Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2014 (25/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

533312
MORDAZA Dominicos de San MORDAZA MORDAZA Las MORDAZA Area de Compensacion Area de Vias locales

El Peruano Jueves 25 de setiembre de 2014

2,407.15 m2
1,895.43 m2

2,407.15 m² 3,245.97 m² 16,899.85 m²

Articulo Tercero.- DISPONER la Inscripcion Registral de cambio de MORDAZA a Uso MORDAZA de los lotes que conforman la Habilitacion MORDAZA que se aprueba de conformidad con el Plano signado con el Nº 070-2014SGCHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva que forman parte de la presente resolucion, acto que se formalizara mediante la gestion individual del propietario ante el Registro de Predios de la IX MORDAZA Registral-Sede Lima. Las areas de vias, de acuerdo al articulo 56 de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, son bienes de uso y dominio publico. Articulo Cuarto.- APROBAR la Independizacion e Inscripcion en la SUNARP, a favor del Estado y bajo administracion de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, el Aporte Reglamentario destinado a Recreacion Publica compuesto por el MORDAZA MORDAZA MORDAZA con un area de 963.28 m², el MORDAZA Dominicos de San MORDAZA con un area de 2,407.15 m² y el MORDAZA Las MORDAZA con un area de 1,895.43 m² de la Urbanizacion Dominicos de MORDAZA Rosa. Articulo Quinto.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA MORDAZA certificada de la resolucion municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicacion y Localizacion, Plano Perimetrico, Plano catastral y Plano de Lotizacion Nº 070-2014SGCHU-GDU-MDSMP, para conocimiento. Articulo Sexto.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los 30 dias siguientes de notificada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitacion Urbana. Articulo Setimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Administracion y Finanzas, Subgerencia de Obras Privadas, asi como Subgerencia de Informatica y Desarrollo Tecnologico, de acuerdo a sus competencias, incorporar la Habilitacion MORDAZA a que se refiere el articulo Primero de la presente resolucion, al Plano MORDAZA del Distrito de San MORDAZA de Porres, asi como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes de esta Corporacion Municipal.. Articulo Octavo.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Registrese, comuniquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1141417-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Modifican el MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 019­2014­MDB­AL Bellavista, 16 de setiembre del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA VISTO: El Informe Nº 058-2014--MDB-GPP de fecha 15 de Setiembre del 2014, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo expresa el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo

II del Titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del estado establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al Ordenamiento Juridico; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2013CDB se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Bellavista, ratificado por Acuerdo de Concejo Provincial Nº 045-2014 de la Municipalidad Provincial de Callao; Que, por Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM se aprueba el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, estableciendo en su articulo 39º, las tasas y derechos por concepto de ITSDC, los cuales se estableceran en porcentaje a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente, de acuerdo a ciertos criterios establecidos, que precisa en su Primera Disposicion Complementaria Final lo siguiente: "Que, los gobiernos locales, (...) deberan adecuar sus normas al presente Reglamento, asi como a los dispositivos emitidos por el INDECI en su calidad de ente rector del Sistema Nacional de Defensa Civil ­ SINADECI". Que, como parte de las reformas en materia para facilitar la inversion, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, el Gobierno Central aprobo el Decreto Legislativo Nº 1014 el cual establece las medidas para propiciar la inversion en materia de servicios publicos y obras publicas de infraestructura, prescribiendo en su articulo 4 y 5 el costo MORDAZA a cobrar el cual no debe de exceder del 1% de la UIT, asi como el plazo para resolver MORDAZA a 30 dias habiles con acogimiento al silencio administrativo positivo. Que, mediante Resolucion de Concejo Directivo Nº 042-2011-SUNASS-CD se modifica el Reglamento de Calidad de la prestacion de Servicios de Saneamiento, reduciendose como plazo MORDAZA que tiene las autoridades municipales para otorgar la autorizacion al administrado el cual no debe de exceder de 05 dias habiles, concordante con lo dispuesto en la Ley Nº 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversion, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial. Que, mediante Informe Nº 515-2014-MDB-GSC-SGDC de fecha 01 de setiembre de 2014 la Sub Gerencia de Defensa Civil sostiene que pudo observar diferencias en relacion al cobro excesivo por derechos de tramitacion en los procedimientos de ITSDC, precisando que en otros procedimientos no se cuenta con costo alguno, lo cual conllevaria a la administracion ser sujetas de sanciones, amonestaciones o denuncias, por desacato e incumplimiento de las normas en materia de defensa civil, como son las tasas que se cobran por Inspecciones Tecnicas de Seguridad sujetas al articulo 39º del Decreto Supremo Nº 066-2007PCM vigente que aprueba el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, concluyendo que resulta necesario realizar las acciones pertinentes a efectos que se cuente con un MORDAZA acorde a la normatividad actual. Que, mediante Memorandum Nº 544-2014-MDB-GDU de fecha 06 de agosto de 2014, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, que habiendo efectuado el analisis de la Ley Nº 30056, Decreto Legislativo Nº 1014 y Resolucion de Concejo Directivo Nº 042-11-SUNAS-CD y de los procedimientos descritos en el MORDAZA, se ha llegado a determinar que los procedimientos que detalla en su referido documento, deben ser modificados en cuanto a su costo y plazo; toda vez, que los montos han variados en merito al Articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 1014. Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a traves de su Informe Nº 058-2014-MDB/GPP emite opinion tecnica, teniendo en cuenta lo expuesto por las Gerencias MORDAZA mencionadas, concluyendo que resulta recomendable aprobar por Decreto de Alcaldia la modificacion del Texto Unico de Procedimiento Administrativo MORDAZA de Bellavista aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2013-CDB, ratificado por Acuerdo de Concejo Provincial Nº 045-2014, redactandolo de la forma que en su informe se detalla. Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972 senala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios, publico locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. A su turno su articulo 42º, prescribe que los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas,

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