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El Peruano Viernes 17 de abril de 2015 550808 y Fiscalización como la encargada de promover de ofi cio o a pedido de parte el inicio del procedimiento sancionador. Y al ser la aplicación de esta norma de carácter Metropolitano de acuerdo a su artículo 2º, resulta de imperiosa necesidad por especialidad, economía, simplifi cación y unidad de criterio crear ambas áreas que tendrán a su cargo el cumplimiento del Acuerdo de Concejo Nº 010-2015-CMDPN, recientemente tomado; Que, el literal c) del artículo 22º, del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, señala como criterios que justifi can la creación de unidades orgánicas, entre otros, si se establece, por la naturaleza de las funciones a desarrollar, la necesidad de independizar ciertos servicios o tareas; Que, el artículo 26º, del mismo cuerpo legal, señala que la estructura orgánica y denominación de los órganos en el caso de los Gobiernos Regionales o Locales se rigen por lo establecido en su respectiva Ley Orgánica. Añadiendo el artículo 28º, en su literal e), que se requiere la aprobación del ROF, cuando se modifi ca el marco legal sustantivo que conlleve una afectación de la estructura orgánica o modifi que total o parcial las funciones previstas para la entidad -como es en el presente caso-, requiriéndose para su aprobación de acuerdo al artículo 29º, ampararse en un Informe Técnico Sustentatorio; Que, cabe indicar que una vez aprobado el nuevo ROF se requiere la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), y el Manual de Perfi les de Puestos (MPP), ésta última en concordancia con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 161-2013-SERVIR/PE, de fecha 27 de septiembre de 2013, emitido por SERVIR; Que, mediante Informe Nº 012-2015-GAJ/MDPN de fecha 24 de febrero 2015 la Gerencia de Asesoría Jurídica opina en forma favorable la unifi cación de su despacho con la Secretaría General e Imagen Institucional en razón a que en la actualidad la Secretaría General e Imagen Institucional con funcionario designado y la Gerencia de Asesoría Jurídica con encargatura, siendo uno órgano de apoyo y el otro órgano de asesoramiento, no son incompatibles sus funciones, más aun si de acuerdo a los niveles jerárquicos señalados por el artículo 10º, literal g) del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - (ROF) por parte de las entidades de la Administración Pública”, ambas se encuentran en el segundo nivel. Por lo que, no es incompatible su fusión. Denominándose la nueva unidad orgánica como Secretaria General y Asesoría Jurídica; Que, asimismo, dicha gerencia informa que resultaría necesario fusionar la Jefatura de Trámite Documentario con la Jefatura de Archivo, por cuanto la primera cumple la función de recepción y derivación de expedientes administrativos, y la segunda cumple funciones de guarda y cuidado de dichos expedientes administrativos una vez concluido los procedimientos internos. Encontrándose ambas de acuerdo al artículo 10º, literal g) del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, en el tercer nivel. Por lo que, no es incompatible su fusión. Denominándose la nueva unidad orgánica como Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo; Que, fi nalmente, recomienda que deberá integrarse funcionalmente a la Secretaria General y Asesoría Jurídica, la Sub Gerencia de Registro Civil, dado que ésta realiza actos que tienen que ver necesariamente con el registro de nacimientos, matrimonios y disolución del vínculo matrimonial en aplicación de la Ley Nº 29227, que requieren participación de la máxima autoridad de la comuna como es el Alcalde en los dos últimos casos mencionados. Razón por la cual, corresponde que funcionalmente esté subordinada a la unidad orgánica propuesta; Que, ambas fusiones –antes indicadas- permitirían la creación tanto de la Gerencia de Fiscalización y Control como de la Sub Gerencia de Operaciones y Fiscalización; y una vez emitido el Informe Técnico Sustentatorio, en concordancia con el artículo 33º del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se requiere un informe previo favorable para su aprobación, elaborado por la Gerencia Municipal, quien en concordancia con el acápite c), literal iii) del mismo artículo, verifi cará que el proyecto de ROF propuesto y los informes técnicos remitidos se ajusten a lo dispuesto por los lineamientos para la Elaboración y Aprobación del ROF y por la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y emitirá el Informe Previo; Que, mediante Informe Técnico Nº 003-2015- SG.PPFP/MDPN de fecha 24 de febrero de 2015 emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Formulación de Presupuesto opina favorablemente sobre el diseño de la “Nueva Estructura Orgánica” planteada, ya que se ha efectuado sobre la base de criterios la que se ha formulado en base a un análisis funcional, estructural, de no duplicidad de funciones, de consistencia y de efecto presupuestal, conforme a lo dispuesto en los artículos 30º y 31º del Decreto Supremo Nº 43-2006- PCM. Esta ofi cina expone que el diseño de la “Nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad de Punta Negra” se encuentra acorde de la normatividad vigente. Asimismo, recomienda modifi car el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y demás instrumentos de gestión de esta comuna; Que, mediante Memorándum 017-2015-GM/MDPN de fecha 24 de febrero de 2015 la Gerencia Municipal informa opinando en forma favorable concluyendo que es viable la creación e implementación de la Gerencia de Fiscalización y Control y la Sub Gerencia de Operaciones y Fiscalización por desconcentración administrativa, la unifi cación de la Secretaria General e Imagen Institucional con la Gerencia de Asesoría Jurídica, al no encontrarse incompatibilidad en las funciones que realiza la integración de la Sub Gerencia de Registro Civil a la nueva área de Secretaría General y Asesoría Jurídica por existir mayor compatibilidad de competencias administrativas, y fi nalmente agregar la denominación de “Medio Ambiente” a la Sub Gerencia de Limpieza Pública Parques - Jardines y Maestranza para que asuma las funciones respectivas de dicha denominación; Que, constituye uno de los fi nes de la gestión establecer políticas de saneamiento que satisfaga la ejecución de proyectos dirigidos a optimizar la recolección de los residuos sólidos, construcción de rellenos sanitarios, conforme a la normatividad regulada en materia ambiental que resulta imperativa para los gobiernos locales; Que, debiéndose aprobar el ROF por Ordenanza Municipal, a través del Concejo Municipal; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º numeral 8), 39º y 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Pleno de Concejo Municipal aprobó POR UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación de la Ordenanza Nº 009-2007/MDPN que aprueba la “Estructura Orgánica de la Municipalidad de Punta Negra” y sus modifi catorias, Ordenanza Nº 010-2007/MDPN de fecha 26 de mayo de 2007 y Ordenanza Nº 001-2011/MDPN de fecha 15 de enero 2011; así como aprobar la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la entidad, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR la unifi cación de la unidad orgánica de Secretaria General e Imagen Institucional con la Gerencia de Asesoría Jurídica en una sola unidad orgánica denominada “Secretaria General y Asesoría Jurídica”. Artículo Tercero.- APROBAR, la creación e implementación por desconcentración administrativa la Gerencia de Fiscalización y Control, y la Sub Gerencia de Operaciones y Fiscalización. Artículo Cuarto.- APROBAR, la unifi cación de la unidad orgánica de Jefatura Trámite Documentario con la Jefatura de Archivo, pasando a formar parte de la nueva Unidad Orgánica de “Secretaria General y Asesoría Jurídica”. Artículo Quinto.- INTEGRAR, la Sub Gerencia de Registro Civil a la Secretaria General y Asesoría Jurídica por afi nidad en la función que realiza. Artículo Sexto.- INTEGRAR la denominación “Medio Ambiente” a la Sub Gerencia de Limpieza Pública, Parques – Jardines y Maestranza, para que dicha área se encargue funcionalmente de las competencias relativas a dicha denominación. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Autorizar al señor Alcalde para que mediante