Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (28/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Domingo 28 de setiembre de 2014 533567 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Disponen la publicación en la página web de la SUNASS del proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se modificaría el Reglamento General de Tarifas, incorporando el Título 6 “Régimen de Transición entre Quinquenios Regulatorios” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 027-2014-SUNASS-CD Lima, 26 de setiembre de 2014 VISTO: El Informe Nº 013-2014-SUNASS-100, presentado por las Gerencias de Políticas y Normas, Regulación Tarifaria y de Asesoría Jurídica, que contiene la propuesta de modifi cación del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007- SUNASS-CD y sus modifi catorias, incorporando el Título 6 “Régimen de Transición entre Quinquenios Regulatorios”, y su correspondiente exposición de motivos; CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 3.1 de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, aprobada por Ley Nº 27332 y modifi cada por Ley N° 27631, faculta a los organismos reguladores a dictar, en el ámbito y materia de su competencia, los reglamentos, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 5 del Reglamento General de la SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017- 2001-PCM, establece el Principio de Transparencia, en virtud del cual las decisiones normativas o regulatorias, para su aprobación, deben ser previamente publicadas a fi n de que los interesados tengan la oportunidad de expresar su opinión; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 del Reglamento General de la SUNASS y por el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; El Consejo Directivo en su Sesión Nº 017-2014; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de resolución de Consejo Directivo mediante el cual se modifi caría el Reglamento General de Tarifas, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS- CD y sus modifi catorias, incorporando el Título 6 “Régimen de Transición entre Quinquenios Regulatorios”, y su correspondiente exposición de motivos, disponiendo su publicación en la página web de la SUNASS (www. sunass.gob.pe). Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- Otorgar un plazo de quince días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a fi n de que los interesados presenten sus comentarios sobre el título propuesto en el artículo 1 de la presente resolución, en la sede institucional de la SUNASS ubicada en Av. Bernardo Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar o por vía electrónica a gpn@sunass.gob.pe. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Políticas y Normas de la SUNASS, el acopio, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten. Regístrese y publíquese. FERNANDO MOMIY HADA Presidente del Consejo Directivo 1143565-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Autorizan viajes de representantes de PROMPERÚ a Bolivia y Uruguay, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 203-2014-PROMPERÚ/SG Lima, 19 de setiembre de 2014 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, el Comité Andino de Autoridades de Promoción de Exportaciones, fue creado mediante la Decisión 566 y conformado por las autoridades de promoción comercial de los países miembros de la Comunidad Andina, con la fi nalidad de avanzar hacia una mayor integración, realizar proyectos destinados a incrementar las posibilidades de negocios de los países miembros con el resto del mundo, tales como encuentros empresariales, participación conjunta en ferias y misiones internacionales; Que, la XXIII reunión del Comité Andino de Autoridades de Promoción de Exportaciones, se realizará en la ciudad de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, el 2 de octubre de 2014, con el objetivo evaluar y revisar las actividades conjuntas realizadas y las programadas para el presente año, así como la presentación de los avances en la planifi cación del Encuentro Empresarial Andino 2015, entre otras actividades; Que, por tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones, solicita que se autorice la comisión de servicios del señor José Agustín Quiñones Baltodano, quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, para que en representación de PROMPERÚ participe en la referida reunión, con el fi n de realizar acciones de promoción de las exportaciones; Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben