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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (24/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 112

El Peruano Viernes 24 de abril de 2015 551330 la materia asegure el conjunto de reformas institucionales necesarias en el proceso de modernización; Que, la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, luego de analizar y debatir el tema, procede a emitir el Dictamen Nº 02-2014-GRHCO-CR/CPPPAT- AL de fecha 12 de marzo del 2015,a través del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: “DECLARATORIA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL EL PROCESO DE MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÒN PÚBLICA Y LA IMPLEMENTACIÓN INTENSIVA DEL GOBIERNO ELECTRÓNICO EN EL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO”, Dictamen que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en la Sesión Extraordinaria Descentralizada de fecha 16 de marzo del 2015; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a), del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es atribución del Consejo Regional, aprobar modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 38º de la Ley No. 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 36º, 37º literal a) y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por las Leyes Nos 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional Huánuco, en Sesión Extraordinaria Descentralizada de la fecha, ha aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: APROBAR LA DECLARATORIA DE NECESIDAD PÚBLICA E INTERÉS REGIONAL EL PROCESO DE MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN PÚBLICA Y LA IMPLEMENTACIÓN INTENSIVA DEL GOBIERNO ELECTRÓNICO EN EL GOBIERNO REGIONAL HUÀNUCO Artículo Primero.- DECLARAR, DE NECESIDAD PÙBLICA E INTERÈS REGIONAL EL PROCESO DE MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÒN PÚBLICA Y LA IMPLEMENTACIÒN INTENSIVA DEL GOBIERNO ELECTRÓNICO EN EL GOBIERNO REGIONAL HUÀNUCO, acción que tiene como alcance el ámbito de la Gestión Pública del Gobierno Regional y sus Instancias desconcentradas y descentralizadas. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Huánuco la inmediata formulación e implementación del Plan de Modernización e Innovación de la Gestión Publica Regional en el Gobierno Regional Huánuco – PMIGPR, en el Gobierno Regional de Huánuco, así como de la hoja de ruta para implementación de gobierno electrónico, el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto Acondicionamiento Territorial (Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas) que se inicie dentro del proceso de implementación, según el artículo precedente el inicio del proceso de “Reforma Institucional del Gobierno Regional Huánuco” como un proceso de reforma institucional en el marco el PMIGPR bajo el enfoque señalado en la parte considerativa de la presente ordenanza, con cargo a informar y presentar el compendio instrumental a este consejo regional para su sustentación y aprobación en un plazo no mayor a 30 días. Se invoca a promover en ese contexto la defi nición de políticas institucionales que promuevan un gobierno efi caz en el cumplimiento de las demandas públicas, un gobierno abierto, participativo y con un enfoque de gestión por resultados, centrando los procedimientos y servicios hacia los ciudadanos y un desarrollo social sostenido con equidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional Huánuco la asignación presupuestales correspondiente para la ejecución de todas las acciones encargadas en la presente ordenanza así como de la urgente implementación de las plataformas de gobierno electrónico que acompañen el proceso de reformas en el gobierno regional de Huánuco Artículo Quinto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal del Gobierno Regional de Huánuco en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco, a los 24 días del mes de marzo del año dos mil quince. FORTUNATO MÁXIMO MAYO ADVINCULA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 24 días del mes de marzo del dos mil quince. RUBÉN ALVA OCHOA Presidente 1227953-1 Aprueban declarar de necesidad pública la protección, conservación y puesta en valor del Patrimonio Cultural Arqueológico de la Región Huánuco ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2015-CR-GRH Huanuco, 26 de marzo del 2015 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: VISTO: En Sesión Extraordinaria Descentralizada de Consejo Regional, llevada a cabo en la ciudad de La Unión de fecha 16 de marzo del dos mil quince, el Dictamen Nº003-2015- GRHCO-CR-CPPPT-AL, la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional, relacionado para Declarar de Necesidad Pública la Protección, Conservación y Puesta en Valor del Patrimonio Cultural Arqueológico de la Región Huánuco y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191º establece que: Los Gobierno Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador, el Presidente como órgano ejecutivo, y el Consejo de Coordinación Regional(…); Que, conforme lo señalan los artículos 2º, 4º y 5º de la Nº 27867- Orgánica de Gobierno Regionales, estos, emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, tienen por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa;