Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2015 (26/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 23 de MORDAZA de 2015, el Dictamen N° 39-2015-MML-CMAEO de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion; Aprobo la siguiente:

El Peruano MORDAZA 26 de MORDAZA de 2015

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Ordenanza que regula la participacion vecinal en el control y supervision de los servicios publicos en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 434/MC
Comas, 26 de marzo de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha; VISTO: El Dictamen de fecha 19 de Marzo del 2015 de las Comisiones Permanentes de Regidores de la Comision de Participacion Vecinal y Desarrollo Comunal y de la Comision de Servicios a la Ciudad; el Informe Nº 073-2015-ST-GSPGM/MDC de la Gerencia de Servicios Publicos y el Informe Nº 066-2015-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoria Juridica, respecto del proyecto de Ordenanza que Regula la Participacion Vecinal en el Control y Supervision de los Servicios Publicos en el Distrito de Comas; y CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su Articulo 194º, modificado por la Ley Nº 28607, "Ley de Reforma Constitucional" concordante el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, senalando que la estructura organica del Gobierno Local la conforman el Concejo Municipal como organo normativo y fiscalizador y la Alcaldia como organo ejecutivo; asimismo, el numeral I) del Articulo 195º, establece que las municipalidades, en ejercicio de su economia politica, economica y administrativa, tienen competencia exclusiva para aprobar su organizacion interna; Que, la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades", en su Articulo 9º, numeral 3), establece que es atribucion del Concejo Municipal, aprobar el regimen de organizacion interior y funcionamiento del Gobierno Local; Que, el Articulo 31º de la Constitucion Politica del Peru, establece que es derecho y deber de los vecinos participar en el Gobierno Municipal de su jurisdiccion. La Ley MORDAZA y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participacion; Que, el Articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, determina que los Gobiernos Locales son Entidades Basicas de la Organizacion Territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos; Que, el Articulo 116º de la Ley Nº 27972, establece que los Concejos Municipales a propuesta del MORDAZA, de los regidores, o a peticion de los vecinos constituyen Juntas Vecinales mediante Convocatoria Publica a Elecciones, para que MORDAZA encargadas de supervisar la prestacion de servicios publicos locales, el cumplimiento de las Normas Municipales, la ejecucion de obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la Ordenanza de su Creacion; Que, los Supervisores Vecinales, son personas voluntarias y sin fines de lucro que, de manera individual o en representacion de su organizacion, participan en el control y supervision vecinal de los servicios publicos y gestion del ambiente del ambito municipal en el distrito de Comas, que lo realizan en forma gratuita, con la finalidad de coadyuvar a la eficiencia en la gestion de los servicios publicos Municipales. Que, es politica de la presente gestion municipal, Promover la participacion de los vecinos en el control y supervision de los servicios publicos, con la finalidad de garantizar la efectiva y oportuna prestacion de los servicios asi como genere en los vecinos actitudes y comportamientos que coadyuven al fortalecimiento de los

ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT APROBADO POR LA ORDENANZA N° 1698
Articulo Primero.- Modificacion de la Estructura Organica del Servicio de Administracion Tributaria Modifiquese la Estructura Organica del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, que en Anexo 1, forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- Modificar el ROF del Servicio de Administracion Tributaria - SAT Modifiquense los articulos 5°, 7°, 8°,10°, 11°, 13°, 14°, 25°, 26°, 28°, 29°, 30°, 31°, 32°, 34°, 35°, 37°, 38°, 39°, 40°, 41°, 49°, 50°, 52°, 53°, 54°, 55°, 56°, 57°, 58°, 59°, 60°, 61°, 62°, 67°, 68°, 70°, 71°, 73°, 74°, 79°, 80°, 85° y 86°; y deroguense los articulos 63°, 64° y 65° de la Ordenanza N° 1698, publicada el 5 de MORDAZA de 2013, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, conforme al Anexo 2, que forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- Publicacion La presente ordenanza sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, los Anexos 1 y 2, que contienen las modificaciones a la Estructura Organica y al Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, deberan ser publicados en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (www.munlima.gob. pe) y en el MORDAZA Institucional del Servicio de Administracion Tributaria (www.sat.gob.pe).

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Implementacion de la modificacion del ROF del SAT Facultese al Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para que, mediante Resolucion Jefatural, emita las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada implementacion de la modificacion de su Reglamento de Organizacion y Funciones. Segunda.- Vigencia La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Tercera.- Cuadro para Asignacion de Personal El Titular del Servicio de Administracion Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprobara el Cuadro para Asignacion del Personal Provisional (CAP), en un plazo no mayor de tres meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, conforme a la normatividad de la materia. De ser necesario, el CAP provisional aprobado contendra un cuadro de equivalencias con respecto al CAP anterior. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2015 MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA

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