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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (11/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Sábado 11 de abril de 2015 550399 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Sistema Administrativo IV, Nivel F-5, Jefe de la Ofi cina General de Imagen y Comunicaciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo público de confi anza; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Jimmy Armando Jara Domínguez, en el cargo de Director de Sistema Administrativo IV, Nivel F-5, Jefe de la Ofi cina General de Imagen y Comunicaciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1223257-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Multisectorial denominada “Desarrollo de las Cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, del departamento de Loreto” RESOLUCIÓN MINISTERIAL ʋ 060-2015-MIMP Lima, 9 de abril de 2015 VISTAS: La Nota ʋ 071-2015-MIMP/GA de la Jefatura del Gabinete de Asesores y la Nota ʋ 081-2015-MIMP/DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema ʋ 119-2014-PCM se conformó la Comisión Multisectorial de carácter temporal denominada “Desarrollo de las Cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, del departamento de Loreto”, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 3 de la precitada Resolución Suprema señala que la Comisión Multisectorial estará integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el artículo 4 de la mencionada norma establece que los integrantes de la Comisión Multisectorial deberán contar con un representante titular y otro alterno, designados mediante resolución del titular de la entidad a la que pertenecen; Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 409-2014- MIMP se designó al señor Mario Gilberto Ríos Espinoza, Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y al señor José María Hernando González, profesional que presta servicios en el Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, ante la Comisión Multisectorial de carácter temporal denominada “Desarrollo de las Cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, del departamento de Loreto”, conformada por Resolución Suprema ʋ 119-2014-PCM; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación de los representantes titular y alterno efectuada mediante la Resolución Ministerial ʋ 409-2014-MIMP, y designar a los nuevos representantes del MIMP ante la referida Comisión Multisectorial de carácter temporal; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo ʋ 1098 – que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo ʋ 003-2012- MIMP; y en la Resolución Suprema ʋ 119-2014-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Mario Gilberto Ríos Espinoza y del señor José María Hernando Gonzáles, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, ante la Comisión Multisectorial de carácter temporal denominada “Desarrollo de las Cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, del departamento de Loreto”, conformada por Resolución Suprema ʋ 119- 2014-PCM, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor José María Hernando González, profesional que presta servicios en el Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, y al señor Carlos Arturo Pilco Pérez, profesional que presta servicios en el Gabinete de Asesores, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, ante la Comisión Multisectorial de carácter temporal denominada “Desarrollo de las Cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, del departamento de Loreto”, conformada por Resolución Suprema ʋ 119-2014-PCM. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Presidencia de la Comisión Multisectorial de carácter temporal denominada “Desarrollo de las Cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientes y Marañón, del departamento de Loreto”, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1223237-1 RELACIONES EXTERIORES Dan término a nombramiento de Embajador como Director Regional de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0264/RE-2015 Lima, 10 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N.° 0328-2014- RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Thierry Roca-Rey Deladrier, Director Regional de la Ofi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Piura, departamento de Piura, a partir del 1 de junio de 2014; Que, por necesidad del Servicio, se requiere dar término al nombramiento del citado funcionario diplomático, como Director Regional de la Ofi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Piura, departamento de Piura; De conformidad con la Ley N.º 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modifi catorias; el Decreto Supremo N.º 020-2002-RE; el Decreto Supremo N.° 181-2002-EF; la Resolución Ministerial N.° 0579-2002-