NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (27/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 18
El Peruano Sábado 27 de setiembre de 2014 533484 CONSIDERANDO: Que, el numeral 4 del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1140, de fecha 10 de diciembre de 2012, que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, en concordancia con el literal i) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 003- 2013-IN, establecen que entre las funciones del Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior se encuentra la de designar, remover y supervisar a los Gobernadores Provinciales y Distritales; Que, a través de la Resolución Jefatural N°540-2013- IN-ONAGI, de fecha 19 de junio de 2013, se designó al señor JOSE YSAAC CIFUENTES QUINTANA, en el cargo de Gobernador en el ámbito Provincial de JAUJA, Departamento de Junín. Que, según lo indicado en el literal b) del artículo 50 del precitado Reglamento de Organización y Funciones, la Dirección General de Autoridades Políticas tiene como función proponer la designación y remoción de los Gobernadores Provinciales y Distritales; Que, el artículo 190 de la Constitución Política del Perú de 1993, establece que el proceso de regionalización se inicia eligiendo Gobiernos Regionales en los actuales departamentos y la Provincia Constitucional del Callao; asimismo, la precitada norma refi ere que mediante referéndum podrán integrarse dos o más circunscripciones departamentales contiguas para constituir una región y en tanto dure este proceso de integración podrán crearse mecanismos de coordinación entre sí; en ese sentido, para el presente caso los Gobiernos Regionales y las Autoridades Políticas se constituyen sobre la base de la demarcación territorial de Departamentos; Que, de acuerdo a la propuesta realizada por la Dirección General de Autoridades Políticas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior sobre conclusión y designación de Gobernador Provincial, contenida en el informe de vistos; Con el visado del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, y del Director General de la Dirección General de Autoridades Políticas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; Decreto Legislativo N° 1140 que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior y el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA, la designación de la siguiente persona en el cargo de Gobernador Provincial: N° NOMBRE PROVINCIA DEPARTAMENTO 1 JOSE YSAAC CIFUENTES QUINTANA JAUJA JUNIN Artículo 2º.- DESIGNAR en el cargo de Gobernador Provincial a la siguiente persona y fi jar el ámbito de su competencia: N° NOMBRE PROVINCIA DEPARTAMENTO 1 HAMILTON ROY RAYMUNDO RIVERA JAUJA JUNIN Artículo 3º.- El Gobernador designado mediante la presente Resolución Jefatural ejerce sus funciones en el marco de las disposiciones vigentes. Artículo 4º.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Dirección General de Autoridades Políticas, a la Ofi cina General de Administración y Finanzas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, a la Gobernación Regional que abarque el ámbito jurisdiccional de la Gobernación que se señala en los artículos 1 y 2 de la presente resolución, según corresponda, y a los interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ENRIQUE PESTANA URIBE Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior (e) 1143588-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Declaran infundado el recurso de apelación interpuesto por Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. contra la Res. Nº 042-2014-OS/GART RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 192-2014-OS/CD Lima, 25 de setiembre de 2014 VISTOS: El recurso de apelación interpuesto el 14 de agosto de 2014 por Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. (en adelante, “Electropuno”) contra la Resolución de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria OSINERGMIN N° 042-2014-OS/GART (en adelante, “Resolución N° 042”); CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES 1.1 3 de junio de 2014.- Se publicó en el diario ofi cial “El Peruano”, la Resolución N° 026-2014-OS/GART (en adelante, “Resolución N° 026”) a través de la cual se aprobaron los costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas. 1.2 11 de junio de 2014.- Electropuno interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución N° 026, solicitando que se reconozca como costo administrativo del FISE el monto ascendiente a S/. 13,460.13 por concepto de utilidades pagadas a tres trabajadores que fueron contratados para desarrollar actividades del FISE. 1.3 22 de julio de 2014.- Se publicó la Resolución N° 042, mediante la cual Osinergmin declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por Electropuno. 2. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN N° 042 2.1 Que las actividades administrativas y operativas del FISE son consideradas un Encargo Especial, y como tal pasan a formar parte de las actividades que desarrolla la empresa, con la salvedad que todos los costos administrativos en que incurran en su realización son reconocidos y reembolsados con cargo al FISE. 2.2 Que el personal contratado para desarrollar actividades del FISE tiene los mismos derechos que otro trabajador, en tanto desarrolla actividades de responsabilidad de la concesionaria. 2.3 Que la participación de los trabajadores en las utilidades no tiene naturaleza de asociarse como un costo administrativo u operativo vinculado con la implementación