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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (30/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 38

El Peruano Jueves 30 de abril de 2015 551676 modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas podrán establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, mediante Resolución Ministerial N° 991-2012/ MINSA, se aprueban los Parámetros de Negociación que serán tomados en cuenta para la celebración de los convenios entre el Seguro Integral de Salud, en su calidad de IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas; Que, mediante Resolución Jefatural N° 148-2012/SIS, se aprueba la Guía Técnica N° 001-2012-SIS/GNF, “Guía Técnica para el Pago por Preliquidación”, que tiene como objetivo establecer y uniformizar los criterios técnicos que orientan la metodología del pago por preliquidación, así como la determinación del valor de producción mensual base que sirve para determinar el monto de la transferencia de recursos para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados al SIS; Que, mediante Resolución Jefatural N° 149-2012/ SIS, se aprueba la Guía Técnica N° 002-2012-SIS/GNF, “Guía Técnica para el Cálculo del Cápita”, que tiene como objetivo establecer y uniformizar los criterios técnicos que orientan la metodología de cálculo del cápita para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud del primer nivel de atención brindadas a los benefi ciarios del SIS; Que, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, mediante el Memorando N° 179-2015-SIS/OGPPDO aprueba la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 658 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 659 por la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados, para el pago de las prestaciones de salud, informando a la vez que existe disponibilidad presupuestal para la distribución de las transferencias; Que, mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la transferencia de recursos a las unidades ejecutoras a nivel nacional, a efectuarse en el mes de abril del 2015 para cubrir los conceptos de pago cápita: cumplimiento de indicadores del IV trimestre 2014, pago preliquidado, prestaciones tarifadas y prestaciones administrativas no tarifadas, informando a la vez que el importe a transferir a cada unidad ejecutora contempla los componentes de reposición y de gestión y que el prestador tiene la obligación de reponer el 100% del consumo reportado; Que, asimismo, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la distribución de los recursos que se transfi eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Contando con el visto de la Secretaría General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, de la Ofi cina General de Administración de Recursos, de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del artículo 12 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia total para las unidades ejecutoras por la suma de SETENTA Y SIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO CON 00/100 (S/.77,177,778.00) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de abril 2015, detallada en los Anexos N° 01 y N° 02, que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural. ANEXO N° 01: Total RO S/. 75,419,397.00 - Pago Preliquidado S/. 51,072,872.00 - Pago Cápita: Cumplimiento de Indicadores IV Trimestre 2014 S/. 16,044,030.00 00-Recursos Ordinarios (RO) { - Pago Cápita S/. 120,000.00 - Prestaciones Tarifadas S/. 1,250,514.00 - Prestaciones Administrativas/ No Tarifadas S/. 6,931,981.00 ANEXO N° 02: Total RDR S/. 1,758,381.00 09-Recursos Directamente { - Prestaciones Tarifadas S/. 1,746,676.00 Recaudados (RDR) - Prestaciones Administrativas/ No Tarifadas S/. 11,705.00 TOTAL GENERAL S/. 77,177,778.00 Artículo 2º.-Aprobar la liquidación por la producción neta del mes de diciembre del año 2014 por S/. 58,377,762.61, del mes de enero 2015 por S/. 54,836,972.30, producción neta del mes de octubre 2014 pendiente de liquidación por S/. 23,534.56 y del mes de noviembre 2014 pendiente de liquidación por S/.1,371,842.12, sumando un total de CIENTO CATORCE MILLONES SEISCIENTOS DIEZ MIL CIENTO ONCE CON 59/100 NUEVOS SOLES (S/.114,610,111.59) detallado en el Anexo N° 03 que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 3º.- El Titular del Pliego, mediante Resolución, aprueba la desagregación de los recursos autorizados en la presente norma, en el nivel funcional programático, respetando los montos asignados en las categorías presupuestarias, dentro de los diez (10) días calendario de la publicación de la presente Resolución. La Resolución debe ser publicada dentro de los cinco (5) días de aprobada en la respectiva página web del Pliego. Con relación a las asignaciones presupuestarias que no resultan en productos (APNOP), debe considerarse su incorporación de acuerdo con las prioridades de salud establecidas en el Plan de Benefi cios del SIS, así como acorde a la programación de actividades articuladas al plan operativo de cada unidad ejecutora y en el marco de la normatividad vigente. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”; así como publicar en el portal institucional, http:// www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html, el texto de la presente Resolución Jefatural y sus Anexos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO Jefe del Seguro Integral de Salud (e) 1231247-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Declaran fundado en parte el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa Hidrandina S.A contra la Res. N° 012-2015-OS/GART RESOLUCIÓN DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 028-2015-OS/GART Lima, 27 de abril de 2015 CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES Que, Mediante Ley N° 29852 se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo