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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (11/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Sábado 11 de abril de 2015 550401 comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, las empresas Aero Transporte S.A. y L.C. BUSRE S.A.C., han presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, las solicitudes para la evaluación de su personal aeronáutico, a ser atendidas durante el mes de abril de 2015, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Aero Transporte S.A. y L.C. BUSRE S.A.C., han cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dichas solicitudes han sido califi cadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe Nº 107- 2015-MTC/12.04, al que se anexa las respectivas Ordenes de Inspección, así como, por la citada Dirección General, según el Informe Nº 096-2015-MTC/12.04, verifi cándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 30281, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar los viajes de los siguientes inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: - Señor Francisco Alejandro Febrero Cabrejos, del 13 al 17 de abril de 2015, a la ciudad de Dallas, Estados Unidos de América - Señor Javier José Félix Alemán Urteaga, del 13 al 17 de abril de 2015, a la ciudad de Toronto, Canadá. - Señor Freddy Ralf Guzmán Milla, del 14 al 16 de abril de 2015, a la ciudad de Atlanta, Estados Unidos de América. Dichos viajes se realizan de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 096- 2015-MTC/12.04 y Nº 107-2015-MTC/12.04, de la Dirección General de Aeronáutica Civil y de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, respectivamente. Artículo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas Aero Transporte S.A. y L.C. BUSRE S.A.C., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- Los Inspectores autorizados en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados, conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 13 AL 17 DE ABRIL DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 107-2015-MTC/12.04 Y Nº 096-2015-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 807-2015- MTC/12.04 13-Abr 17-Abr US$ 660.00 AERO TRANSPORTE S.A. Febrero Cabrejos, Francisco Alejandro Dallas E.U.A. Chequeo técnico de Refresco en simulador de vuelo en el equipo PA-42, a su personal aeronáutico 3408-3409 808-2015- MTC/12.04 13-Abr 17-Abr US$ 1,100.00 LC BUSRE S.A.C. Alemán Urteaga, Javier José Félix Toronto Canadá Chequeo técnico inicial en simulador de vuelo en el equipo DASH-8, a su personal aeronáutico 4890-4891 809-2015- MTC/12.04 14-Abr 16-Abr US$ 660.00 AERO TRANSPORTE S.A. Guzmán Milla Freddy Ralf Atlanta E.U.A. Chequeo técnico de Refresco en simulador de vuelo en el equipo B-350, a su personal aeronáutico 3410-3411 1222396-1 Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Brasil, EE.UU. y Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 158-2015 MTC/01.02 Lima, 9 de abril de 2015 VISTOS: Informe No. 082-2015-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe No. 093-2015- MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley No. 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad;