Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2015 (19/04/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA 19 de MORDAZA de 2015

550989
MULTA EN PROPORCION A LA UIT VIGENTE CATEGORIA I 0.30 II 0.30 III 0.30 IV 0.30 V 0.30 MEDIDA O SANCION COMPLEMENTARIA Remocion o retiro inmediato del vehiculo.

COD.

DESCRIPCION DE LA INFRACCION

GRADUALIDAD

05-223 Por utilizar vehiculos no convencionales como: bicicletas, triciclos a pedal o motorizado y motofurgon, en el desarrollo de las actividades que realizan los operadores de residuos solidos. Por ocasionar ruidos molestos y constantes provenientes de 07-130 alarmas de vehiculos. 12-103 Consumir bebidas alcoholicas en la via publica y/o el interior de vehiculos estacionados en la misma, o dar facilidades para el consumo del mismo en la via publica. 12-105 Por estacionar vehiculos en la via publica en forma ininterrumpida e injustificada por mas de siete (07) dias. 12-113 Por estacionar vehiculos sobre parques, veredas o en parte de ellas, entorpeciendo el libre paso peatonal o cuya ubicacion limite la entrada o salida de vehiculos de los predios.

GRAVE

0.50 0.70

0.50 0.70

0.50 0.70

0.50 0.70

0.50 0.70

Remocion o retiro inmediato del vehiculo. Remocion o retiro inmediato del vehiculo y, en caso de corresponder, decomiso de los bienes que hubiera en el interior. Remocion vehiculo. o retiro del

MUY GRAVE MUY GRAVE

0.20

0.20

0.20

0.20

0.20

MUY GRAVE

0.15

0.15

0.15

0.15

0.15

Remocion o retiro inmediato del vehiculo.

MUY GRAVE

Sexta.- Facultar al MORDAZA para que, mediante decreto de alcaldia, dicte las normas tecnicas y/o reglamentarias necesarias para la mejor implementacion de la presente ordenanza. Setima.- Derogar cualquier dispositivo que resulte contrario a la presente ordenanza. Octava.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administracion Tributaria, a traves de su area competente, y a las Subgerencias de Movilidad MORDAZA y Seguridad Vial, y de Fiscalizacion y Control, segun lo que a cada una corresponde. Novena.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano", y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen

Institucional su publicacion en el MORDAZA Institucional (www. miraflores.gob.pe). Decima.- La presente ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion, debiendo adecuarse a esta los procedimientos de ejecucion forzosa en tramite. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1225334-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Emiten opinion favorable respecto al cambio especifico de zonificacion de diversos predios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2015-MDSJL/CM San MORDAZA de Lurigancho, 15 de MORDAZA de 2015 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 15 de MORDAZA de 2015, el Memorandum Nº 0619-2015-GDU/ MDSJL del 8 de MORDAZA de 2015 y el Informe Nº 0120-2015SGPUC/MDSJL, de fecha 7 de MORDAZA de 2015, respecto a Cambio Especifico de Zonificacion de predios; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 (en adelante la

LOM), concordante con el articulo 194º de la Constitucion Politica, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establecen que las Municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el articulo 41º de la LOM senala que, los acuerdos son decisiones que toma el concejo referidos a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresen la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional, y del MORDAZA ejecutar dichos acuerdos, bajo responsabilidad, conforme al numeral 3) del articulo 20º de la LOM; Que, el articulo 195º inciso 6, de la Carta Fundamental reconoce que los gobiernos locales promueven el desarrollo local en MORDAZA con las politicas nacionales, consecuentemente planifican el desarrollo MORDAZA de su circunscripciones, incluyendo la zonificacion y urbanismo; Que, la MORDAZA constitucional citada obtiene desarrollo legal a traves del articulo 73º numeral 1.5 de la LOM que establece que, los gobiernos locales asumen las competencias y ejercen funciones especificas, como es la Organizacion del Espacio Fisico y Usos del Suelo en sus respectivas jurisdicciones, la cual comprende el acondicionamiento territorial. Asimismo el articulo 79º numeral 3.1 de la LOM, establece que compete a las municipalidades distritales: "Aprobar el plan MORDAZA o rural distrital, segun corresponda, con sujecion al

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.