Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2015 (19/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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persona distinta a las mencionadas, siempre que acredite su representacion mediante poder, por documento publico o privado con firma legalizada por Notario o Fedatario designado por la municipalidad. 4. La Subgerencia de Movilidad MORDAZA y Seguridad Vial formulara el acta de entrega del vehiculo o bien internado. Se entregara el original al propietario del bien, una MORDAZA a la autoridad que dispone la liberacion y una MORDAZA para la Subgerencia de Movilidad MORDAZA y Seguridad Vial. Articulo 10º.- De la permanencia de los vehiculos o bienes internados Los vehiculos o bienes internados por alguna de las causales senaladas en el articulo 7 de la presente ordenanza, permaneceran en el deposito hasta que: a) El propietario o titular del vehiculo o bien cumpla con el pago de la sancion administrativa pecuniaria impuesta, o con el pago de la deuda tributaria materia del procedimiento coactivo que motivo el internamiento. b) Se ponga termino o se produzca alguna de las causales de suspension del procedimiento coactivo, tal como lo dispone el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva, y sus modificatorias. DISPOSICIONES FINALES, TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Precisar que la ubicacion del deposito municipal autorizado para el internamiento de vehiculos motorizados, no motorizados y otros bienes muebles sera detallada en el Acta de Internamiento (Anexos 1 o 2, segun corresponda), por ser el documento oficial que acredita el internamiento de dichos bienes, siendo responsable de su elaboracion la Subgerencia de Movilidad MORDAZA y Seguridad Vial. Segunda.- Aprobar los formularios denominados: "Anexo 1: Acta de Internamiento y Situacion Vehicular", "Anexo 2: Acta de Internamiento y Situacion de Bienes", "Anexo 3: Solicitud de Liberacion" y "Anexo 4: Acta de entrega de vehiculo o bien embargado", los que forman parte de la presente ordenanza. Tercera.- Modificar la denominacion de los conceptos previstos en el Anexo de la Ordenanza Nº 066-99-MM, que aprueba el Arancel de Gastos y Costas de los Procedimientos de Ejecucion Coactiva de la Municipalidad

El Peruano MORDAZA 19 de MORDAZA de 2015

de Miraflores, quedando redactado de la siguiente manera: Anexo "Concepto (...) 17. Remocion e internamiento de vehiculo, asi como otros actos de coercion o ejecucion forzosa. 18. Por levantamiento de gravamen, orden de captura, internamiento o liberacion de vehiculo u otros bienes. (...) 27. Por deposito de vehiculos y otros bienes embargados, por dia. (...)" Cuarta.- Modificar el articulo 28 de la Ordenanza Nº 376/MM, que aprueba el Regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Miraflores, a efectos de incorporar el numeral 28.8 que quedara redactado de la siguiente manera: "Articulo 28.- De la imposicion de las sanciones y medidas complementarias (...) 28.8 Retiro o remocion de Vehiculo.- Consiste en internar, temporalmente, en el deposito municipal autorizado, los vehiculos que se encuentren estacionados o en estado de abandono en la via publica, en espacios publicos como jardines, areas verdes, parques, veredas o similares del distrito, que afecten o impidan la conservacion del ornato, perjudiquen o impidan la limpieza publica, obstaculicen la recuperacion de las areas publicas, impidan el ingreso o salida de vehiculos a los predios, generen afectacion objetiva y/o amenaza a la salud o seguridad publica, impidan el entorno MORDAZA y la imagen del distrito, o cualquier otra situacion que ponga en riesgo la seguridad de los vecinos. El Ejecutor Coactivo competente levantara el Acta de Ejecucion Forzosa, dejando MORDAZA detallada de los datos y estado del vehiculo; asimismo, consignara el nombre y firma del presunto propietario del mismo. En caso de negarse a firmar o sea rechazado, se dejara MORDAZA de tal hecho en el acta, con la firma del Policia participante y del Auxiliar Coactivo competente". Quinta.- Modificar el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) de la Municipalidad de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Nº 376/MM, en lo siguiente: MEDIDA O SANCION COMPLEMENTARIA Remocion o retiro inmediato del vehiculo y, de ser el caso, el decomiso de los bienes que hubiera en el interior.

COD.

DESCRIPCION DE LA INFRACCION

MULTA EN PROPORCION A LA UIT VIGENTE CATEGORIA I 1.00 II 1.00 III 1.00 IV 1.00 V 1.00

GRADUALIDAD

05-101 Por arrojar desperdicios, desmonte y/o maleza en la MORDAZA de los malecones y/o acantilados y/o circuitos de playas y/o MORDAZA balnearia. 05-106 Arrojar desechos solidos, papeles, materia organica, animales muertos, desmonte, maleza, poda, residuos y/o desperdicios en general en la via publica, terrenos sin construir, parques o en areas verdes. 05-110 Transportar los residuos solidos en vehiculos no autorizados o que no reunan los requisitos tecnicos establecidos. 05-112 Registrar, rebuscar y/o segregar residuos en cualquiera de los puntos correspondientes al MORDAZA del aseo MORDAZA, recojo de basura o limpieza publica.

MUY GRAVE

0.50

0.50

0.50

0.50

0.50

Remocion o retiro inmediato del vehiculo y, de ser el caso, el decomiso de los bienes que hubiera en el interior.

MUY GRAVE

0.20

0.20

0.20

0.20

0.20

Remocion o retiro inmediato del vehiculo y decomiso de los residuos.

MUY GRAVE

0.20

0.20

0.20

0.20

0.20

Remocion o retiro inmediato del vehiculo y retencion de residuos solidos recolectados.

MUY GRAVE

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