Norma Legal Oficial del día 21 de septiembre del año 2014 (21/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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El Peruano MORDAZA 21 de setiembre de 2014

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban la Constitucion del Comite Multisectorial por los Derechos del MORDAZA, MORDAZA y Adolescente (COMUDENA)
ORDENANZA 352-MDA Ate, 29 de agosto de 2014 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de agosto del 2014; visto el Dictamen Nº 007-2014-MDA/CDS de la Comision de Desarrollo Social; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por la Convencion de los Derechos del MORDAZA, el Estado Peruano esta obligado a respetar los derechos del MORDAZA y asegurar su aplicacion a cada MORDAZA sujeto a su jurisdiccion, sin distincion alguna, independientemente de la raza, el color, sexo, idioma, religion, la opinion politica o de otra indole, el origen nacional, etnico o social, la posicion economica, los impedimentos fisicos, el nacimiento o cualquier otra condicion del MORDAZA, de sus padres o de su representantes legales; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru. La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la Sociedad y del Estado, asimismo el articulo 4º de La Carta Magna, establece que la Comunidad y el estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono; Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado mediante Ley 28607 que aprueba la reforma constitucional XIV y del Titulo XV sobre Descentralizacion, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de Gobierno Local, tienen Autonomia Politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; en concordancia con lo establecido por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, de conformidad a lo dispuesto por el articulo 25º del Codigo del MORDAZA y Adolescente, el estado garantiza el ejercicio de los Derechos y Libertades del MORDAZA y Adolescente; asimismo, el articulo 27º de este mismo cuerpo Normativo, senala que el Sistema Nacional de atencion integral al MORDAZA y al Adolescente es el conjunto de organos, entidades y servicios publicos y privados que formulan, coordinan, supervisan, evaluan y ejecutan los Programas y acciones desarrollados para la proteccion y promocion de los derechos de los ninos y adolescentes. El sistema funciona a traves de un conjunto articulado de acciones interinstitucionales desarrolladas con instituciones Publicas y Privadas; Que, el articulo 31º indica que los Gobiernos Regionales y Locales, estableceran dentro de sus respectivas jurisdicciones, entidades tecnicas semejantes al ente Rector del sistema, las que tendran a su cargo normatividad, los registros, la supervision y la evaluacion de las acciones que desarrollan las instancias ejecutivas; Que, el articulo 84º, numeral 3) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece las funciones de las Municipalidades Distritales, en las que comprende difundir y promover los derechos del MORDAZA y el Adolescente, de la Mujer y del Adulto Mayor, propiciando espacios para su participacion en el nivel de las instancias municipales; Que, la Municipalidad Distrital de Ate, tiene como funciones el organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion, asi

como promover el desarrollo integral de la juventud para el logro de su bienestar fisico, psicologico, social, moral y espiritual conforme se plasma en el articulo 73º, inciso 6, numeral 6.2, articulo 84º, inciso 2, numeral 2.4 y 2.5 de la ley senalada en el parrafo precedente y en MORDAZA con la Directiva sobre la Participacion de la Comunidad en la difusion y cumplimiento de los derechos de las ninas, ninos y adolescentes, Resolucion Ministerial Nº 141-2000-PROMUDEH, senala que las Municipalidades deben propiciar la participacion de los vecinos para el desarrollo de la comunidad convocando un COMITE MULTISECTORIAL por los Derechos de las Ninas, Ninos y Adolescentes - COMUDENA, como organismo consultivo y apoyo a la Gestion Municipal en temas referidos a la ninez, adolescencia y familia; Que, existe la necesidad de crear el Comite Multisectorial por los Derechos de los Ninos, Ninas y Adolescentes - COMUDENA, como organismo consultivo y de apoyo a la administracion municipal en temas referidos a la ninez, adolescencia y familia y como responsable de coordinacion y registro de las actividades a favor de los derechos de los ninas, ninos y adolescentes, siendo el objetivo del mismo promover el trabajo articulado del gobierno municipal y la comunidad de la jurisdiccion del distrito de Ate, con la participacion de instituciones publicas, privadas y organizaciones sociales de bases y otros; Que, el objetivo del Comite Multisectorial por los Derechos del MORDAZA, MORDAZA y del Adolescente - COMUDENA, es promover el trabajo articulado del gobierno municipal y la comunidad de su jurisdiccion, para la plena vigencia de lo derechos de las ninas, ninos y adolescentes; Que, mediante Dictamen Nº 007-2014-MDACDS, la Comision de Desarrollo Social recomienda al Concejo Municipal, aprobar la presente Ordenanza de Constitucion del Comite Multisectorial por los Derechos del MORDAZA, MORDAZA y Adolescente (COMUDENA); solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobacion correspondiente; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente Ordenanza; CONSTITUCION Y FUNCIONES DEL COMITE MULTISECTORIAL POR LOS DERECHOS DEL MORDAZA, MORDAZA Y ADOLESCENTE (COMUDENA) DEL DISTRITO DE ATE Articulo Primero.- APROBAR; la Constitucion del Comite Multisectorial por los Derechos del MORDAZA, MORDAZA y Adolescente (COMUDENA) como Organo Consultivo y de Apoyo a la Gestion Municipal y de mecanismo permanente de participacion vecinal y de Coordinacion Interinstitucional en temas referidos a la ninez y adolescencia en nuestra jurisdiccion. Articulo Segundo.- El Comite Multisectorial por los Derechos del MORDAZA, MORDAZA y del Adolescente (COMUDENA) se constituye con el objeto de promover el trabajo articulado entre la Municipalidad y la comunidad del Distrito de Ate, para la plena vigencia de los derechos de las ninas, ninos y adolescentes. Asimismo, la gestion del COMUDENA se enmarca dentro de los lineamientos del Plan Nacional de Accion por la Infancia y constituye la base del Sistema Nacional de Atencion Integral al MORDAZA y al Adolescente a nivel local de conformidad con el articulo 31º del Codigo de los Ninos y Adolescentes. Articulo Tercero.- Son funciones del COMUDENA: a) El analisis de la problematica de la infancia y la familia en la localidad. b) La elaboracion de propuestas a nivel local de acciones interinstitucionales para la atencion de la infancia y la familia. c) La comunicacion y nexo entre las instituciones publicas, privadas y organizaciones de la comunidad y el gobierno local. d) La evaluacion a nivel local de la difusion y

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