Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2014 (25/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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PORCENTAJE DE DESCUENTOS PERIODO DE LA DEUDA IMPUESTO PREDIAL HASTA EL 2014 2014 2013 2012 2010 y 2011 2007 al 2009 2006 2014 2013 2012 y anteriores MONTO INSOLUTO DE LA DEUDA ---25% 40% 50% 70% 90% 95% 50% 70% 90%

El Peruano Jueves 25 de setiembre de 2014

INTERES MORATORIO ACTUALIZACION DE IPM 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% ---------100% ----------------------------

COSTAS Y GASTOS 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100% 100%

ARBITRIOS MUNICIPALES Multas Administrativas

Unicamente los contribuyentes que hayan cumplido con el pago total del Impuesto Predial del ejercicio 2014, podran gozar del descuento del monto insoluto de la deuda de arbitrios municipales de dicho ejercicio, segun lo detallado en el cuadro anterior. El beneficio es de aplicacion a las deudas pendientes de pago y las generadas dentro de la vigencia de la presente Ordenanza. Los descuentos se aplicaran mediante pagos al contado en forma trimestral o anual y unicamente podran fraccionarse deudas de arbitrios municipales conforme al articulo 3º de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- Fraccionamiento de Deudas Solo seran materia de fraccionamiento las deudas de arbitrios municipales con los beneficios establecidos en el Articulo 2º de la presente Ordenanza, hasta en cuatro cuotas mensuales, quedando suspendido respecto de este tributo la aplicacion de la Ordenanza Nº 003-2012/ MDV que regula el fraccionamiento de deudas tributarias y no tributarias, mientras se encuentre vigente la presente Ordenanza. Los contribuyentes que cuenten con Convenio de Fraccionamiento podran acogerse a los beneficios de la presente Ordenanza, siempre que se cancele el total de la deuda fraccionada, acogiendose el contribuyente a los beneficios de descuentos previa MORDAZA de una solicitud, en cuyo caso la SubGerencia de Administracion Tributaria dejara sin efecto el Convenio y otorgara el beneficio por el saldo pendiente de pago. Articulo 4º.- Multas Administrativas El beneficio establecido para las multas administrativas no es aplicable para aquellos infractores que se acojan al 50% de descuento por el pago dentro del plazo de quince (15) dias habiles de notificada la Resolucion de Sancion establecido en el Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones vigente. Articulo 5º.- Estado de la deuda El presente beneficio se aplicara a la deuda tributaria y administrativa en la via ordinaria y/o coactiva, quedando los valores emitidos (ordenes de pago, resoluciones de determinacion y multas administrativas), automaticamente sin efecto en virtud al pago efectuado. Articulo 6º.- Deuda en Cobranza Coactiva La condonacion de los gastos y costas procesales que se hubieran generado estara sujeta a la cancelacion total o parcial de la deuda tributaria vinculada a dicho procedimiento coactivo. Articulo 7º.- Desistimiento y Reconocimiento de la Deuda El pago de la deuda que goce de los beneficios contemplados en la presente Ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda tributaria, por lo que respecto de los escritos referidos a los reclamos, apelaciones u otros que cuestionen las deudas vinculadas a dicho concepto y periodo, la Administracion podra declarar que ha operado la sustraccion de la materia, aun cuando no MORDAZA presentado escrito de desistimiento sobre los mismos. Articulo 8º.- Pagos anteriores Los montos pagados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza no generan derecho a devolucion o compensacion alguna, asimismo los beneficios otorgados en la presente

Ordenanza no seran aplicables a las solicitudes de compensacion o transferencias de pagos ni a los creditos por imputar o a los canjes de bienes o servicios y/o fraccionamiento. Articulo 9º.- Vigencia El acogimiento a la presente Ordenanza tendra vigencia desde el 23 de junio hasta el 31 de MORDAZA de 2014. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza, los contribuyentes pensionistas que gozan del beneficio de deduccion de 50 UIT´s de la Base Imponible del Impuesto Predial, tendran como beneficio el descuento del 50% de la tasa por concepto de Arbitrios Municipales por deudas vencidas de los anos 2013 y 2014. Respecto de los anos anteriores al 2013, los descuentos se sujetaran a lo establecido en el articulo 2 de la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar el cumplimiento y efectiva difusion de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas Municipales, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administracion, Gerencia de Tecnologia de la Informacion, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Tercera.- Derogase la Ordenanza Nº 09-2014-MDVCDV de 29 de MORDAZA de 2014, que establecio incentivos tributarios por pago al contado de deudas tributarias, administrativas y descuento parcial sobre el monto insoluto de arbitrios municipales. Cuarta.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza y/o dicte las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para su mejor aplicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1141279-1

Aprueban el Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental 2014
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 12-2014/MDV Ventanilla, 5 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal Distrital, de 5 de MORDAZA de 2014, y CONSIDERANDO: Que la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º, establece que los gobiernos locales gozan las autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo los articulos 2º y 67º establecen como deber primordial del Estado el de garantizar el derecho de todas las personas a gozar

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