Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2014 (25/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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Que, el articulo VI del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, determina que "los gobiernos locales promueven el desarrollo economico local, con incidencia en la micro y pequena empresa (...)"; por lo tanto, es necesario crear e implementar el mecanismo adecuado, con el objeto de facilitar el acceso al MORDAZA a los inversionistas para que desarrollen sus actividades dentro del distrito de Ventanilla, incluyendo los sectores economicos no consolidados o en MORDAZA de consolidacion o habilitacion MORDAZA no concluida ni aprobada y las zonas en MORDAZA de formalizacion de la propiedad, sin vulnerar la seguridad, el orden publico y la proteccion del medio ambiente en este distrito; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipales, establece que las ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, asi mismo, indica que mediante ordenanza, se crean, modifican, suprimen o exonera, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Organica de las Municipalidades, con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta y POR UNANIMIDAD, el Concejo Municipal Distrital de Ventanilla ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL DESCUENTO Y CONDONACION DE MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS CORRESPONDIENTES A LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO, ASI COMO LA REDUCCION DEL DERECHO DE PAGO EN LA OBTENCION DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Articulo 1º.- APROBAR el descuento y/o condonacion de las multas y sanciones administrativas referidas a los siguientes conceptos: a) Sobre las multas aplicadas por concepto de Licencias de Funcionamiento y Autorizacion de Instalacion de Anuncio y/o Publicidad Exterior 1) Condonar en un 100% las multas administrativas que se encuentran pendientes de cobranza; incluso aquellas multas administrativas que se encuentren en MORDAZA de ejecucion coactiva, incluidas costas y demas gastos, aplicadas por la comision de las siguientes infracciones: · Por aperturar un establecimiento comercial, industrial y/o de servicios sin la respectiva autorizacion municipal. · Por instalar anuncios y publicidad exterior sin autorizacion municipal. 2) Dejar sin efecto las Notificaciones de Infraccion aplicadas por la Subgerencia de Fiscalizacion y Control, respecto de las infracciones detalladas en el literal anterior. Los beneficios establecidos en el inciso a) numerales 1) y 2) del presente articulo seran otorgados de manera automatica por la Unidad Organica competente, luego que los administrados presenten la licencia de funcionamiento y/o autorizacion de instalacion de anuncio y/o publicidad exterior tramitadas previamente ante el organo competente de la Municipalidad de Ventanilla. Las personas naturales o juridicas que tengan expedientes en tramite sobre recursos de impugnacion interpuestos contra la Municipalidad o demanda presentada ante el Poder Judicial, no podran acogerse a los beneficios contemplados en la presente ordenanza salvo que formulen el correspondiente desistimiento, de conformidad con la normas y disposiciones legales, establecidas dentro del procedimiento administrativo o MORDAZA judicial segun corresponda. Articulo 2º.- APROBAR la reduccion del derecho de pago y simplificacion de tramites para la obtencion de Licencias de Funcionamiento y Autorizacion de Instalacion de Anuncio, segun el siguiente detalle: a) Reduccion del 50% del pago por concepto del derecho de tramite de la licencia de funcionamiento indicado en el MORDAZA vigente de la Municipalidad de Ventanilla, para Establecimientos de hasta 100 m2.

El Peruano Jueves 25 de setiembre de 2014

b) Reduccion del 50% del pago por concepto del derecho de tramite de Autorizacion de Instalacion de Anuncio y/o Publicidad Exterior sobre propiedad privada indicado en el MORDAZA vigente de la Municipalidad de Ventanilla, para cualquier establecimiento que cuente con licencia de funcionamiento. c) Reduccion del 50% del pago por concepto del derecho de tramite de la licencia de funcionamiento y exoneracion del 100% del pago por concepto del derecho de tramite de Autorizacion de Instalacion de Anuncio y/o Publicidad Exterior, indicados en el MORDAZA vigente de la Municipalidad de Ventanilla, solo para los establecimientos de hasta 100 m2 y que de manera conjunta tramiten su licencia de funcionamiento y su autorizacion de instalacion de anuncio y/o publicidad exterior. Articulo 3º.- Los montos pagados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza no generan derecho a devolucion o compensacion alguna. Articulo 4º.- En el caso de contribuyentes en situacion de extrema pobreza, comprobada con el Informe Socioeconomico de la Asistente Social de la Municipalidad de Ventanilla, la reduccion del pago por todos los conceptos senalados en el articulo 2 de la presente Ordenanza, sera de 90%. Articulo 5º.- La presente Ordenanza tendra vigencia desde el 18 de agosto al 29 de setiembre de 2014. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- PRECISAR que los administrados que se acojan a los descuentos establecidos en la presente Ordenanza, no les sera de aplicacion los descuentos de las multas administrativas por pago dentro del plazo de quince dias y de siete dias, reguladas en las Ordenanzas 023-2013/MDV y 024-2013/MDV, respectivamente. Segunda.- ENCARGAR el cumplimiento y efectiva difusion de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Fiscalizacion y Control, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administracion, Gerencia de Rentas Municipales, Gerencia de Proteccion y Familia y Gerencia de Tecnologia de la Informacion y Telecomunicaciones. Asimismo, los funcionarios responsables de las areas MORDAZA descritas adoptaran e implementaran las acciones en materia de planificacion, supervision y ejecucion segun su competencia, a efecto de verificar el cumplimiento de la presente MORDAZA municipal. Tercera.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza y/o dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para su mejor aplicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1141279-2

Aprueban el Plan Piloto "Campana de Numeracion Predial" en urbanizaciones del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 14-2014/MDV-CDV Ventanilla, 28 de agosto de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de 28 de agosto de 2014; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley de Reforma Constitucional y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, preceptuan que las Municipalidades

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