Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2015 (11/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

550402
Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 4 de la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronautica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un MORDAZA de MORDAZA competencia y con estricta observancia de las normas tecnicas vigentes; Que, el numeral 8.2 del articulo 8 de la citada Ley, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil debe efectuar la supervision permanente de las operaciones aereas de los explotadores bajo su control, a fin de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al publico, un servicio de transporte aereo comercial seguro y fiable; Que, la Ley No. 28404, Ley de Seguridad de la Aviacion Civil, establece que la Direccion General de Aeronautica Civil esta facultada para regular todo lo relacionado a la seguridad de la aviacion y es responsable de la elaboracion, puesta en ejecucion, vigilancia y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviacion Civil; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC, en su articulo 14 establece que los inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley, son competentes segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicados en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar los viajes de los Inspectores de la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil acreditados en el Informe No. 082-2015-MTC/12.04 e Informe No. 093-2015-MTC/12.04, para que en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley No. 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones tecnicas de vigilancia a que se contraen las Ordenes de Inspeccion respectivas; Que, los gastos por concepto de viaticos, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, habiendo emitido la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la Certificacion de Credito Presupuestario respectiva, de conformidad con lo establecido en el articulo 77 del Texto Unico Ordenado de la Ley No. 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por el Decreto Supremo No. 3042012-EF;

El Peruano Sabado 11 de MORDAZA de 2015

De conformidad con la Ley No. 30281, la Ley No. 27619 y el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, y; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar los viajes de inspeccion tecnica de vigilancia de los inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil, como se detalla a continuacion: - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 14 al 17 de MORDAZA de 2015 a la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 14 al 17 de MORDAZA de 2015 a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de America. - Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 21 al 25 de MORDAZA de 2015 a la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil. - Senor MORDAZA Chicoma MORDAZA, del 21 al 24 de MORDAZA de 2015 a la MORDAZA de MORDAZA de Cali, Republica de Colombia. Dichos viajes se efectuaran de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en los Informes No. 082-2015-MTC/12.04 y No. 093-2015-MTC/12.04 de la Direccion General de Aeronautica Civil y de la Direccion de Seguridad Aeronautica, respectivamente. Articulo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en la presente Resolucion Ministerial, deberan presentar dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuados los viajes, un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no otorgara derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Revision: Original Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR PLAN DE VIGILANCIA INTERNACIONAL DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES ASIGNADAS A LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - LEY N° 27261. COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 14 AL 25 DE MORDAZA DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 093-2015-MTC/12.04 Y Nº 082-2015-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCION Nº 588-2015MTC/12.04 INICIO FIN VIATICOS (US$) US$ 1,110.00 SOLICITANTE INSPECTOR MORDAZA MORDAZA DETALLE Fecha: 30.08.10

14-Abr

17-Abr

MTC

MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

Rio de Janeiro

Inspeccion tecnica de Estacion de Republica linea de la empresa TACA Peru, segun Federativa del Plan de Vigilancia de la seguridad Brasil operacional DGAC. Inspeccion de la Organizacion de Mantenimiento Aprobada Extranjera (OMAE) ­ FJ TURBINE POWER, segun plan de vigilancia de la seguridad operacional DGAC.

589-2015MTC/12.04

14-Abr

17-Abr

US$ 1,760.00

MTC

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Miami

E.U.A.

590-2015MTC/12.04

21-Abr

25-Abr

US$ 1,110.00

MTC

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Brasilia

Inspeccion tecnica de Estacion de Republica linea de la empresa TACA Peru, segun Federativa del plan de vigilancia de la seguridad Brasil operacional DGAC. Inspeccion tecnica de Estacion de linea de las empresas LAN Peru y TACA Peru, segun plan de vigilancia de la seguridad operacional DGAC.

591-2015MTC/12.04

21-Abr

24-Abr

US$ 1,480.00

MTC

MORDAZA Chicoma MORDAZA

MORDAZA de Republica de Cali Colombia

1222397-1

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