NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (27/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 10
El Peruano Sábado 27 de setiembre de 2014 533476 excepcional, de diversas transferencias fi nancieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Programa, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, el artículo 29 del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, precisa que la ejecución de recursos y desembolsos se realiza en base al presupuesto del Programa, así como a fuentes de cooperación, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias fi nancieras a organismos ejecutores; Que, mediante Resolución Directoral N° 045-2014- TP/DE se aprueba el fi nanciamiento por la suma de S/. 4 436 429.14 (Cuatro Millones Cuatrocientos Treinta y Seis Mil Cuatrocientos Veintinueve con 14/100 Nuevos Soles) correspondiente al Aporte Total del Programa a favor de organismos públicos de cuarenta (40) proyectos de la Acción de Contingencia AC-68; de los cuales, según Memorando Nº 171-2014-TP/DE/ UGPYTOS-UATEP, la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos refi ere que la Municipalidad Distrital de Nueva Requena y la Municipalidad Distrital de Monsefu han comunicado el desistimiento al cofi nanciamiento de uno (01) y dos (02) proyectos de inversión pública, respectivamente; asimismo, señala que la Municipalidad Distrital de Coata no ha confi rmado su participación para el cofi nanciamiento de un (01) proyecto de inversión pública, siendo desestimado dicho proyecto; además, indica que un (01) proyecto de la Municipalidad Distrital de Picsi y un (01) proyecto de la Municipalidad Distrital de Huaso, no cumplieron con levantar las observaciones y/o entregar el expediente técnico en los plazos establecidos en el Cronograma de Actividades; en consecuencia solicita a la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa, la Certifi cación de Crédito Presupuestario para treinta y cuatro (34) proyectos priorizados en el marco de la Acción de Contingencia AC-68, cuyo aporte del Programa corresponde a S/. 4 048 148.02 (Cuatro Millones Cuarenta y Ocho Mil Ciento Cuarenta y Ocho con 02/100 Nuevos Soles); Que, a través del Memorando Nº 509-2014-TP/DE/ UGPPME-UPP, la Unidad de Planifi cación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación otorga la Certifi cación de Crédito Presupuestario - CCP N° 0376 por la suma total de S/. 4 048 148.02 (Cuatro Millones Cuarenta y Ocho Mil Ciento Cuarenta y Ocho con 02/100 Nuevos Soles), en el marco de la Acción de Contingencia AC-68; Que, con Informe Nº 123-2014-TP/DE/UGPYTOS- UATEP, la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos remite treinta y cuatro (34) convenios, cuyo aporte total del Programa asciende a S/. 4 048 148.02 (Cuatro Millones Cuarenta y Ocho Mil Ciento Cuarenta y Ocho con 02/100 Nuevos Soles), los cuales están consignados en el cuadro consolidado denominado “Relación de Proyectos de la Acción de Contingencia AC-68”, solicitando la transferencia fi nanciera para dichos convenios; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014- TR; y, el literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte Total del Programa de treinta y cuatro (34) convenios en el marco de la Acción de Contingencia AC-68, por la suma total de S/. 4 048 148.02 (Cuatro Millones Cuarenta y Ocho Mil Ciento Cuarenta y Ocho con 02/100 Nuevos Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Disponer que el Anexo a que se refi ere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www. trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1143558-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 649-2014 MTC/02 Lima, 22 de setiembre de 2014 VISTOS: Los Informes Nº 528-2014-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 298- 2014-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa Servicios Aéreos de los Andes S.A.C. ha presentado ante la autoridad aeronáutica civil, su solicitud para evaluación de su personal aeronáutico, a ser atendida durante el mes de octubre de 2014, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único