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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (02/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

El Peruano Jueves 2 de abril de 2015 550034 Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de la Tecnología de Información y la Comunicación, Sub Gerencia de Imagen Institucional, y Subgerencia de Tesorería, de acuerdo al ámbito de sus funciones que les corresponde. Artículo Quinto.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1219632-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 en el distrito ORDENANZA Nº 211-2015/MDLV La Victoria, 30 de marzo del 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTO; en Sesión Ordinaria de fecha 30 de marzo del 2105, el Dictamen Nº 003-2015-CPPAL/MDLV de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de La Victoria, es un órgano de Gobierno Local, tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos que le confi ere el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo 53º establece que las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; Que, la Décima Sexta disposición complementaria de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades dispone que las Municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056 – Ley Marco del presupuesto Participativo, su modifi catoria Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo como un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF fue aprobado el Reglamento de la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, en cuyo literal a) del Artículo 2º señala que el Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se defi nen las prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementar en el Nivel de Gobierno Local; Que, por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 Instructivo para el proceso de Presupuesto Basado por Resultados; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 29701, Ley que dispone benefi cios a favor de los integrantes de las Juntas Vecinales y establece el Día de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, señala que: “Las juntas vecinales de seguridad ciudadana son organizaciones sociales de base, promovidas por la Policía Nacional del Perú, que tienen por misión desarrollar actividades preventivas, informativas y de proyección social en apoyo a la Policía Nacional del Perú, para mejorar la seguridad mediante el trabajo voluntario no remunerado y participativo, promueven y desarrollan programas de prevención y servicio a la comunidad”; Que, el inciso 6.1 del Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 002-2013-IN, Reglamento de la Ley Nº 29701 – Ley que dispone benefi cios a favor de los integrantes de las Juntas Vecinales y establece el “Día de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana”, señala que “Conforme a la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y lo dispuesto en el artículo 2º la Ley Nº 29701, las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana son agentes participantes que pueden intervenir con voz y voto en la discusión y toma de decisiones sobre la priorización de los problemas y proyectos de inversión durante las fases del proceso de Presupuesto Participativo de los Gobiernos Regionales y Locales”; Que, el Presupuesto Participativo es un proceso regulado por una norma general emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas, con la fi nalidad de permitir la participación de la Sociedad Civil organizada en la determinación de proyectos que permitan el desarrollo del distrito, y que el presente documento es un complemento cuyo objetivo es facilitar que el proceso se ejecute ordenadamente; consecuentemente, la presente norma recoge, en su mayoría aspectos regulados en los procesos de Presupuesto Participativo desarrollados anteriormente por lo que, al no haber cambios sustanciales, se encuentra exceptuada su pre publicación; Que, es necesario establecer las normas que reglamentan el proceso dentro del cual los representantes de la Sociedad Civil del Distrito de La Victoria, van a participar en la elaboración y formulación del presupuesto participativo basado en resultados para el año fi scal 2016; Que, con Informe Nº 064-2015-GPP/MLV, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite a Gerencia Municipal el informe técnico y legal del proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 del distrito de La Victoria, para que en virtud a lo establecido en los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, sea aprobado por el Concejo Municipal; Que, Informe Nº 011-2015-SGPR-GPP/MLV, la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalización informa que la aprobación del Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 del distrito de La Victoria va a permitir de manera clara efi ciente y transparente el desarrollo del proceso en el distrito, optimizando los mecanismos que la entidad municipal prioriza para el desarrollo armónico de la gestión municipal, por lo cual se considera que se apruebe. Que, mediante Informe Nº 098-2015-GAJ/MLV, la Gerencia de Asesoría Jurídica aprueba el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 del distrito de La Victoria, de conformidad con el ordenamiento legal; Que, mediante Dictamen Nº 003-2015-CPPAL/MDLV, la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales recomienda la aprobación de la presente Ordenanza, la misma que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 del Distrito de La Victoria; solicitando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobación correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por Unanimidad de los señores Regidores asistentes a la Sesión de Concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2016 EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en