Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2014 (27/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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monto fijado por la Direccion Nacional de Construccion y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de corresponder; Que, el articulo 27° de la Ley N° 30230 modifica la primera disposicion complementaria final de la Ley N° 30025 estableciendo, entre otros aspectos, que tratandose de los procedimientos de adquisicion de inmuebles por trato directo iniciados al MORDAZA de la Ley N° 27628, MORDAZA de la vigencia de dicha ley y que se encuentran comprendidos en la MORDAZA disposicion complementaria final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley N° 27628; Que, Provias Nacional y la Direccion Nacional de Construccion suscribieron el Convenio MORDAZA N° 0372009-MTC/20 de Cooperacion Interinstitucional, para que en aplicacion de la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, y la Ley N° 27628, la referida Direccion efectue la valuacion comercial de los predios afectados por la ejecucion de obras publicas realizadas por dicho Proyecto Especial, asi como los ejecutados por los contratos de concesion de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional; Que, dentro de los alcances del Convenio MORDAZA N° 037-2009-MTC/20, MORDAZA partes suscribieron el Convenio Especifico N° 89 para efectuar las valuaciones comerciales de 55 predios afectados por el derecho de via del Proyecto Corredor Vial Interoceanico del Sur, Peru - Brasil, Tramo 2: Urcos - MORDAZA Inambari, MORDAZA y Tercera Etapa, ubicado en el distrito de Camanti, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco; Que, la Unidad Gerencial de Estudios de Provias Nacional a traves del Oficio N° 1931-2013-MTC/20.6 solicito a la referida Direccion Nacional la actualizacion de los 55 expedientes remitidos, conforme a la normatividad vigente. Posteriormente, mediante el Oficio N° 1929-2013MTC/20.6, de fecha 19 de agosto de 2013, advirtio en el grupo de los 55 expedientes actualizados que le fueron remitidos, observaciones en el expediente de Codigo T2CADENA-035 sobre la titularidad del predio, solicitando a dicha dependencia la modificacion del informe tecnico; Que, la Direccion Nacional de Construccion mediante el Oficio N° 1395-2013/VIVIENDA-VMCS-DNC, de fecha 02 de octubre de 2013, remite a la Unidad Gerencial de Estudios, el Informe Tecnico de Tasacion modificado (23.Set.2013), que contiene el valor de tasacion por la suma de S/. 100 782,02, de fecha 07 de febrero de 2013, correspondiente al predio afectado por el derecho de via del mencionado Proyecto, indicando al propietario del predio. Dicha valorizacion comprende el valor del terreno y valor de plantaciones; no se considera lucro cesante ni dano emergente; Que, el Jefe de Proyectos Pacri - UGE de Provias Nacional eleva el Informe N° 044-2014-NTM a la Unidad Gerencial de Estudios manifestando, entre otros aspectos, que el procedimiento de trato directo para la adquisicion de dicho predio ha sido iniciado al MORDAZA de la Ley N° 27628 y MORDAZA de la vigencia de la Ley N° 30025, correspondiendo culminar tal procedimiento en aplicacion de la Ley N° 27628. Asimismo, senala que debe aprobarse la tasacion por el monto total de S/. 110 860,22, que incluye un porcentaje adicional de 10% del valor comercial del predio, por la suma de s/. 10 078,20. Tambien senala que en el numeral 4 del listado contenido en la MORDAZA disposicion complementaria final de la Ley N° 30025, figura el Tramo N° 2 del Corredor Vial Interoceanico Sur, Peru - Brasil (Urcos - Inambari); Que, la Unidad Gerencial de Asesoria Legal mediante el Informe N° 618-2014-MTC/20.3, encuentra procedente la aprobacion de la tasacion remitida por la Unidad Gerencial de Estudios, teniendo en cuenta la Ley N° 27628 modificada por la Ley N° 30025, y el articulo 27° de la Ley N° 30230; Que, teniendo en cuenta el MORDAZA legal senalado asi como los antecedentes que corresponden al procedimiento de adquisicion del referido predio via trato directo al MORDAZA de la Ley N° 27628, resulta procedente la aprobacion de la tasacion predial; De conformidad con las Leyes Nos. 29370, 27628, 30025 y 30230 y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el valor total de la tasacion correspondiente a un predio afectado por el derecho de

El Peruano Sabado 27 de setiembre de 2014

via del Proyecto Corredor Vial Interoceanico del Sur, Peru - Brasil, Tramo 2: Urcos - MORDAZA Inambari, MORDAZA y Tercera Etapa, ubicado en el distrito de Camanti, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco; conforme al siguiente detalle: Valor de Tasacion S/. 100 782,02 Porcentaje Adicional 10% - S/. 10 078,20 Valor Total de Tasacion - S/. 110 860,22

Item 1

Codigo del Predio T2-CADENA035

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1142803-1

Aprueban valor total de tasacion correspondiente a diversos inmuebles afectados por la ejecucion de tramo de Obra Adicional "Via Evitamiento de Tarapoto, Carretera MORDAZA Belaunde MORDAZA, Km 0+000 al Km 13+700, Tramo 1: Tarapoto ­ Yurimaguas y Tramo 2: Tarapoto ­ Rioja"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 658-2014-MTC/02 MORDAZA, 23 de setiembre de 2014 VISTO: La Nota de Elevacion Nº 239-2014-MTC/20, de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, mediante el cual solicita se apruebe el Valor Total de la Tasacion correspondiente a quince (15) Predios afectados por la Ejecucion de la Obra Adicional: "Via Evitamiento de Tarapoto, Carretera MORDAZA Belaunde MORDAZA, Km 0+000 al Km 13+700, Tramo 1: Tarapoto ­ Yurimaguas y Tramo 2: Tarapoto ­ Rioja" que forma parte de los tramos viales del Eje Multimodal del Amazonas Norte del "Plan de Accion para la Integracion de Infraestructura Regional Sudamericana ­ IIRSA", y; CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura, modificada por el articulo 27° de la Ley N° 30230 ­ Ley que establece medidas tributarias, simplificacion de procedimientos y permisos para la promocion y dinamizacion de la inversion en el MORDAZA, indica que "el Ministerio de Transportes y Comunicaciones puede utilizar el procedimiento de adquisicion por trato directo de inmuebles previsto por la Ley 27628, aun cuando dichos inmuebles MORDAZA necesarios para la ejecucion de las obras de infraestructura vial de interes nacional y de gran envergadura senaladas en la MORDAZA disposicion complementaria final, en los casos que se acredite que dicho procedimiento de trato directo resulta mas favorable para los fines buscados por la mencionada disposicion"; Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecucion de Obras Publicas Viales, modificada por la Tercera Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30025, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones;

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