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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (25/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 59

El Peruano Jueves 25 de setiembre de 2014 533313 sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal. Que, en dicha línea de argumentación, debemos indicar que el numeral 38.5 de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General – establece que toda modifi cación del TUPA que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derecho de tramitación o requisitos, se debe aprobar mediante decreto de alcaldía en el caso de Gobiernos Locales lo cual guarda concordancia con lo señalado en el articulo 36º numeral 3) de la misma norma. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20º, numeral 6, y articulo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- MODIFICAR la denominación del procedimiento administrativo Nº 03 el cual se denominará: “Expedición de Copias y constancias Certifi cadas” Artículo 2º.- MODIFICAR la denominación del procedimiento administrativo Nº 05 el cual se denominará: “Abreviación Plazo Matrimonial” Artículo 3º.- ADECUAR los costos y derechos administrativos del TUPA correspondiente a la Sub Gerencia de Defensa Civil, conforme a lo estipulado en el artículo 30º de Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, conforme al Anexo 01 adjunto al presente y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 4º.- MODIFICAR el plazo para resolver del procedimiento Nº 64 “Autorización para rotura de pistas, veredas y zanjas en la vía pública” conforme al Anexo 02 adjunto al presente y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 5º.- MODIFICAR los costos del procedimiento Nº 67 “Autorización para instalación domiciliaria de agua, desagüe, suministro eléctrico, telefonía, informática, internet, cable y/o fi bra óptica” conforme al Anexo 03 adjunto al presente y que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 6º.- ELIMINAR el procedimiento Nº 02 “Copia de Planos Obrantes en el Archivo Central” por estar incorporado en el TUSNE de la Municipalidad Distrital de Bellavista. Artículo 7º.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Informática y Estadística, la publicación del mismo en el portal web institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista (www.munibellavista.gob.pe) Regístrese, comuníquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 1141461-1 MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA Establecen incentivos tributarios y administrativos a contribuyentes del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2014/MDV-CDV Ventanilla, 19 de junio de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de 19 de junio de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía política, económica y administrativa de los gobiernos locales otorgándoles potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdicción con los limites que señala la Ley; por ello el Concejo Municipal cumple una función normativa a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 74º, 191º inciso 4 del 195º e inciso 4 del artículo 200º, de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 52º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133- 2013-EF, establece que es competencia de los gobiernos locales, administrar exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, sean estas últimas, derechos, licencias o arbitrios y por excepción los impuestos que la ley les asigne. Asimismo, el artículo 41º de la misma norma señala que excepcionalmente los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren, estableciendo que en el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo; Que, de conformidad a las facultades de los gobiernos locales en materia de tributos municipales y en mérito a las metas de recaudación establecidas por el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el presente año, la Gerencia de Rentas Municipales ha propuesto el otorgamiento de benefi cios e incentivos tributarios para los contribuyentes de la Municipalidad de Ventanilla, a fi n de sanear su situación tributaria con la entidad; Que, sin perjuicio del cumplimiento de las metas antes mencionadas, los benefi cios e incentivos propuestos en la presente Ordenanza constituyen un mecanismo para incentivar el pago del Impuesto Predial por parte de los contribuyentes del distrito así como el pago de la deuda de arbitrios de años anteriores, que por diversas razones mantienen con la Municipalidad por los citados conceptos; Que, mediante Ordenanza Nº 09-2014-MDV-CDV de fecha 29 de abril del 2014, se estableció incentivos tributarios por pago al contado de deudas tributarias, administrativa y descuento parcial sobre el monto insoluto de arbitrios municipales, norma que tiene vigencia hasta el 30 de Junio del 2014; sin embargo, la Gerencia de Rentas Municipales propone otorgar aún mayores descuentos en el insoluto de los arbitrios a fi n de ser más atractivo para el contribuyente, incentivando en mayor medida el pago de las deudas vencidas. Que, es política de la Municipalidad de Ventanilla el otorgar amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación al contado de sus deudas pendientes por concepto de Tributos Municipales y Sanciones Administrativas, e incentivar a los contribuyentes a que cumplan con sus obligaciones tributarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta y POR UNANIMIDAD, el Concejo Municipal Distrital de Ventanilla aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS TRIBUTARIOS POR PAGO AL CONTADO DE DEUDAS TRIBUTARIAS, MULTAS ADMINISTRATIVAS Y DESCUENTO PARCIAL SOBRE EL MONTO INSOLUTO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Artículo 1º.- Objetivo La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer incentivos tributarios y administrativos por el pago al contado o suscripción de convenio de fraccionamiento de deudas tributarias vencidas, de acuerdo a la prelación de la deuda tributaria que mantengan los contribuyentes con la Municipalidad de Ventanilla. Dicho incentivo recae sobre los intereses moratorios y su capitalización, gastos y costas coactivas que hasta el día de su cancelación se haya determinado. Artículo 2º.- Alcances y benefi cios Los benefi cios establecidos en la presente Ordenanza están dirigidos a los contribuyentes que mantienen deudas tributarias y administrativas con la Municipalidad de Ventanilla. Podrán acogerse a lo dispuesto en la presente Ordenanza, aquellos contribuyentes que realicen el pago total o trimestral de la deuda de cualquier ejercicio en forma indistinta, los cuales obtendrán los siguientes descuentos: