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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (02/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 75

El Peruano Jueves 2 de abril de 2015 550037 con el voto por Unanimidad de los señores Regidores asistentes a la Sesión de Concejo de la fecha y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; SE ACUERDA: Artículo Primero.- RATIFICAR; para el periodo 2015 - 2018, la remuneración del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Victoria, fi jada en el Acuerdo de Concejo Nº 021-2011/MLV de fecha 29 de marzo de 2011, ascendente a la suma de S/. 8,450.00.00 (Ocho mil cuatrocientos cincuenta con 00/100 Nuevos Soles), por todo concepto; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- RATIFICAR; para el periodo 2015 - 2018, la dieta que le corresponde percibir a los señores regidores de la Municipalidad Distrital de La Victoria, fi jada en el Acuerdo de Concejo Nº 021-2011/MLV de fecha 29 de marzo de 2011, por asistencia efectiva a cada sesión de Concejo, la cual asciende a la suma de S/.1,267.50 (Un mil doscientos sesenta y siete con 50/100 nuevos soles), abonándose dicho monto hasta por un máximo de dos (2) sesiones por mes. Artículo Tercero.- Encargar; el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Gerencias de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Administración, Sub Gerencia de Recursos Humanos, Gerencia de Finanzas, de acuerdo a sus competencias y obligaciones. Artículo Cuarto.- Encargar; a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Gerencia de Administración Documentaria e Informática, Sub Gerencia de Tecnología de la Información en el Portal de la Municipalidad (www. munilavictoria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELIAS CUBA BAUTISTA Alcalde 1219835-3 MUNICIPALIDAD DE LINCE Ratifican el Plan Local de Seguridad Ciudadana del distrito de Lince ORDENANZA Nº 348-2015-MDL Lince, 30 de marzo de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; POR CUANTO: El Concejo Distrital de Lince, en Sesión Extraordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 002-2015-MDL-CSCSCPV de la Comisión de Servicios a la Ciudad, Seguridad Ciudadana y Participación Vecinal; y de conformidad con lo establecido en los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE LINCE Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2015 del distrito de Lince, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Lince, que como anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad de Lince. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnología la publicación de la presente Ordenanza y Texto integro del Plan Local de Seguridad Ciudadana en el Portal Web Institucional de la Municipalidad (www.munilince.gob.pe). POR TANTO: Regístrese comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1219610-1 Aprueban Directiva N° 001-2015-MDL/ GSAT “QUE REGULA EL SORTEO DEL AUTO 0km” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2015-MDL Lince, 24 de marzo de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; VISTO: el Memorando N°016 -2015-MDL-GSAT de fecha 17 de marzo de 2015, emitido por la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, Informe N° 029 - 2015-MDL/GAJ de fecha 20 de marzo de 2015, elaborado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 74° y 194° reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza N° 307-MDL de fecha 18 de enero de 2012, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 25 de febrero de 2012, se aprobó el “PROGRAMA DE INCENTIVOS DEL VECINO LINCEÑO PREFERENTE”; Que, el artículo cuarto de la Ordenanza descrita precedentemente, faculta al Alcalde de la Municipalidad de Lince para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza y de los benefi cios que se otorgue (…); Que, mediante documento del visto, se elevan para su aprobación la Directiva denominada DIRECTIVA N° 001-2015-MDL/GSAT “QUE REGULA EL SORTEO DEL AUTO 0km”; que establece los lineamientos técnicos y procedimientos necesarios para el otorgamiento de Estímulos y Premios a los Contribuyentes personas naturales y sucesiones, propietarias de predios de casa habitación, que cumplan puntualmente con sus obligaciones tributarias y administrativas; Que, constituye política de la Corporación Municipal incentivar el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones tributarias por parte de los Contribuyentes, siendo por ello necesario otorgar beneficios especiales a los contribuyentes personas naturales y sucesiones, propietarias de predios de casa habitación del distrito que cumplan puntualmente con sus obligaciones; Que, en ese sentido se ha establecido un Programa de Incentivos dirigido a los Vecinos Linceños, el cual tiene como propósito premiar a las Contribuyentes personas naturales y sucesiones, propietarias de predios de casa habitación y que nuestro índice de cumplimiento se vea incrementado a favor de la Institución; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la Directiva N° 001- 2015-MDL/GSAT “QUE REGULA EL SORTEO DEL AUTO 0km”; cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Comisión Organizadora y Evaluadora y, asimismo, a las Gerencias y Subgerencias de la corporación edilicia, el cumplimiento del presente Decreto, de acuerdo a sus competencias.