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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (24/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 110

El Peruano Viernes 24 de abril de 2015 551328 - Director de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección Regional de Salud Cajamarca. Quinto : ESTABLECER como funciones de la Comisión Técnica de Acompañamiento del CRIIS, las siguientes: - Realizar las coordinaciones interinstitucionales necesarias y pertinentes para impulsar las inversiones priorizadas en salud. - Brindar soporte técnico al CRIIS, en cuanto a evaluar y priorizar los proyectos de inversión. - Contar con información actualizada y necesaria para el desarrollo del CRIIS. Sexto: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, Dirección Regional de Salud y áreas competentes del Gobierno Regional Cajamarca la difusión, implementación y monitoreo, a fi n de dar cumplimiento a la Presente Ordenanza Regional. Sétimo: ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www. regioncajamarca.gob.pe). Octavo: La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. DADO EN LA SEDE INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. CÉSAR AUGUSTO ALIAGA DÍAZ Presidente Regional (e) 1227899-1 Aprueban Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del año fiscal 2015 del Gobierno Regional de Cajamarca ACUERDO REGIONAL N° 079-2014-GR.CAJ-CR Cajamarca, 29 de diciembre de 2014 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Novena Sesión Extraordinaria de fecha 29 de diciembre del año 2014; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen N° 029-2014-GR.CAJ-CR/COAJ-COP, Proyecto de Acuerdo Regional que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del año fi scal 2015; con el voto mayoritario del Pleno, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en el artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia… y en el artículo 192° se establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: 1) Aprobar su organización interna y su Presupuesto; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° precisa la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia y en el artículo 35° literal c) establece como competencias exclusivas: Aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto; Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, en el numeral 10.1 del artículo 10º establece son competencias exclusivas de acuerdo al artículo 35º de la Ley Orgánica de Bases de la Descentralización Nº 27783, las siguientes: literal c) Aprobar su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el inciso b) numeral 53.1, artículo 53º, establece que para la aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Regionales, el Titular del Pliego propone dicho proyecto al Consejo Regional para su aprobación mediante Acuerdo, siendo posteriormente promulgado a través de Resolución Ejecutiva Regional; y, en el literal a) numeral 54.1 del artículo 54º se establece el plazo de la promulgación o aprobación y presentación de los presupuestos institucionales de apertura, que se promulgan o aprueban, según sea el caso, sus respectivos presupuestos dentro de un plazo que vence el 31 de diciembre de cada año fi scal anterior a su vigencia. La resolución aprobatoria del Presupuesto Institucional de Apertura debe estar detallada a nivel de ingresos y de egresos, por Unidad Ejecutora, de ser el caso, por Función, Programa, Subprograma, Actividad, Categoría de Gasto, Grupo Genérico de Gasto y Fuente de Financiamiento; Que, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, contiene los Anexos del 1 al 4 que forman parte de la Resolución del Presupuesto Institucional de Apertura del pliego Presupuestario y que el Ministerio de Economía y Finanzas a través del Ofi cio Circular Nº 008-2014-EF/50.03 hizo llegar los reportes ofi ciales de la indicada Ley, conteniendo los montos de Ingresos, Gastos, Estructura Funcional Programática y la Estructura Funcional del Pliego 445 Gobierno Regional Cajamarca, según el siguiente detalle: Anexo 1: “Presupuesto Institucional de Apertura de los Ingresos por Partidas” que contiene el desagregado del presupuesto de ingresos a nivel de Pliego y específi cas del ingreso por cada fuente de fi nanciamiento excepto el correspondiente a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios. Anexo 2: “Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos” que contiene el desagregado del presupuesto de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica del Gasto y Fuentes de Financiamiento. Anexo 3: “Estructura Programática” que contiene la estructura del pliego a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto y Actividad/ Obra/ Acción de inversión. Anexo 4: “Estructura Funcional” que contiene la estructura del pliego a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional y Grupo Funcional. Que, mediante Informe Nº 175-2014-GR-CAJ-GRPPAT/ SGPT, del 19 de diciembre del dos mil catorce, el Gerente de Presupuesto Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, Econ. Luis A. Vallejos Portal, remite al Presidente Regional del Gobierno Regional Cajamarca, Dr. César Augusto Aliaga Díaz, el Informe Técnico para la Aprobación del Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 445 Gobierno Regional Cajamarca, para el Año Fiscal 2015, en el que emite opinión, señalando que se apruebe el Presupuesto Institucional de Apertura 2015 (PIA) del Pliego 445 del Gobierno Regional Cajamarca, por un monto total por toda fuente de fi nanciamiento de S/. 1, 020,111.428 Nuevos Soles, según el siguiente detalle: CATEGORIA DEL GASTO EN NUEVOS SOLES Gastos Corrientes 930,190.712.00 Gastos de Capital 52,982.716.00 Servicio de la Deuda 30,938.000.00 -------------------------- TOTAL S/.1,020,111.428.00 Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 005-2014-GR.CAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero: APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del año fi scal 2015 del Gobierno Regional