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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (17/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 37

El Peruano Viernes 17 de abril de 2015 550807 Que, mediante Ordenanza Nº 357-MPL del 15 de Marzo de 2011 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el día 23 de Marzo 2011, se aprobó el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo en la jurisdicción del Distrito de Pueblo Libre; Que, la referida Ordenanza Nº 357-MPL, que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo en la jurisdicción del Distrito de Pueblo Libre, señala que “Anualmente, la programación del respectivo proceso de Presupuesto Participativo se desarrollará según la Convocatoria y Cronograma que mediante Decreto de Alcaldía efectuará el Alcalde; Que, la primera Disposición Complementaria de la Ordenanza 357-MPL, que aprueba el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo en la jurisdicción del Distrito de Pueblo Libre, señala “Autorizar al señor Alcalde, dictar mediante Decreto de Alcaldía medidas complementarias para el mejor desarrollo de las acciones del Proceso del Presupuesto Participativo, si fuese necesario”; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala entre otros aspectos que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas; En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- ESTABLECER el Cronograma de Actividades a realizar durante el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo para el Ejercicio Fiscal 2016, quedando conforme al Anexo que se adjunta. Artículo Segundo.- CONFORMAR el “Equipo Técnico” responsable de impulsar, desarrollar, conducir y consolidar el “Presupuesto Participativo Basado en Resultados, Año Fiscal 2016”, el cual estará integrado por los siguientes miembros: • Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quien lo preside. • Gerente de Participación Vecinal. • Gerente de Desarrollo Distrital. • Gerente de Desarrollo Social y DEMUNA • Gerente de Seguridad Ciudadana. • Gerente de Educación Cultura y Deporte. Artículo Tercero.- ESTABLECER el Rol del “Equipo Técnico”, según lo determinado por el numeral 5.5º de la Ordenanza Nº 357-MPL, que dice lo siguiente: a. Brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso. b. Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo. c. Realizar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos propuestos. d. Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y fi nanciera. e. Otros que disponga el Titular del Pliego. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Participación Vecinal, Gerencia de Desarrollo Distrital, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Social y DEMUNA y Gerencia de Educación Cultura y Deporte, el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión del Cronograma aprobado, a la Secretaria General y Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional www.muniplibre.gob. pe, respectivamente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JHONEL LEGUIA JAMIS Alcalde 1225032-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Aprueban la modificación de la Estructura Orgánica de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2015/MDPN Punta Negra, 27 de febrero del 2015 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Punta Negra, en sesión ordinaria de la fecha; VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de febrero de 2015, Memorándum Nº 017-2015-GM/MDPN de la Gerencia Municipal de fecha 24 de febrero de 2015, Informe Técnico Nº 003-2015-SG.PPFP/MDPN de fecha 24 de febrero de 2015 emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Formulación de Presupuesto, el Informe Legal Nº 012-2015-GAJ/ MDPN de fecha 24 de febrero de 2015, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Proveído Nº 057-15-GM de fecha 21 de febrero de 2015 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 041-2015-SGRRFT-GAT/MDPN de fecha 17 de febrero de 2015 de la Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, en concordancia con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización; Que, del mismo modo, la Carta Magna en su artículo 195º numeral 1) estipula que los gobiernos locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el artículo 9º, numeral 03) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que dentro de las atribuciones del Concejo Municipal se encuentra la de: “aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local”; Que, el artículo 26º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala en relación a la estructura municipal, que ésta adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, gerencia, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; y se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, efi cacia, participación y seguridad ciudadana, y por los principios contenidos en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, con fecha 24 de febrero de 2015, en sesión ordinaria de Concejo, se emitió el Acuerdo de Concejo Nº 010-2015-CMDPN que conviene en APROBAR la aplicación de la Ordenanza Nº 984-MML y su modifi catoria de la Municipalidad Metropolitana de Lima denominada “Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la Función Fiscalizadora”. Asimismo se PRECISA que en tanto se implemente la Gerencia de Fiscalización y Control, y la Sub Gerencia de Operaciones y Fiscalización, las funciones serán asumidas por la Gerencia de Administración Tributaria y la Sub Gerencia de Recaudación, Registro y Fiscalización Tributaria, respectivamente; Que, la Ordenanza Nº 984-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, señala a la Gerencia de Fiscalización y Control como la encargada de conducir, supervisar y evaluar las operaciones de fi scalización y las actividades de investigación y difusión y de control de sanciones. Y a la Subgerencia de Operaciones