Un comité de salud Un comité de medio ambiente Comité de Salud: Estará compuesto por todos los representantes de la mesa que se encuentren involucrados en la temática de salud. Comité de Medio Ambiente: Estará compuesto por todos los representantes de la Mesa que se encuentren involucrados en la temática de medio ambiente. Artículo Sétimo.- DE LA JUNTA DIRECTIVA a) Presidencia b) Secretaría Técnica, conformada por: La Gerencia de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección Social de la Municipalidad de Carabayllo, La Subgerencia de Medio Ambiente de la Municipalidad de Carabayllo Un representante de la MICRORRED de Salud. c) Secretaria de Actas d) Vocal Artículo Octavo.- DE LA ASAMBLEA DE COORDINACION La Asamblea de Coordinación estará conformada por cada uno de los representantes de los Comités de Salud y de Medio Ambiente respectivamente. Artículo Noveno.- DEL COMITÉ TECNICO ASESOR. La estructura contará con un comité técnico asesor. Artículo Décimo.- DE LAS REUNIONES DE LOS COMITES Y DE LA ASAMBLEA DE COORDINACION La Mesa de Salud y Medio Ambiente se reunirá una vez al mes previa convocatoria del Coordinador o Coordinadora de la misma. Los Comités se reunirán según las actividades que proponga la mesa en su plan de trabajo. Artículo Décimo Primero.- DE LA COORDINACIÓN Y ARTICULACIÓN CON LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Se realizará a través del Coordinador o de la Coordinadora elegida de la Mesa de Salud y Medio Ambiente que represente al Alcalde. Artículo Décimo Segundo.- DE LA COORDINACION CON LA COMISIÓN DE REGIDORES DE SANEAMIENTO, SALUBRIDAD Y SALUD Se realizará a través del Coordinador o de la Coordinadora elegida de la Mesa de Salud y Medio Ambiente que represente al Alcalde. La coordinación con la Comisión de Regidores de Saneamiento, Salubridad y Salud del Concejo Municipal de Carabayllo, se realizará a través del Coordinador de la Mesa de Salud y Medio Ambiente. Artículo Décimo Tercero.- DE LA GERENCIA DE SERVICIOS A LA CIUDAD Y MEDIO AMBIENTE Y LA GERENCIA DE SALUD Siendo las Gerencias, los Órganos Ejecutivos encargados de la Promoción, Ejecución y Gestión de las Actividades de la Municipalidad serán las instancias encargadas de coordinar con la Mesa de Salud y Medio Ambiente del distrito de Carabayllo. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primero.- La Mesa de Concertación de Salud y Medio Ambiente elaborará su Reglamento Interno, el mismo que será aprobado mediante Decreto de Alcaldía en un plazo no mayor de 30 días posteriores a la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano de la presente Ordenanza. Segundo.- Los miembros de la Mesa de Concertación de Salud y Medio Ambiente no pierden su Autonomía Orgánica e Institucional. Tercero.- DISPENSAR de la lectura y Aprobación del Acta para su inmediata publicación. Cuarto.- Se encargará a la Gerencia Municipal y la Gerencia de Salud, Gestión Alimentaria y Proyección Social, Sub Gerencia de Medio Ambiente la implementación de la presente Ordenanza y la elaboración de informes de avance periódico. POR TANTO Mando, se registre, comunique, publique y cumpla. RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA Alcalde 1139856-1 Aprueban Plan Local de Acción por la Infancia y Adolescencia 2014-2021 del distrito de Carabayllo ORDENANZA MUNICIPAL Nº 312/MDC Carabayllo, 22 de agosto del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen Nº 020-2014-CAJFYCI/MDC de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Cooperación Internacional en su Sesión Ordinaria de fecha 15 de agosto del 2014, la misma que se pronuncia