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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (17/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

El Peruano Viernes 17 de abril de 2015 550806 materia de Deporte, Salud y Educación, los días del 19 al 26 de abril del 2015 y suscribir convenios de cooperación, en los temas en mención, adjuntándose los respectivos informes y documentación sustentaría. Que, en sesión extraordinaria de Consejo Regional de Tacna de fecha 13 de abril del 2015 al tratarse el punto de agenda: “Autorización de viaje al exterior del Gobernador Regional de Tacna y de la Gerente Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna”, se señaló entre otros argumentos consignados en el acta respectiva que por motivos de austeridad y considerando que las gerencias regionales son cargos de confi anza los cuales a la fecha han sido puestos a disposición, solo correspondería autorizar el viaje al Gobernador Regional de Tacna. Que, además de los antecedentes remitidos se puede apreciar que resulta de importancia la visita a la República de Cuba del Gobernador Regional por cuanto el intercambio de experiencia, conociendo el adelanto tecnológico en temas de educación, salud y deporte que viene implementando Cuba con excelentes resultados, sería un precedente para poder activar este modelo; asimismo, es de primordial importancia contar con convenios internacionales de diversos rubros para potenciar nuestra región y que las reuniones propuestas con los distintos sectores convocados por la Embajada de Cuba daría lugar a la fi rma de Convenios de Cooperación de importancia para la región; convenios que sólo pueden ser fi rmados por el Gobernador Regional; por lo que, se justifi ca su asistencia a la antes referida invitación. Que, con la Carta EC-35/2015 de fecha 03 de marzo del 2015 emitida por la Embajada de la República de Cuba; el Informe Nº 007-2015-GGR/GOB.REG.TACNA de fecha 25 de marzo del 2015 emitido por la Gerencia General Regional; el Informe Nº 427-2015-ORAJ/GOB. REG.TACNA de fecha 27 de marzo del 2015 emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 451- 2015-ORAJ/GOB.REG.TACNA de fecha 31 de marzo del 2015 emitido por la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; el Informe Nº 059-2015-GRPPAT-SGCTI/GOB.REG. TACNA de fecha 08 de abril del 2015 emitido por la Sub Gerencia de Cooperación Técnica Internacional; el Ofi cio Nº 584-2015-SGPRE-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de fecha 08 de abril del 2015 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Por lo expuesto, estando a lo debatido y aprobado por el Pleno del Consejo Regional de Tacna, por mayoría en Sesión Extraordinaria de la fecha, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, el Pleno del Consejo Regional; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicio al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, Dr. Omar Gustavo Jiménez Flores, a partir del día 19 al 26 de Abril del 2015, a la ciudad de la Habana, República de Cuba con el objetivo de abordar temas de agenda bilateral en materia de Deporte, Salud y Educación. Artículo Segundo.- DISPONER que el comisionado presente al Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos como producto del viaje autorizado; asimismo, la rendición de cuentas de acuerdo a Ley dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Tacna disponga las acciones necesarias y complementarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo Regional. Artículo Cuarto.- DISPENSAR el presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Quinto.- DIFUNDIR el contenido del presente en el Portal Electrónico de la institución, conforme lo dispone el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y DISPONER su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, ello en mérito a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. POR TANTO: Mando se registre, notifi que, difunda y cumpla. SANTOS PABLO AGAMA Presidente Consejo Regional de Tacna 1225407-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Establecen cronograma de actividades a realizar durante el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2016 y dictan otras disposiciones DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2015-MPL-A Pueblo Libre, 31 de Marzo de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: El Informe Nº 035-2015-MPL/GPP de fecha 26 de marzo de 2015 emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y. CONSIDERANDO: Que, los artículos 197º y 199º de La Constitución Política del Perú, modifi cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre descentralización, establecen que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la Participación Vecinal en el desarrollo local, formulan sus Presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente bajo responsabilidad conforme a Ley; Que, mediante Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y Decreto Supremo Nº 142- 2009-EF-, Reglamento del Presupuesto Participativo, se regula el Proceso del Presupuesto Participativo de acuerdo a lo Establecido en la precitada Ley Marco y su modifi catoria, Ley Nº 29298. El Presupuesto Participativo es un proceso que fortalece las relaciones Estado- Sociedad mediante el cual se defi nen prioridades sobre las acciones o proyectos de inversión a implementarse en el nivel de Gobierno Local, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01 se aprueba “Instructivo Nº 001-2010-EF-EF/6.01- Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, el mismo que está orientado a resultados con la fi nalidad que las intervenciones estén claramente articulados a productos y resultados específi cos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando inefi ciencias en la asignación de recursos públicos; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 079- MPL del 25 de junio 2010, se aprobó el “Plan de Desarrollo Concertado de Pueblo Libre 2010-2021”, el cual constituye el instrumento orientador a partir del cual deben fi jarse las prioridades de los respectivos Presupuestos Participativos y soluciones a los principales problemas, de forma tal que se pueda cumplir y alcanzar con los Objetivos y la Visión del Desarrollo contemplados en el “Plan de Desarrollo Concertado de Pueblo Libre 2010-2021”.