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El Peruano Jueves 30 de abril de 2015 551693 DPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S. $ YANAHUAYA 0.00 225.00 SAN MARTIN/MARISCAL CACERES HUICUNGO 0.00 32.63 SAN MARTIN/MOYOBAMBA HABANA 0.00 56.25 MOYOBAMBA 0.00 225.00 SORITOR 0.00 56.25 SAN MARTIN/RIOJA ELIAS SOPLIN VARGAS 0.00 562.50 RIOJA 0.00 337.50 SAN MARTIN/TOCACHE SHUNTE 0.00 6,750.00 TACNA/JORGE BASADRE ILABAYA 0.00 2,065.50 TACNA/TACNA ALTO DE LA ALIANZA 0.00 450.00 PACHIA 0.00 2,325.04 PALCA 0.00 225.00 TACNA/TARATA CHUCATAMANI 0.00 2,025.00 SITAJARA 0.00 2,025.00 TOTAL GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES 127,874.72 1,212,969.38 Nº Distritos 377 ANEXO Nº 2 GOBIERNOS REGIONALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92º del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por D. S. Nº 03-94-EM y lo señalado en el literal “d” del Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, modifi cado por la Ley Nº 29169, se determina que la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de Marzo del 2015, a los Gobiernos Regionales es el siguiente: REGIÓN S/. U.S. $ AMAZONAS 0.00 12.50 CUSCO 0.00 330.85 HUANCAVELICA 0.00 51.00 LA LIBERTAD 0.00 704.59 LAMBAYEQUE 0.00 25.00 LIMA 0.00 522.79 MOQUEGUA 0.00 12.50 PASCO 0.00 14.00 PUNO 0.00 311.23 SAN MARTIN 0.00 37.50 TACNA 0.00 699.96 TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 0.00 2,721.92 Nº Gobiernos Regionales 11 1230465-1 ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL Establecen conformación de Salas Especializadas del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 021-2015-OEFA/CD Lima, 28 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización ambiental; Que, el Numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental dispone que el OEFA cuenta con un Tribunal de Fiscalización Ambiental que ejerce funciones como última instancia administrativa; Que, los Numerales 10.2 y 10.4 del Artículo 10° de la Ley N° 29325 establecen que el Tribunal de Fiscalización Ambiental cuenta con Salas Especializadas, cuya conformación y funcionamiento se regulan mediante Resolución de Consejo Directivo, y que los vocales de las Salas Especializadas desempeñan el cargo a tiempo completo y a dedicación exclusiva; Que, el Artículo 9° del Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 032-2013-OEFA/ CD, establece que las Salas Especializadas del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA estarán conformadas por tres (3) vocales; Que, la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento antes mencionado dispone que los actuales vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental designados mediante las Resoluciones Supremas números 005-2011-MINAM y 007-2012- MINAM, respectivamente, continúan en el ejercicio de sus funciones bajo las condiciones en las que fueron elegidos, hasta el término del plazo que se establezca mediante Resolución Ministerial del Ministerio del Ambiente, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30011 - Ley que modifi ca la Ley N° 29325; asimismo, señala que los referidos vocales integrarán las Salas Especializadas correspondientes, estableciéndose mediante Resolución de Consejo Directivo la materia o materias que serán de su competencia; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 039-2014-OEFA/CD publicada el 28 de diciembre del 2014, se estableció la conformación de las Salas Especializadas del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA competentes en las materias de minería, energía, y pesquería e industria manufacturera, y se designó a los vocales que las integran; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo N° 020-2015-OEFA/CD publicada el 24 de abril del 2015, se designó a los señores Rafael Mauricio Ramírez Arroyo, César Abraham Neyra Cruzado y Sebastián Enrique Suito López como Vocales del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA; Que, asimismo, mediante la Resolución de Consejo Directivo N°019-2015-OEFA/CD publicada el 11 de abril del 2015, se aceptó la renuncia formulada por el señor Francisco José Olano Martínez al cargo de Vocal del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA; Que, por otra parte, a través del Memorando N° 063- 2015-OEFA/SG del 20 de enero del 2015, se autorizó la licencia sin goce de haber solicitada por el señor Vocal