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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (11/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Sábado 11 de abril de 2015 550400 RE y sus modifi catorias, y el artículo 17 de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1. Dar término al nombramiento del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Thierry Roca- Rey Deladrier, como Director Regional de la Ofi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Piura, departamento de Piura, con efi cacia anticipada, el 5 de abril de 2015. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ÁLVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura Encargada del Despacho de Relaciones Exteriores 1222803-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Precisan que cargo tiene la denominación de Director General, Nivel Remunerativo F-5, de la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 078-2015-TR Lima, 9 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 071-2014- TR de fecha 16 de abril de 2014, se designó al señor Hernan Eduardo Pena en el cargo Director General, Nivel Remunerativo F-5, de la Dirección General de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, a través del Decreto Supremo Nº 004-2014-TR de fecha 20 de abril de 2014, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del cual se establecen cambios en su estructura organizacional; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del referido Decreto Supremo, faculta al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a establecer mediante resolución ministerial las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada implementación de su Reglamento de Organización y Funciones – ROF; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 103-2014-TR de fecha 02 de junio de 2014, se establece que la designación al cargo de Director General de la Dirección General de Inspección del Trabajo mantiene su vigencia en tanto se apruebe el nuevo Cuadro de Asignación de Personal – CAP, siendo que el citado funcionario ejercerá las funciones de Director General de Políticas de Inspección del Trabajo, previstas en el artículo 58 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 072-2015- TR de fecha 27 de marzo de 2015, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde precisar que el cargo de Director General, Nivel Remunerativo F-5, de la Dirección General de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir de la vigencia del Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tiene la denominación de Director General, Nivel Remunerativo F-5, de la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con la visación del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Precisar que el cargo de Director General, Nivel Remunerativo F-5, de la Dirección General de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir de la vigencia del Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 072-2015-TR, tiene la denominación de Director General, Nivel Remunerativo F- 5, de la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2.- Disponer que la designación efectuada al funcionario HERNAN EDUARDO PENA, mediante Resolución Ministerial Nº 071-2014-TR, mantiene plena vigencia desde su publicación, salvo en lo referente a la denominación del cargo anotada en el artículo precedente. Artículo 3.- Dejar sin efecto los actos de administración que se opongan a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1223232-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU y Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 157-2015 MTC/01.02 Lima, 9 de abril de 2015 VISTOS: Las solicitudes de las empresas Aero Transporte S.A. con expediente Nº 2015-010768 del 18 de febrero de 2015 y expediente Nº 2015-010774 del 18 de febrero de 2015, y L.C. BUSRE S.A.C. con P/D No. 039540 del 04 de marzo de 2015, y los Informes No. 096-2015-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 107- 2015-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección General de Aeronáutica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que