Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2015 (02/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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es imperativo que el Gobierno Regional MORDAZA lidere el MORDAZA de Respuesta y Rehabilitacion ante los evidentes danos producidos por el incremento de las precipitaciones por lluvia en nuestro departamento, con la transferencia de recursos del presupuesto regional al Programa presupuestal 068; para lo cual se debe declarar la Situacion de Emergencia, debido a las lluvias y el incremento considerable de las cuencas de los MORDAZA Chira y Piura; Que, con Informe Nº 699-2015/GRP-460000, de fecha 27 de marzo de 2015, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, opina que es competencia del Consejo Regional declarar la Situacion de Emergencia por precipitaciones pluviales y acontecimientos catastroficos, y, en ese supuesto, exonerar al Gobierno Regional de MORDAZA de los MORDAZA de seleccion que correspondan para la adquisicion o contratacion de bienes y servicios destinados a la atencion de la situacion de emergencia que se declare. Asimismo, debera considerarse que todo MORDAZA de adquisicion para atender la Situacion de Emergencia deba realizarse cumpliendo estrictamente de lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, lo cual debera ser materia de fiscalizacion y control; Que, con Informe Nº 014-2015/GRP-200010-ACCR del 28 de marzo de 2015, el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional concluye y recomienda, que conforme al MORDAZA legal evaluado y de los informes tecnicos ­ legales favorables de los organos estructurales vinculantes para poder Declarar en Situacion de Emergencia a la Region MORDAZA por precipitaciones pluviales y acontecimientos catastroficos, corresponde al Consejo Regional declarar en Situacion de Emergencia, por precipitaciones pluviales y acontecimientos catastroficos, a la Region Piura; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad en Sesion Extraordinaria Nº 08 - 2015, celebrada el dia 28 de marzo del 2015, en la MORDAZA de MORDAZA, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar, en Situacion de Emergencia, por precipitaciones pluviales, incremento de las cuencas de los MORDAZA, y por peligro de desastres naturales, a la Region MORDAZA, por el plazo de cuarenta y cinco (45) dias, a efectos que se ejecuten medidas de excepcion inmediatas y necesarias destinadas a la atencion de la emergencia y rehabilitacion de zonas afectadas. Articulo Segundo.- Recomendar a Gerencia General Regional, que todo MORDAZA de adquisicion orientado a la situacion de emergencia, debe ejecutarse en estricto cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia General Regional, la implementacion del presente Acuerdo de Consejo Regional de conformidad con lo senalado en el articulo 23º del Decreto Legislativo Nº 1017, asi como exponer ante el Consejo Regional el detalle de los requerimientos de bienes y servicios, asi como las partidas presupuestales a emplearse bajo la presente declaratoria, bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- Encargar a la Comision de Fiscalizacion y a la Secretaria Tecnica Anticorrupcion, realicen las acciones de fiscalizacion y vigilancia de las adquisiciones de bienes, servicios o ejecuciones de obras que se requieran en el MORDAZA de la declaratoria de situacion de emergencia. Articulo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. HERMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional 1219050-1

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2015

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Instituyen como simbolo regional al Escudo del Departamento de San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2015-GRSM/CR Moyobamba, 12 de marzo de 2015 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 439-2015-GRSM/SG de fecha 27 de febrero de 2015 se da cuenta que de acuerdo al Acta Nº 049-2014-GRSM/CR-C-FYA de la Comision de Fiscalizacion y Anticorrupcion del Consejo Regional, en el acuerdo 03 solicito a traves de la Secretaria General Regional la documentacion que sustente la oficializacion del Escudo del Gobierno Regional de San MORDAZA, asi como la definicion del logo del Gobierno Regional de San MORDAZA que sera usado en la linea grafica y publicidad corporativa institucional; Que, a criterio de la referida Secretaria General Regional la solicitud se MORDAZA en la demostrada ambiguedad del uso de dos escudos, uno del departamento de San MORDAZA que desde muchos anos atras se ha venido usando y que aparece en la web; y el MORDAZA que se viene utilizando como region, conforme al siguiente detalle:

Que, asi tambien se tiene que con Informe Legal Nº 061-2014-GRSM/ALE la Asesoria Legal Externa del Consejo Regional opino que previo al pronunciamiento o emision de disposicion o MORDAZA regional, se debe a nivel del ejecutivo regional definir cual de los escudos utilizar; debido a que con Nota Informativa Nº 3982014-GRSM/GRDS/PRAECRSM/CG, suscrito por el Coordinador del Proyecto Cultural Rescate y Afirmacion de las Expresiones Culturales de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de San MORDAZA se dio cuenta ­entre otras cosas­ que el 17 de agosto del ano 1992, el Gobierno promulgo la Ley Nº 25666, creando la Region San MORDAZA, ratificada mediante Ley Nº 26922 Ley MORDAZA de Descentralizacion, que crea los Consejos Transitorios de Administracion Regional en cada uno de los Departamentos del Pais. Que en dicho periodo de 1992 a 1995, el Gobierno Regional de San MORDAZA, convoco a un Concurso de Creacion del Escudo de la Region San MORDAZA, mas no del Gobierno Regional de San MORDAZA, como lo catalogo la Comision de Fiscalizacion y Anticorrupcion del Consejo Regional de San Martin; y que en el mes de MORDAZA del ano 2001, bajo situaciones conocidas, se incendia la sede del Consejo Transitorio de Administracion Regional de San MORDAZA, quemandose tambien la informacion que hoy en dia se requiere,

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